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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE OCTUBRE DEL AÑO 2008 (08/10/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 29

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 8 de octubre de 2008 381099 Que mediante Resolución Ministerial Nº 618-95-PE de fecha 06 de noviembre de 1995, se otorgó permiso de pesca a plazo determinado en adecuación a la Ley General de Pesca y su Reglamento, entre otros a SEVERINO ABAD GUILARTE, para operar la embarcación pesquera de bandera nacional denominada “HUALLAGA I” con matrícula CE-4021-PM, de 180 TM. de capacidad, para la extracción de recursos hidrobiológicos con destino al consumo humano indirecto, utilizando redes de cerco con longitud mínimo de abertura de malla de ½ pulgada (13 mm), en el ámbito del litoral peruano, y fuera de las cinco (5) millas marinas adyacentes a la costa; Que a través de la Resolución Directoral Nº 117-2001- PE/DNEPP, de fecha 26 de junio del 2001, se modifi có la Resolución Ministerial Nº 618-95-PE, en el extremo referido a la denominación de la embarcación pesquera “HUALLAGA I” por el de “RAQUELITA 3” de matrícula CE-4021-PM, con 202.22 m3 de capacidad de bodega, aprobándose asimismo el cambio de titular del permiso de pesca a favor de PESQUERA DE COMERCIALIZACION MARITIMA S.A.-PESCOMAR S.A., en los mismos términos y condiciones que fue otorgado; Que por Resolución Directoral Nº 272-2004-PRODUCE/ DNEPP, de fecha 13 de octubre del 2004, se aprobó el cambio de titular del permiso de pesca otorgado mediante Resolución Ministerial Nº 618-95-PE, modifi cada por Resolución Directoral Nº 117-2001-PE/DNEPP, para operar la embarcación pesquera “RAQUELITA 3” con matrícula CE-4021-PM, a favor de PESQUERA LUCIANA S.A.C; Que a través de la Resolución Directoral Nº 129- 2007-PRODUCE/DGEPP, de fecha 06 de marzo del 2007, se modifi có la Resolución Ministerial Nº 618-95-PE, modifi cada por las Resoluciones Directorales Nºs. 117-2001-PE/DNEPP y 272-2004-PRODUCE/DNEPP, que otorgó permiso de pesca a favor de la empresa PESQUERA LUCIANA S.A.C., para operar la embarcación pesquera “RAQUELITA 3” con matrícula CE-4021-PM, sólo en el extremo referido a la capacidad de bodega, entendiéndose que será de 310.71 m3; Que mediante la Resolución Directoral Nº 345- 2007-PRODUCE/DGEPP, de fecha 01 de agosto del 2007, se modifi có la Resolución Ministerial Nº 618-95-PE, modifi cada por las Resoluciones Directorales Nºs. 117-2001-PE/DNEPP, 272-2004-PRODUCE/DNEPP, 129-2007-PRODUCE/DGEPP, en el extremo referido al nombre de la embarcación pesquera RAQUELITA 3, cuya nueva denominación será “TIBURON 9” con matrícula CE-4021-PM a favor de LUCIANA S.A.C; Que mediante escrito del visto, PESQUERA LUCIANA S.A.C., manifi esta que la denominación social de la empresa es Pesquera Luciana S.A.C y el nombre comercial LUCIANA S.A.C; y con el propósito de uniformizar la titularidad de la fl ota, solicita el cambio de titular del permiso de pesca de la embarcación pesquera “TIBURON 9” con matrícula CE-4021-PM, a favor de LUCIANA S.A.C; Que mediante el Certifi cado compendioso de Dominio, se acredita la propiedad de la embarcación pesquera “TIBURON 9” con matrícula CE-4021-PM, al BANCO WIESE SUDAMERIS, hoy SCOTIABANK; y en calidad de arrendamiento fi nanciero a favor de la empresa PESQUERA LUCIANA S.A.C; Que de la evaluación efectuada a los documentos que obran en los escritos, se ha determinado que la empresa PESQUERA LUCIANA S.A.C., ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el procedimiento 6 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE. Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano Indirecto de la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero, mediante Informe Nº 465-2007-PRODUCE/DNEPP-Dchi, y con la opinión favorable de la Instancia Legal, correspondiente; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, su Reglamento modifi cado por el Decreto Supremo Nº 015-2007-PRODUCE, el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar el cambio de titular del permiso de pesca otorgado por Resolución Ministerial Nº 618-95-PE, modifi cada por las Resoluciones Directorales Nºs. 117-2001-PE/DNEPP, 272-2004-PRODUCE/DNEPP, 129- 2007-PRODUCE/DGEPP, 345-2007-PRODUCE/DGEPP, de la embarcación pesquera “TIBURON 9” de matrícula CE-4021-PM, cedida fi nancieramente por el BANCO WIESE SUDAMERIS, hoy SCOTIABANK, a favor de LUCIANA S.A.C, en los mismos términos y condiciones en que fue otorgado. Artículo 2º.- Dejar sin efecto la titularidad del permiso de pesca otorgado a la empresa PESQUERA LUCIANA S.A.C, para operar la embarcación pesquera “TIBURON 9“ con matrícula CE-4021-PM. Artículo 3º.- Incorporar a LUCIANA SAC, como titular del permiso de pesca otorgado para operar la embarcación pesquera “TIBURON 9” con matrícula CE-4021-PM, así como la presente Resolución al Anexo I, literal A de la Resolución Ministerial Nº 084-2007-PRODUCE, y al Anexo II de la Resolución Ministerial Nº 086-2007-PRODUCE, y excluir a PESQUERA LUCIANA S.A.C. Artículo 4º.- Transcribir la presente Resolución Directoral a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa, a la Dirección General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Producción, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Producción del Litoral y consignarse en el Portal de la Página Web del Ministerio de la Producción: www.produce.gob.pe Regístrese, comuníquese y publíquese.MARCO ANTONIO ESPINO SANCHEZ Director General de Extracción yProcesamiento Pesquero 261054-2 Aprueban cambio de titulares de permisos de pesca a favor de personas naturales RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 503-2008-PRODUCE/DGEPP Lima, 08 de septiembre del 2008Visto el escrito de Registro Nº 00030746 de fechas 28 de abril y 16 de junio del 2008, presentado por GERMAN OROSCO CASTRO y FELIPA CASTRO DIAZ. CONSIDERANDO:Que mediante Resolución Directoral Nº 194-2003- PRODUCE/DNEPP, de fecha 11 de julio del 2003, se otorgó permiso de pesca entre otros a los armadores pesqueros JUAN JOSE CASTRO GONZALES y NELLY SAYRA CHAYAN LLENQUE, para operar la embarcación pesquera de madera “MI CARMELITA 1” con matrícula PL-4445-CM, de Arqueo Neto 13.75, equivalente a 58.42 m3 de capacidad de bodega, en la extracción de los recursos hidrobiológicos anchoveta con destino al consumo humano directo e indirecto y los recursos sardina, jurel y caballa con destino al consumo humano directo, con uso de cajas con hielo como medio de preservación a bordo, utilizando redes de cerco con longitud mínima de abertura de malla de ½ pulgada (13 mm) y 1½ pulgada (38 mm), según corresponda, en el ámbito del litoral peruano y fuera de las cinco (05) millas marinas adyacentes a la costa para el caso de los recursos hidrobiológicos anchoveta y sardina, y fuera de las 10 millas marinas adyacentes a la costa para el caso de los recursos jurel y caballa; Que mediante escrito del visto, los señores GERMAN OROSCO CASTRO y FELIPA CASTRO DIAZ, en virtud al Decreto Supremo Nº 004-2007-PRODUCE, y en su condición de nuevos propietarios de la embarcación pesquera de madera “MI CARMELITA 1”, con matrícula PL-4445-CM, solicitan el cambio de titular del permiso de pesca otorgado mediante la Resolución Directoral Nº 194-2003-PRODUCE/DNEPP, acreditando la propiedad con el Certifi cado Compendioso de Dominio N° 2008/31994; Que la solicitud de cambio de titular de permiso de pesca de la embarcación “MI CARMELITA 1” ha sido admitida de conformidad con el artículo 1º del Decreto Supremo Nº 004-2007-PRODUCE, que establece que las transferencias de permiso de pesca de embarcaciones bajo el régimen de la Ley Nº 26920, se efectuarán conforme a las disposiciones contenidas en el Artículo 34º