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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 8 de octubre de 2008 381095 y Recursos por Operaciones Ofi ciales de Crédito que se produzcan durante el Año Fiscal; Que, el acápite ii. del numeral 4.1 del artículo 4º del Anexo Nº 1 “Ejecución del Presupuesto de los Pliegos del Gobierno Nacional” aprobado por Resolución Directoral Nº 003-2007-EF/76.01, prevé que la incorporación de mayores fondos públicos en el Nivel Institucional procede cuando se trate de los recursos provenientes de Saldos de Balance y por Donaciones y Transferencias; Que, con fecha 23 de noviembre del año 2007 el Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA, la Dirección Regional de Salud Loreto - DIRESA LORETO, la Empresa Pluspetrol Norte S.A. y la Federación de Comunidades Nativas del Río Corrientes - FECONACO; suscribieron el Convenio Interinstitucional para la Atención a las Comunidades Nativas del Río Corrientes - Trompeteros ubicadas en el Departamento de Loreto con el objetivo de aunar esfuerzos para implementar el proyecto de “Apoyo Alimentario Temporal a las familias de las comunidades indígenas del Río Corrientes”, mediante el cual la empresa Pluspetrol Norte S.A. se compromete al aporte de recursos fi nancieros para la adquisición de raciones de alimentos; Que, mediante Memorando Múltiple Nº 083-2008-MIMDES- PRONAA/UAD del 14 de agosto de 2008 y Memorando Múltiple Nº 102-2008-MIMDES-PRONAA/UAD del 05 de setiembre de 2008, la Gerente de la Unidad Administrativa del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA informa sobre las transferencias efectuadas por la empresa Pluspetrol Norte S.A, ascendentes a NOVECIENTOS OCHENTA Y TRES MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 983 000,00) y QUINIENTOS TREINTA Y UN MIL SEISCIENTOS TREINTA Y TRES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 531 633,00), según Recibo de Ingresos PRONAA Nº 0003936 del 08 de agosto de 2008 y Recibo de Ingresos PRONAA Nº 0004138 del 01 de setiembre de 2008; Que, mediante Ofi cio Nº 145-2008-MIMDES- PRONAA/UPR, el Gerente de la Unidad de Planeamiento y Resultados del PRONAA, solicita la aceptación e incorporación de la donación dineraria por la suma de UN MILLON QUINIENTOS CATORCE MIL SEISCIENTOS TREINTA Y TRES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 514 633,00) provenientes de las transferencias de la empresa Pluspetrol Norte S.A. señaladas en el considerando precedente, en el marco del Convenio Interinstitucional para la atención de las Comunidades Nativas del Río Corrientes - Trompeteros ubicadas en el Departamento de Loreto y conforme a las Actas suscritas el 19, 20 y 23 de junio del presente año; Que, mediante Memorando Nº 502-2008-MIMDES- OGPP de fecha 22 de setiembre de 2008, la Directora General de la Ofi cina General de Planifi cación y Presupuesto, manifi esta su conformidad respecto al Informe Nº 779-2008-MIMDES-OGPP/OPPI del Jefe (e) de la Ofi cina de Presupuesto y Programación de Inversiones, a través del cual propone la aprobación de una donación ascendente a UN MILLON QUINIENTOS CATORCE MIL SEISCIENTOS TREINTA Y TRES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 514 633,00); así como la incorporación de mayores fondos públicos en el Presupuesto Institucional del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social-MIMDES, Unidad Ejecutora 005: PRONAA, hasta por la suma de UN MILLON QUINIENTOS CATORCE MIL SEISCIENTOS TREINTA Y TRES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 514 633,00), correspondiente a la Fuente de Financiamiento Donaciones y Transferencias; Que, el artículo 69º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece que las donaciones dinerarias provenientes de instituciones nacionales o internacionales, públicas o privadas, diferentes a las provenientes de los convenios de cooperación técnica no reembolsable, serán aprobadas por Resolución del Titular de la Entidad, consignando la fuente donante y el destino de estos fondos públicos; siendo que serán publicadas en el Diario Ofi cial El Peruano, cuando el monto de la donación supere las cinco (5) Unidades Impositivas Tributarias; Que, en consecuencia es necesario aprobar la donación dineraria y autorizar su incorporación en el Presupuesto Institucional del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; en la Ley Nº 29412, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008; en la Ley Nº 27793, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE DECLARACIONES JURADAS Se comunica a los organismos públicos que, para efecto de la publicación en la Separata Especial de Declaraciones Juradas de Funcionarios y Servidores Públicos del Estado, se deberá tomar en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación se efectuará mediante ofi cio dirigido al Director del Diario Ofi cial El Peruano y las declaraciones juradas deberán entregarse selladas y rubricadas en original por un funcionario de la entidad solicitante. 2. La publicación se realizará de acuerdo al orden de recepción del material y la disponibilidad de espacio que hubiere en las diversas secciones del diario. 3. La documentación a publicar se enviará además en archivo electrónico (diskette o cd) y/o al correo electrónico: dj@editoraperu.com.pe , precisando en la solicitud que el contenido de la versión electrónica es idéntico al del material impreso que se adjunta; de no existir esta identidad el cliente asumirá la responsabilidad del texto publicado y del costo de la nueva publicación o de la Fe de Erratas a publicarse. 4. Las declaraciones juradas deberán trabajarse en Excel. Si se hubiere utilizado el formato de la Sección Segunda aprobada por Decreto Supremo Nº 080-2001-PCM, se presentará en dos columnas, una línea por celda. 5. La información se guardará en una sola hoja de cálculo, colocándose una declaración jurada debajo de otra. LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIA L