Norma Legal Oficial del día 16 de octubre del año 2008 (16/10/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, jueves 16 de octubre de 2008

Que, a su vez, en el articulo 141º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004PCM, en adelante el Reglamento, se establece que la necesidad de los bienes, servicios u obras debe ser actual y urgente para atender los requerimientos inmediatos, no pudiendose invocar la existencia de una situacion de desabastecimiento inminente en supuestos como en via de regularizacion, por periodos consecutivos y que excedan el lapso del tiempo requerido para paliar la situacion y para satisfacer necesidades anteriores a la fecha de aprobacion de la exoneracion al MORDAZA de seleccion; De conformidad con lo dispuesto en el inciso c) del articulo 19º y el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, los articulos 141º y 148º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2008-PCM; y la Directiva Nº 011-2001-CONSUCODE/PRE, aprobada por Resolucion Nº 118-2001-CONSUCODE/PRE; Estando a lo dispuesto en el articulo 13º de la Ley Organica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, Ley Nº 26487 y el literal aa) del articulo 9º del Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado y modificado por Resoluciones Jefaturales Nºs. 099-2007-J/ONPE, 007 y 058-2008-J/ONPE, respectivamente; y con el visado de la Oficina General de Asesoria Juridica y de la Oficina General de Administracion; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar en situacion de desabastecimiento inminente la contratacion del Servicio de Habilitacion, Acondicionamiento y Logistica Informatica para la Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales 2008. Articulo Segundo.- Exonerar a la Oficina Nacional de Procesos Electorales del MORDAZA de seleccion para la contratacion del servicio de habilitacion, acondicionamiento y logistica informatica para la Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales 2008. Articulo Tercero.- Autorizar a la Oficina General de Administracion, la contratacion del servicio MORDAZA descrito, mediante acciones inmediatas, por un valor referencial de Tres Millones Seiscientos Ochenta Mil y 00/100 Nuevos Soles (S/. 3 680 000.00), con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios. Articulo Cuarto.- El egreso que demande el cumplimiento de la presente resolucion sera afectado a la Actividad 1.000355: Organizar y ejecutar los procesos electorales; el componente 3.167145: Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales; la Meta 00003: Computo de resultados del MORDAZA de Revocatorias de Autoridades Municipales; y las Especificas de Gasto 39: "Otros servicios de terceros". Articulo Quinto.- Remitir la presente resolucion y los informes que la sustentan a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (CONSUCODE), dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion, de conformidad con lo establecido en el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Articulo Sexto.- Disponer la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano, en el Sistema Electronico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado (SEACE) y en el MORDAZA institucional. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CHU MORDAZA Jefa Nacional
264738-1

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL

Autorizan a la Oficina Registral del Consulado General del Peru en Toronto, Canada, la apertura de libros de nacimiento
RESOLUCION JEFATURAL N° 703-2008-JNAC/RENIEC

MORDAZA, 7 de octubre de 2008

VISTOS: El Informe Nº 000892-2008-SGGTRC/ GRC/RENIEC, de la Sub Gerencia de Gestion Tecnica de Registros Civiles y el Informe Nº 000259-2008-GRC/ RENIEC, de la Gerencia de Registros Civiles; CONSIDERANDO:

Que, conforme a lo senalado por la Primera Disposicion Final de la Ley N° 26497, Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, las Oficinas de Registros del Estado Civil a que se refiere la Ley N° 26242, deberan continuar con el MORDAZA de reinscripcion; en cuya virtud, se ha conformado el expediente para autorizar al Consulado General del Peru en Toronto, Canada, el inicio del MORDAZA de reinscripcion de los asientos de nacimiento que se hubieran efectuado entre el mes de agosto de 1990 a MORDAZA de 1991 y de octubre de 1992 a agosto de 1994; Que, a traves de los Informes del Visto, se ha evaluado positivamente el expediente acotado, el cual cumple las condiciones que hacen viable autorizar el MORDAZA de reinscripcion, al haber confirmado la situacion de los Libros mencionados; por lo que corresponde a la Entidad su aprobacion, dada su condicion de organismo constitucionalmente MORDAZA, con competencia exclusiva en materia registral; y, Conforme a las facultades conferidas por la Ley N° 26497, Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobar la solicitud para la reinscripcion de los asientos de nacimiento que se hubieran inscrito entre el mes de agosto de 1990 a MORDAZA de 1991 y de octubre de 1992 a agosto de 1994 en el Consulado General del Peru en Toronto, Canada. Articulo 2°.- Autorizar a la Oficina Registral del Consulado General del Peru en Toronto, Canada, para que proceda a la apertura de los Libros respectivos, con la finalidad de implementar el MORDAZA de reinscripcion que se aprueba con la presente Resolucion, con sujecion a las normas legales, reglamentarias y administrativas que regulan las reinscripciones en los Registros Civiles. Articulo 3°.- Los Libros de Reinscripcion tendran el mismo formato oficial con la consignacion expresa, por selladura, del texto "Reinscripcion Ley N° 26242-26497"; el RENIEC, a traves de la Sub Gerencia de Gestion Tecnica de Registros Civiles, proveera los libros oficiales tanto a la Oficina Registral del Consulado General del Peru en Toronto, Canada, como a la Direccion General de Politica Consular del Ministerio de Relaciones Exteriores, para que los ciudadanos que se encontraran en el lugar de acreditacion de dicha Oficina Registral Consular, como los que residieran en el territorio nacional, tramiten validamente la reinscripcion de los hechos inscritos en los Libros materia de la autorizacion, que se confiere por la presente Resolucion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional
263867-5

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