Norma Legal Oficial del día 10 de septiembre del año 2008 (10/09/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 52

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, miercoles 10 de setiembre de 2008

Articulo Decimo Sexto.- DEL PROCEDIMIENTO PARA LA CANCELACION Si de la supervision realizada o por cualquier medio el organo que otorgo la autorizacion, toma conocimiento de cualquiera de las causales senaladas en el articulo anterior, procedera a verificar los hechos. Verificados estos, se procedera: a) En el supuesto senalado en el inciso a) del articulo anterior, la DEMUNA procedera a comunicar a la autoridad competente el hecho, conforme a sus atribuciones. b) Para los supuestos senalados en los incisos b) y c) del articulo anterior, la Gerencia de Desarrollo Humano notificara al adolescente a fin de informarle la cancelacion de la autorizacion y la DEMUNA, citara a los padres, responsables o empleadores del adolescente a fin a que se comprometan, a traves de un acta de compromiso a velar por la salud del adolescente y su reincorporacion al sistema escolar. Asimismo, la DEMUNA debera desplegar acciones, en el MORDAZA de sus competencias, orientadas a garantizar el derecho a la salud y educacion del adolescente. En el caso de los incisos d, e y f del articulo anterior se cancelara definitivamente la autorizacion y se comunicara el caso a las autoridades pertinentes para que actuen de acuerdo a sus competencias. CAPITULO V RENOVACION DE LA AUTORIZACION Articulo Decimo Setimo.- REQUISITOS PARA LA RENOVACION DE LA AUTORIZACION MUNICIPAL Para la renovacion de la Autorizacion deberan presentar los documentos que se requieren para la autorizacion, cuya informacion MORDAZA cambiado, si el cambio se ha suscitado en el alguno de los datos del formato de inscripcion, debera presentarse el formato de actualizacion de datos correspondiente, el mismo que tendra caracter de declaracion jurada. La Renovacion de la Autorizacion Municipal dependera de la evaluacion y cumplimiento de los requisitos previstos en el Art. 6º de la presente ordenanza. CAPITULO VI DEL REGISTRO Articulo Decimo Octavo.- REGISTRO DEL ADOLESCENTE TRABAJADOR Otorgada la autorizacion correspondiente, la DEMUNA procedera a registrar al adolescente trabajador en el libro que se disponga para tal fin, en dicho libro se incluira tambien a los trabajadores dependientes o por cuenta ajena autorizados por el Ministerio de Trabajo y a los trabajadores familiares no remunerados y trabajadora del hogar adolescente. Tratandose del registro de los trabajadores dependientes o por cuenta ajena autorizados por el Ministerio de Trabajo, la DEMUNA solicitara a la Direccion de Proteccion al Menor de dicho Sector la relacion de adolescentes autorizados para el respectivo registro; en caso de detectarse la vulneracion de derechos se comunicara a la Direccion mencionada y a las autoridades jurisdiccionales correspondientes para que intervengan de acuerdo a sus competencias. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y TRANSITORIAS Primera.- Con la entrada en vigencia de la presente ordenanza se establece que los adolescentes que se encuentren trabajando dentro de la jurisdiccion deberan solicitar la inscripcion, registro y autorizacion en la Municipalidad de Lurin. Segunda.- En todo lo no dispuesto en la presente ordenanza, rige la Ley N° 27337 - Codigo de los Ninos y Adolescentes, y sus modificatorias en la Ley N° 27571 y demas normas complementarias y especificas, correspondiendo a la Municipalidad, a

traves de sus organos administrativos competentes, ejercer las funciones y competencias previstas en dichas normas. Tercera.- La presente ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Cuarta.- Apruebese el Formato de Registro Adolescentes Trabajadores (ANEXO 1) y de la Libreta de Trabajador Adolescente (ANEXO 2), la misma que forma parte integrante de la presente ordenanza. Quinta.- Deroguese toda MORDAZA Municipal que se oponga o contravenga la presente ordenanza. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 248873-1

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE PORRES
Prorrogan plazo de la Ordenanza Nº 249MDSMP que aprobo condonacion de deuda tributaria e intereses relativa a la declaracion jurada producto del levantamiento catastral
DECRETO DE ALCALDIA Nº 018-2008/MDSMP San MORDAZA de Porres, 2 de setiembre del 2008 EL MORDAZA DEL DISTRITO DE SAN MORDAZA DE PORRES VISTO: El Informe Nº 131-2008-GAT-MDSMP de la Gerencia de Administracion Tributaria de la Entidad; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 249-MDSMP, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 02.JULIO.2008 se aprueba la condonacion de deuda tributaria e intereses generados por la omision de la MORDAZA y/o rectificacion de la declaracion jurada producto del levantamiento catastral; Que, la Tercera Disposicion Final de la referida ordenanza dispone que mediante Decreto de Alcaldia se podra dictar las disposiciones reglamentarias que MORDAZA necesarias para su cumplimiento y prorroga de su vigencia; Que, es politica de la presente Gestion Municipal brindar a sus contribuyentes mayores facilidades para el cumplimiento de sus obligaciones tributarias; De conformidad con los articulos 20, Inc. 6) y 42 de la Ley Nº 27972 ­ Organica de Municipalidades, asi como Decreto Supremo Nº 135-99-EF, Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario; DECRETA: Articulo Primero.- PRORROGAR el plazo de vencimiento de la Ordenanza Nº 249-MDSMP hasta el 29.NOVIEMBRE.2008. Articulo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldia a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administracion Tributaria, Gerencia de Desarrollo MORDAZA, Gerencia de Administracion y Finanzas y Subgerencias respectivas; como su publicacion a la Secretaria General. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. FREDDY S. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 248837-1

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