Norma Legal Oficial del día 10 de septiembre del año 2008 (10/09/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano MORDAZA, miercoles 10 de setiembre de 2008

NORMAS LEGALES
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de la Ordenanza Nº 113-MDLCH, que crea e incorpora al MORDAZA de la Municipalidad Distrital de LuriganchoChosica el procedimiento no contencioso de Separacion Convencional y Divorcio Ulterior; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las Municipalidades Distritales deben ser ratificadas por las Municipalidades Provinciales de su circunscripcion, para su vigencia y exigibilidad. Que, en aplicacion de lo normado por las Ordenanzas Nºs. 607 y 727 de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, la Municipalidad Distrital de Lurigancho-Chosica aprobo la Ordenanza materia de la ratificacion, remitiendola al SAT, con caracter de declaracion jurada, incluyendo sus respectivos informes y documentos sustentatorios, y el SAT en uso de sus competencias y atribuciones, previa revision y estudio, emitio el Informe Nº 004-082-00000834 de fecha 12 de agosto del 2008, opinando que procede la ratificacion solicitada, por cumplir con los requisitos exigidos, de conformidad con las disposiciones de la Ley Nº 29227 que regula el procedimiento no contencioso de Separacion Convencional y Divorcio Ulterior en las Municipalidades y Notarias y de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2008-JUS. Que, el monto por concepto del derecho de tramite por el procedimiento se ha fijado en S/. 177.69 nuevos soles (S/. 123.78 nuevos soles por Separacion Convencional y S/. 53.91 nuevos soles por Divorcio Ulterior), que financiaran el 100% de los costos por la prestacion de los servicios. De acuerdo con lo opinado por el Servicio de Administracion Tributaria - SAT y por la Comision de Asuntos Economicos y de Organizacion en el Dictamen Nº 178-2008-MML/CMAEO, por sus fundamentos: ACORDO: Articulo Primero.- Ratificar la Ordenanza Nº 113MDLCH, de la Municipalidad Distrital de LuriganchoChosica, que crea e incorpora al MORDAZA de la misma el procedimiento no contencioso de Separacion Convencional y Divorcio Ulterior y sus respectivos derechos de tramite, dejandose expresamente establecido que para su vigencia y exigibilidad la mencionada Municipalidad Distrital, bajo responsabilidad de sus funcionarios, debera publicar tanto el Acuerdo ratificatorio como el texto integro de la Ordenanza que se ratifica y el Anexo que contiene los derechos por los citados procedimientos no contenciosos. Articulo Segundo.- Cumplido el citado requisito de publicacion, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA a traves de su pagina web www munlima.gob.pe MORDAZA de conocimiento publico el presente Acuerdo, el Dictamen de la Comision de Asuntos Economicos y Organizacion y el Informe del SAT. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA LOSSIO MORDAZA de MORDAZA 248885-1

Ordenanza Nº 261-C/MC; que aprueba el otorgamiento del Beneficio del Pronto Pago, y; CONSIDERANDO: Que, mediante documento de Visto, el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, solicita la ampliacion de la Ordenanza Municipal Nº 261-C/MC que otorga el Beneficio del Pronto Pago; Que, la asignacion de los Arbitrios del ejercicio del ano 2008 es producto de la politica de sinceramiento, mediante el cual se asigno las tarifas distribuyendo los costos que demanda la prestacion de estos servicios entre los contribuyentes del distrito en MORDAZA con los criterios desarrollados por el Tribunal Constitucional cuando dicto sentencias a los Expedientes N°s. 0041-2004-PI/TC, 00532004-PI/TC y 0018-2005-PI/TC, producto de ello es que un sector de contribuyentes han visto incrementados sus arbitrios, el presente beneficio se orienta exclusivamente a este sector. Que, mediante el Beneficio del Pronto Pago el 40% de los contribuyentes han cumplido con sus obligaciones tributarias, existiendo aun por cumplir 2,000 contribuyentes a quienes debe otorgarseles el Beneficio MORDAZA mencionado, a efectos de que regularicen sus obligaciones tributarias ante nuestra institucion; Que, es politica de la presente Gestion, dictar medidas tributarias que favorezcan a la comunidad y que contribuyan a superar el indice de morosidad. Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas por el Articulo 9° de la Ley Organica de Municipalidades, luego del debate correspondiente, el Pleno del Concejo aprobo por UNANIMIDAD la siguiente: ORDENANZA: Articulo Primero.- OTORGAR, a los contribuyentes del distrito de Comas los beneficios contemplados en la Ordenanza Nº 261-C/MC, por el plazo de 30 dias calendario. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Administracion Tributaria, Subgerencia de Informatica y Estadistica, Subgerencia de Tesoreria y a la Unidad de Comunicacion Municipal, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Articulo Tercero.- DISPENSAR de la lectura y aprobacion del Acta de la presente Ordenanza, con el proposito, que entre en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 249018-1

Amplian vigencia del Articulo 1º de las Ordenanzas Nºs. 264 y 267-C/MC, anulan los Articulos 14º y 16º de la Ordenanza Nº 78-C/MC y disponen congelamiento del monto insoluto mas moras e intereses del Impuesto Predial y/o Arbitrios
ORDENANZA Nº 270-C/MC Comas, 29 de agosto de 2008 VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo Municipal de fecha 29 de agosto de 2008, el Dictamen de la Comision Ordinaria de Administracion, Planificacion, Economia y Finanzas del Concejo de Comas y el Informe Nª 0692008-GAT/MC de la Gerencia de Administracion Tributaria, mediante el cual propone la ampliacion de las Ordenanzas Municipales Nºs. 264 y 267-C/MC en lo que respecta a la condonacion del 100% y 90% de las Multas Tributarias. CONSIDERANDO: Que, el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades establece que los Gobiernos Locales

MUNICIPALIDAD DE COMAS
Amplian beneficio de pronto pago otorgado mediante Ordenanza Nº 261C/MC
ORDENANZA Nº 269-C/MC Comas, 29 de agosto de 2008. VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo Municipal de fecha 29 de agosto de 2008, el Dictamen de la Comision de Administracion, Planificacion, Economia y Finanzas, y el Informe Nº 073-2008-GAT/MC, de la Gerencia de Administracion Tributaria, respecto a la ampliacion de la

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