NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2008 (10/09/2008)
CANTIDAD DE PAGINAS: 56
TEXTO PAGINA: 44
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 10 de setiembre de 2008 379438 Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Tacna, para su promulgación. En la ciudad de Tacna, al día veintinueve de agosto del año dos mil ocho. JUAN VARGAS GOMEZ Consejero Delegado del Consejo Regional de Tacna POR TANTO:Mando se registre, noti fi que, difunda y cumpla. Dado en la sede del Gobierno Regional de Tacna, al día uno de Setiembre del año dos mil ocho. HUGO ORDOÑEZ SALAZAR Presidente del Gobierno Regional de Tacna 248765-1 Aprueban la Política Ambiental de la Dirección Regional Sectorial de Energía y Minas de Tacna ORDENANZA REGIONAL Nº 016-2008-CR/GOB.REG.TACNA EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA POR CUANTO:El Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, con fecha veintinueve de agosto del año dos mil ocho, en Sesión Ordinaria, aprobó la siguiente Ordenanza Regional; CONSIDERANDO: Que, el artículo 191 de la Constitución Política del Estado, señala que: “Los gobiernos regionales tienen autonomía política, y administrativa en los asuntos de su competencia”; Que, el artículo 36. c) de la Ley 27783 - Ley de Bases de la Descentralización”, establece que “Son competencias compartidas de los Gobiernos Regionales: . . . c) la promoción, gestión y regulación de actividades económicas y productivas en su ámbito y nivel, correspondientes a los sectores agricultura, transportes, comunicaciones y medio ambiente”; Que, el artículo 9. g) de la Ley 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, prescribe como una de las competencias constitucionales de los Gobiernos Regionales: “Promover el desarrollo socioeconómico regional; así como promover y regular actividades y/o servicios en materia de agricultura, pesquería (…), comunicaciones, educación, salud y medio ambiente conforme a ley”; Que, es deber regional promover la conservación y proyección de nuestro medio ambiente. Por lo que es necesaria la formación de una conciencia social en materia ambiental, promoviendo la transmisión de los conocimientos y la formación de valores en torno de los procesos ecológicos esenciales, los sistemas vitales de la diversidad biológica y del uso sostenido de los recursos; Que, el Gobierno Regional de Tacna, previendo el desarrollo de proyectos tendientes a mejorar la calidad de vida de la población regional, viene ejecutando el Proyecto “Fomento de la Educación Ambiental como Herramienta para el Desarrollo Sostenible de la Región Tacna”, por el cual, la sociedad tacneña en su conjunto, adquiere conciencia de su medio, es decir, genera una conciencia ambiental con el objetivo de contribuir al mejoramiento sostenible de la calidad de vida de la población de la Región. Asimismo, uno de los objetivos regionales, es establecer una adecuada implementación de políticas ambientales por lo que se ha incluido el tema ambiental en el Plan Institucional de los diferentes sectores; Que, con Ofi cio Nº 380-2008-GGR-PR-GOB.REG. TACNA la Presidencia Regional solicita al Consejo Regional, aprobar la Política Ambiental de la Dirección Regional de Energía y Minas de Tacna, adjuntando al mismo el Informe Nº 0557-2008-ORAJ/G.R.TACNA y el Informe Nº 183-2008-MAHF-ORAJ-GRT ambos de la O fi cina Regional de Asesoría Jurídica, y el Informe Nº 025-2008- GRRNyGMA/GOB.REG.TACNA de la Gerencia Regional Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, ambos documentos opinan, recomiendan y sustentan la aprobación de la Política Ambiental de la Dirección Regional de Energía y Minas de Tacna; Que, el Pleno del Consejo Regional, en mérito a sus atribuciones, y por las consideraciones expuestas, debatido y conforme a los artículos 15 literal a), 36 y 37 literal a) y 38 de la Ley 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, y el artículo 27 del Reglamento Interno del Consejo Regional de Tacna, en Sesión Ordinaria de la fecha, ha aprobado la siguiente; ORDENANZA REGIONAL: Artículo Primero.- APROBAR la Política Ambiental de la Dirección Regional Sectorial de Energía y Minas de Tacna, la misma que anexa forma parte de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional y Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Ambiente del Gobierno Regional de Tacna; y, a la Dirección Regional Sectorial de Energía y Minas de Tacna, para que en coordinación con las demás entidades públicas, implementen la ejecución de la presente Ordenanza Regional. Artículo Tercero.- PUBLICAR y DIFUNDIR la presente Ordenanza Regional en el diario o fi cial “El Peruano” y en el portal electrónico de la Institución, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Tacna, para su promulgación. En la ciudad de Tacna, al día veintinueve de Agosto del año dos mil ocho. JUAN VARGAS GOMEZConsejero Delegado del Consejo Regional de Tacna POR TANTO:Mando se registre, noti fi que, difunda y cumpla. Dado en la sede del Gobierno Regional de Tacna, al día uno de Setiembre del año dos mil ocho. HUGO ORDOÑEZ SALAZAR Presidente del Gobierno Regional de Tacna 248765-2 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Ratifican Ordenanza Nº 113-MDLCH de la Municipalidad Distrital de Lurigancho Chosica que crea e incorpora al TUPA el procedimiento no contencioso de Separación Convencional y Divorcio Ulterior y sus respectivos derechos de trámite ACUERDO DE CONCEJO Nº 367 Lima, 15 de agosto de 2008 Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 14 de agosto del 2008, el O fi cio Nº 001-090-00004946, de la Jefatura del Servicio de Administración Tributaria - SAT (en adelante el SAT), adjuntando el expediente de rati fi cación Descargado desde www.elperuano.com.pe