Norma Legal Oficial del día 10 de septiembre del año 2008 (10/09/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, miercoles 10 de setiembre de 2008

Memorando N° 110/2008-DELCC-CNCC-INS de 02 de MORDAZA de 2008; el Expediente N° 23503-08 con el Informe N° 1682008-DG-OGA/INS de 02 de setiembre de 2008, el Informe N° 613-2008-OEL-OGA/INS de 21 de agosto de 2008 de la Oficina Ejecutiva de Logistica, el Memorando N° 230-2008DE-OEPPI-OGAT/INS de 11 de MORDAZA de 2008 de la Oficina Ejecutiva de Planificacion, Presupuesto e Inversiones, el Informe N° 113-A-2008-EPROG-OEL-OGA/INS de 09 de MORDAZA de 2008, el Memorandum N° 446-2008-DG-CENSOPAS/ INS del Centro Nacional de Salud Ocupacional y Proteccion del Ambiente para la Salud; el Expediente N° 17657-08 con el Informe N° 166-2008-DG-OGA/INS de 26 de agosto de 2008, el Informe N° 627-2008-OEL-OGA/INS de 25 de agosto de 2008 de la Oficina Ejecutiva de Logistica, el MORDAZA N° 270-2008-DE-OEPPI-OGAT/INS de 15 de agosto de 2008 de la Oficina Ejecutiva de Planificacion, Presupuesto e Inversiones, el Informe N° 122-A-2008-EPROG-OELOGA/INS de 14 de agosto de 2008, el Memorandum N° 560-2008-DG-CNCC/INS del Centro Nacional de Control de Calidad; el Informe Nº 200-2008-OGAJ/INS de 02 de setiembre de 2008 de la Oficina General de Asesoria Juridica por los cuales se solicita la exoneracion del MORDAZA de seleccion que corresponde a la contratacion del "Servicio de Mantenimiento Preventivo y Correctivo de los Equipos de Laboratorio de Alta Tecnologia"; CONSIDERANDO: Que, el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo N° 083-2004-PCM y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 084-2004-PCM, establecen las normas que deben observar las entidades del sector publico en los procesos de contrataciones y adquisiciones de bienes, servicios u obras; Que, el articulo 20° de la MORDAZA en comentario establece que todas las exoneraciones, salvo las previstas en el literal b) del articulo 190° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado se aprobaran mediante Resolucion del Titular del Pliego de la entidad, siendo dicha facultad indelegable; Que, el articulo 19º literal e) del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. 083-2004-PCM, senala que estan exoneradas del MORDAZA de seleccion correspondiente, aquellas contrataciones que tengan como objeto la adquisicion de bienes o la contratacion de servicios que no admiten sustitutos y exista proveedor unico; Que, el articulo 144º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por D.S. Nº 084-2004-PCM sobre la adquisicion o contratacion de bienes o servicios que no admiten sustitutos senala que, "En los casos en que no existan bienes o servicios sustitutos a los requeridos por el area usuaria, y siempre que exista un solo proveedor en el MORDAZA nacional, la Entidad podra contratar directamente" y que "Se considerara que existe proveedor unico en los casos que por razones tecnicas o relacionadas con la proteccion de derechos, tales como patentes y derechos de autor, se MORDAZA establecido la exclusividad del proveedor"; Que, el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado ­ CONSUCODE, a traves de sucesivos pronunciamientos ha desarrollado el contenido del articulo 144º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, senalando que, "Nos encontramos frente a un servicio que no admite sustitutos cuando, en funcion al MORDAZA nacional, no existan bienes o servicios sustitutos a los requeridos por el area usuaria. Asimismo, se considerara que existe proveedor unico en los casos que por razones tecnicas o relacionadas con la proteccion de derecho, tales como patentes y derechos de autor, se MORDAZA establecido la exclusividad del proveedor"1. Que, de conformidad con el numeral 6.5 de las Disposiciones Especificas de la Directiva Nº 011-2001CONSUCODE/PRE, aprobada mediante Resolucion Nº 1182001-CONSUCODE/PRE, la parte resolutiva que aprueba el instrumento de exoneracion debe precisar, entre otros aspectos, el valor referencial, la fuente de financiamiento y el tiempo a contratar segun corresponda; Que, conforme a dichas normas, para proceder a la exoneracion de un MORDAZA de seleccion por la causal establecida en el articulo 19º literal e) del T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado son necesarias dos circunstancias: i) que el requerimiento de los bienes o servicios hechos por la Entidad no admita sustitutos, es decir

que sus caracteristicas no puedan ser cumplidas por bienes o servicios iguales o similares al requerido, existiendo solo un bien o servicio que cumple con dichas caracteristicas y; ii) que en el MORDAZA exista un unico proveedor de dicho servicio, en los casos que por razones tecnicas o de proteccion del derecho se MORDAZA establecido; Que, las resoluciones que aprueban la exoneracion respectiva, requieren obligatoriamente del sustento tecnico-legal previo, con la posterior publicacion en el Diario Oficial "El Peruano", siendo estas adquisiciones o contrataciones realizadas mediante acciones inmediatas; Que, en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Instituto Nacional de Salud correspondiente al periodo 2008, aprobado por Resolucion Jefatural N° 019-2008-JOPD/INS, considera en el numero de referencia N° 14, la Contratacion del Servicio de Mantenimiento Preventivo y Correctivo de los Equipos de Laboratorio de Alta Tecnologia mediante un Concurso Publico, fijando el valor estimado en S/. 475,971.00; Que, de acuerdo a dichas disposiciones, el Centro Nacional de Alimentacion y Nutricion mediante Memorandum Nos. 1049 y 1363-2008-DG-CENAN-INS de 12 de junio y 17 de MORDAZA de 2008 respectivamente, solicita y sustenta la necesidad de efectuar una exoneracion del MORDAZA de seleccion que corresponda para la contratacion del "Servicio de Mantenimiento Preventivo y Correctivo de los Equipos de Laboratorio de Alta Tecnologia" de sus equipos:
Equipo de Alta Tecnologia Modelo ­ MORDAZA Proveedor del servicio Empresa Electromedica Peruana S.A. Empresa Electromedica Peruana S.A. Empresa Electromedica Peruana S.A. Empresa Electromedica Peruana S.A. Empresa Electromedica Peruana S.A. Empresa Electromedica Peruana S.A. Empresa Electromedica Peruana S.A.

Cromatografo liquido con detector Modelo LCMS-2010 A, Espectrometro de masas y detector MORDAZA SHIMADZU DAD Cromatografo de gas con detector Modelo GCMS-QP, MORDAZA espectrometro de masas SHIMADZU Espectrofotometro de absorcion Modelo AA-6300, MORDAZA atomica con horno de grafito SHIMADZU Cromatografo liquido performance (HPLC) Espectrofotometro de alta Modelo LC-10A, MORDAZA SHIMADZU Modelo UV-1201, MORDAZA SHIMADZU Modelo UV-2501 MORDAZA SHIMADZU de PC,

Espectrofotometro

Espectrofotometro atomica

absorcion Modelo AA-6601, MORDAZA SHIMADZU

Que, el Centro Nacional de Control de Calidad mediante Memorando N° 559/2008-DG-CNCC-INS de 16 de MORDAZA de 2008; el Memorando N° 536/2008-DGCNCC-INS de 03 de MORDAZA de 2008, Memorando N° 494 y 560-2008-DG-CNCC-INS de 18 de junio y 16 de MORDAZA de 2008 respectivamente, solicita y sustenta la necesidad de efectuar una exoneracion del MORDAZA de seleccion que corresponda para la contratacion del "Servicio de Mantenimiento Preventivo y Correctivo de los Equipos de Laboratorio de Alta Tecnologia" de sus equipos:
Equipo de Alta Tecnologia Espectrofluorometro Espectrofotometro infrarrojo con transformada de Fourier Cromatografo liquido de alta performance Cromatografo de gases Cromatografo liquido de alta performance Cromatografo liquido de alta performance Espectrofotometro UV-VIS Sistema de disolucion con espectrofotometro UV-VIS Espectrofotometro UV-VIS Sistema de disolucion espectrofotometro UV-VIS con Modelo ­ MORDAZA Modelo RF-1501, MORDAZA SHIMADZU Modelo FTIR-8700, MORDAZA SHIMADZU Modelo LC-10A, MORDAZA SHIMADZU Modelo 6890N, MORDAZA AGILENT Modelo 1100 DAD, MORDAZA AGILENT Modelo 1100 MWD, MORDAZA AGILENT Modelo HP8453, MORDAZA AGILENT Modelo 8453/2100B, MORDAZA HP/DISTEK Modelo 8453, MORDAZA HEWLETT PACKARD Modelo VK7025/CARY50, MORDAZA VARIAN Proveedor del servicio Empresa Electromedica Peruana S.A. Empresa Electromedica Peruana S.A. Empresa Electromedica Peruana S.A. Grupo Tecnologico del Peru S.A. Grupo Tecnologico del Peru S.A. Grupo Tecnologico del Peru S.A. Grupo Tecnologico del Peru S.A. Grupo Tecnologico del Peru S.A. Grupo Tecnologico del Peru S.A. Merck Peruana S.A.

1

Pronunciamiento Nº 32-2005-GTN de 11 de MORDAZA de 2005.

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