Norma Legal Oficial del día 10 de septiembre del año 2008 (10/09/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, miercoles 10 de setiembre de 2008

Incluyen a pobladores de asentamientos humanos y demas zonas marginales del distrito que se encuentren realizando procedimientos para acceder a servicios y saneamiento de inmuebles ante COFOPRI, dentro de los beneficios de las Ordenanzas Nºs. 104 y 110MDLCH
ORDENANZA Nº 114-MDLCH Chosica, 22 de MORDAZA de 2008 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURIGANCHO CHOSICA POR CUANTO: El Concejo Municipal de Lurigancho ­ Chosica, en sesion ordinaria de la fecha: VISTO: El pedido formulado por el Regidor Fredy MORDAZA MORDAZA, respecto a la ampliacion de beneficiarios para la reduccion de las tasas en los procedimientos administrativos establecidos en la Ordenanzas N° 104-CDLCH y Nº 110MDLCH; CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza N° 104-CDLCH, se Otorga Beneficios para el Pago de Derechos Administrativos por Tramite de Visacion de Planos y MORDAZA de Posesion a las Diversas Agrupaciones de Vivienda Postulantes al Programa Agua Para Todos; asimismo, por medio de la Ordenanza Nº 110-MDELCH, se dispone reducir a S/. 15.00 nuevos soles las tasas por derecho de tramite para los citados procedimientos; Que, teniendo en cuenta los escasos recursos economicos de los pobladores pretenden acceder al servicio de energia electrica, asi como los que se encuentran realizando procedimientos de saneamiento fisico legal de sus inmuebles ante COFOPRI, resulta conveniente que dichas personas tambien se encuentre afectos a los beneficios senalados en las Ordenanzas Nº 104-MDLCH y Nº 110-MDLCH; De conformidad a lo dispuesto en los articulos 9° numeral 8), y 40° de la Ley Organica de Municipalidades N° 27972, con dispensa del tramite de lectura y de aprobacion del acta; aprobo por UNANIMIDAD lo siguiente: ORDENANZA QUE AMPLIA A LOS POBLADORES AFECTOS A LOS BENEFICIOS ESTABLECIDOS EN LAS ORDENANZAS N° 104-CDLCH Y Nº 110-MDLCH Articulo 1º.- Incluir dentro de los beneficios de las Ordenanzas Nº 104-MDLCH y Nº 110-MDLCH, a los pobladores de asentamientos humanos y demas zonas marginales del distrito, que se encuentren realizando procedimientos para acceder a los servicios de energia electrica y saneamiento fisico legal de su inmuebles ante el Organismo de Formalizacion de la Propiedad Informal -COFOPRI. Articulo 2º.- Reiterar que asciende a S/. 15.00 nuevos soles, la suma que deberan pagar los beneficiarios senalados en las Ordenanzas Nº 104-MDLCH y Nº 110MDLCH, asi como los descritos en la presente MORDAZA, por concepto de tasas por derecho de tramite para la obtencion de MORDAZA de Posesion y Visacion de Planos. Articulo 3º.- Encargar a la Gerencia de Obras Privadas el cumplimiento de la presente norma. Registrese, comuniquese, publiquese y ejecutese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 249007-1

Otorgan amnistia de multas para la regularizacion de licencias de construccion en el distrito
ORDENANZA Nº 115-MDLCH Chosica, 22 de MORDAZA de 2008. POR CUANTO:

El Concejo Municipal de Lurigancho - Chosica, en Sesion Ordinaria de la fecha; VISTO: El proyecto presentado por el Regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA a fin de que se apruebe la Ordenanza de Amnistia de Multas Para la Regulacion de Licencia de Construccion en el Distrito de Lurigancho - Chosica; CONSIDERANDO:

Que, la Constitucion Politica del Peru en su Articulo 194º reconoce la autonomia politica, economica y administrativa de los Gobiernos Locales en los asuntos de su competencia, otorgandoles potestad para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios y derechos municipales, o exonerar de estos dentro de su jurisdiccion con los limites que senala la Ley, en concordancia con la MORDAZA IV; MORDAZA de Legalidad ­ Reserva de la Ley del Texto Unico Ordenando del Codigo Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF; Que, la actual gestion Municipal es consciente de las dificultades economicas que afectan a los vecinos de la jurisdiccion, asi como tambien la necesidad del Saneamiento Fisico Legal de sus construcciones a nivel del Distrito, promoviendo asimismo la inversion inmobiliaria habiendose detectado que un buen numero de edificaciones se han construido sin la respectiva Licencia de Construccion, y las que han culminado su construccion tampoco cuentan con Certificado de Finalizacion de Obra; Que, es politica de la actual gestion brindar a sus administrados las mayores facilidades para el cumplimiento de sus obligaciones formales, otorgando beneficios para la regularizacion sus obligaciones debiendo en esta oportunidad atender a aquellos que de manera cierta se encuentran en una situacion economica dificil que les ha impedido cumplir con sus obligaciones en estas tramitaciones. De conformidad a lo dispuesto a los articulos 9° numeral 8), 39° y 40° de la Ley Organica de Municipalidades N° 27972, con dispensa del tramite de lectura y de aprobacion del acta; aprobo por unanimidad lo siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL DE AMNISTIA DE MULTAS PARA LA REGULARIZACION DE LICENCIAS DE CONSTRUCCION EN EL DISTRITO DE LURIGANCHO ­CHOSICA Articulo 1º.- Otorgar "Amnistia de Multas para la Regularizacion de Licencias de Construccion", en la jurisdiccion del distrito de Lurigancho. Articulo 2º.- Considerar como beneficiarios a todos los propietarios de inmuebles cuyo uso este destinado a vivienda, vivienda comercio o comercio local y/o de uso publico masivo, que hayan realizado construcciones, ampliaciones y modificaciones, sin la respectiva Licencia de Obra y/o autorizacion municipal, hasta el 31 de Marzo del 2008; debiendo, proceder a su regularizacion sin pago de las multas, que se hayan generado por la infraccion de no contar con la Licencia de Construccion y/o autorizacion municipal, salvo los propietarios que infringen el Plan de Desarrollo MORDAZA y las construcciones que estan notificados para Demolicion y MORDAZA irregularizables. Articulo 3º.- Por los procedimientos comprendidos en la presente Ordenanza se debera cumplir con la MORDAZA de los requisitos siguientes: 1. Formulario Unico Oficial "FUO" completo, por triplicado, debidamente llenado y firmado por el propietario y/o adjudicatario y el profesional responsable de la obra.

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