NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2008 (10/09/2008)
CANTIDAD DE PAGINAS: 56
TEXTO PAGINA: 39
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 10 de setiembre de 2008 379433 Que, el Centro Nacional de Salud Ocupacional y Protección del Ambiente para la Salud mediante Memorando N° 446-2008-DG-CENSOPAS/INS de 14 de agosto de 2008, solicita y sustenta la necesidad de efectuar una exoneración del proceso de selección que corresponda para la contratación del “Servicio de Mantenimiento Preventivo y Correctivo de los Equipos de Laboratorio de Alta Tecnología” de sus equipos: Equipo de Alta Tecnología Modelo – MarcaProveedor del servicio Sonómetro integrador Tipo 2, Modelo 2900, Marca Quest TechnologiesHigseg E.I.R.L. 02 Dosímetro de ruido Modelo Q-400, Marca Quest TechnologiesHigseg E.I.R.L. 02 Monitor de estrés térmico Modelo Questemp 36, Marca Quest TechnologiesHigseg E.I.R.L. Estación meteorológica Modelo SE-7318 Marca Pasco Scienti fi c DavisDavis International Perú Muestreador de material particulado PM 10/2.5Modelo Charlie Marca TecoraInstruments Lab S.A.C. S.A. Que, dichos Centros Nacionales sustentan sus requerimientos señalando lo siguiente: i) El Centro Nacional de Alimentación y Nutrición, es el órgano de línea del Instituto Nacional de Salud, encargado de programar, ejecutar y evaluar las investigaciones y el desarrollo de tecnologías apropiadas en el ámbito de la alimentación y nutrición humana. Así mismo, conduce el sistema de vigilancia nutricional y es responsable de realizar el control de calidad de alimentos y, en tal sentido, con el fi n de responder como Estado, a las necesidades de garantizar la calidad y la inocuidad de los alimentos que se consumen en el Perú, así como monitorear los índices nutricionales de la población y asegurar la con fi abilidad de los análisis de toxinas marinas, toxinas de hongos, residuos de medicamentos veterinarios (antibióticos conservadores, residuos de pesticidas, ácidos grados, alcoholes, aceites esenciales, saborizantes, entre otros), requiere que sus equipos de alta tecnología se encuentren en perfectas condiciones de uso; que asimismo, señala que dichos equipos han sido adquiridos a empresas que tienen representación exclusiva otorgada por la casa matriz y cuentan con la provisión de repuestos, consumibles y accesorios, además de contar con personal que ha sido entrenado en servicio de mantenimiento de este tipo de equipos; ii) El Centro Nacional de Control de Calidad es el órgano de línea del Instituto Nacional de Salud, encargado de efectuar el control de calidad de medicamentos, productos biológicos e insumos de uso humano y veterinario, dispositivos terapéuticos, material médico-quirúrgico, reactivos de diagnóstico, cosméticos y plaguicidas, tanto nacionales como importados; que asimismo realiza el control de calidad de medicamentos y a fi nes; evalúa y analiza la calidad de los productos pesquisados por la DIGEMID que es muestra de los productos que se comercializa a nivel nacional y son consumidos por la población peruana y; con la fi nalidad de lograr los objetivos trazados en el marco del sistema de gestión de la calidad total que integra la competitividad y productividad, requiere que sus equipos de alta tecnología se encuentren en óptimas condiciones de uso, señala que dichos equipos han sido adquiridos a empresas que tienen representación exclusiva otorgada por la casa matriz y cuentan con la provisión de repuestos, consumibles y accesorios, además de contar con personal que ha sido entrenado en servicio de mantenimiento de este tipo de equipos; iii) Que, el Centro Nacional de Salud Ocupacional y Protección del Ambiente para la Salud, es el órgano encargado de desarrollar y difundir la investigación y la tecnología, proponer políticas y normas, prestar servicios altamente especializados en los campos de la salud ocupacional y protección del ambiente centrado en la salud de las personas, señala que los equipos de alta tecnología son utilizados en la medición de agentes de riesgo y deben ser transportados fuera de las instalaciones dentro del ámbito de Lima y Callao y regiones del país ubicadas hasta aproximadamente 4500 msnm (Cerro de Pasco, Cuzco, Huancavelica, etc), lugares en los que se realizan las mediciones de los agentes de riesgo físico y químicos, para dar cumplimiento al Plan Operativo Institucional y las metas institucionales y obtener resultados con fi ables y de calidad, por lo que requiere que sus equipos de alta tecnología se encuentren en óptimas condiciones de uso señala que dichos equipos han sido adquiridos a empresas que tienen representación exclusiva otorgada por la casa matriz y cuentan con la provisión de repuestos, consumibles y accesorios, además de contar con personal que ha sido entrenado en servicio de mantenimiento de este tipo de equipos; iv) Que, los equipos de alta tecnología de los Centros Nacionales de Alimentación y Nutrición y del Centro Nacional de Control de la Calidad han sido adquiridos a las empresas Electromédica Peruana S.A. y Grupo Tecnológico del Perú S.A. Dichas empresas tienen representación exclusiva de la Casa Matriz correspondiente; y en el caso del Centro Nacional de Salud Ocupacional y Protección del Ambiente para la Salud, los equipos cuentan con representantes exclusivos otorgados por la casa matriz como son Higseg E.I.R.L, Davis International Perú e Instruments Lab S.A.C.; v) Que, los equipos de alta tecnología de los Centros Nacionales requieren contar con especialistas para cada tipo de equipo, que asegure no sólo el buen funcionamiento sino también que se garantice el buen estado de los equipos durante el tiempo de uso establecido (período de vida útil) trabajo que debe ser ejecutado por personal altamente especializado y quienes reúnen estos requisitos sólo son las mismas empresas proveedoras de los referidos equipos de alta tecnología; vi) Que, por esas razones, los Centros Nacionales señalan que se hace necesario que el proceso de mantenimiento preventivo, correctivo y validación de sus equipos de alta tecnología sea realizado contratando a las empresas a las que el Instituto Nacional de Salud adquirió los equipos, es decir a Electromédica Peruana S.A., Grupo Tecnológico del Perú S.A. y a aquellas que cuentan con la representación exclusiva en el país como son Higseg E.I.R.L, Davis International Perú e Instruments Lab S.A.C., en razón a que las mismas poseen una cali fi cación que no tiene comparación con otras empresas del medio porque al ser distribuidores exclusivos mantienen la exclusividad de la patente de fábrica y sus técnicos conocen los equipos en condiciones favorables en comparación a otros del medio no preparados para brindar dicho servicio, además de considerar otro proveedor se pondría en riesgo la integridad de los equipos por su complejidad y diseño electrónico, mecánico y operativo, razón por la cual solicitan la exoneración del proceso de selección que corresponde y proceder a la contratación de dichas empresas; Que, la Ofi cina Ejecutiva de Logística de la O fi cina General de Administración, mediante el Informe N° 567-2008-OEL-OGA/INS de 14 de agosto de 2008, Informe Nº 568-2008-OEL-OGA/INS de 15 de agosto de 2008, Informe N° 613-2008-OEL-OGA/INS de 21 de agosto de 2008 e Informe N° 627-2008-OEL-OGA/INS de 25 de agosto de 2008, emite opinión técnica recogiendo el sustento técnico del Centro Nacional de Alimentación y Nutrición, del Centro Nacional de Control de Calidad y del Centro Nacional de Salud Ocupacional y Protección del Ambiente para la Salud, para la exoneración del proceso de selección correspondiente al “Servicio de Mantenimiento Preventivo y Correctivo de los Equipos de Laboratorio de Alta Tecnología” por la causal de proveedor único y servicio que no admite sustituto señalando además lo siguiente: i) Que en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Instituto Nacional de Salud se encuentra incluido el Concurso Público para la contratación del “Servicio de Mantenimiento Preventivo y Correctivo de los Equipos de Laboratorio de Alta Tecnología”; ii) Que, de acuerdo a los Informes Técnicos del Centro Nacional de Alimentación y Nutrición, del Centro Nacional de Control de Calidad y Centro Nacional de Salud Ocupacional y Protección del Ambiente para la Salud, algunos de los equipos considerados como parte del mantenimiento preventivo y correctivo, además de no admitir un servicio sustituto por sus características especiales, cuentan con un único proveedor nacional que puede brindar el servicio, el cual debe ser realizado por personal altamente especializado y con conocimiento absoluto de su funcionamiento, lo que solo puede ser proporcionado por la misma empresa fabricante o distribuidor exclusivo de los equipos; iii) Que, el Equipo de Programación de la O fi cina Ejecutiva de Logística, mediante Informe Nº 118-A y 122-2008-EPROG-OEL-OGA/INS ha determinado a través de los Estudios de Descargado desde www.elperuano.com.pe