Norma Legal Oficial del día 09 de abril del año 2009 (09/04/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 9 de MORDAZA de 2009

Autorizan ingreso al territorio de la Republica de personal militar de MORDAZA y Colombia
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 333-2009-DE/SG
MORDAZA, 8 de MORDAZA de 2009 CONSIDERANDO: Que, mediante Facsimil (DGS) Nº 303 de fecha 02 de MORDAZA de 2009, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de la Republica de MORDAZA, sin MORDAZA de guerra; Que, en el MORDAZA de la VI Reunion de Estados Mayores y XXI Reunion Bilateral de Inteligencia, llevada a cabo entre la Armada de MORDAZA y la MORDAZA de MORDAZA del Peru, se acordo la ejecucion de intercambios de visitas a nivel de autoridades navales para el ano 2009; Que, en el mes de MORDAZA el Comandante de la Fuerza de Submarinos de la Armada de MORDAZA realizara una visita oficial a la MORDAZA de MORDAZA del Peru; Que, el articulo 5° de la Ley N° 27856, modificado por Ley Nº 28899, establece que "el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las FuerzasArmadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores"; y, Con la opinion favorable de la MORDAZA de MORDAZA del Peru y de conformidad con la Ley N° 27856 y la Ley No. 28899; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica del Comodoro MORDAZA Fagandini MORDAZA, Comandante de la Fuerza de Submarinos de la Armada de MORDAZA, para que realice una visita oficial a la MORDAZA de MORDAZA del Peru, del 13 al 17 de MORDAZA de 2009. Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5° de la Ley N° 27856, modificado por Ley Nº 28899. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ARAOZ E. Ministro de Defensa

Que, el articulo 5° de la Ley N° 27856, modificado por Ley Nº 28899, establece que "el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las FuerzasArmadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores"; y, Con la opinion favorable de la MORDAZA de MORDAZA del Peru y de conformidad con la Ley N° 27856 y la Ley No. 28899; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica de los siguientes Oficiales de la Armada Nacional de Colombia, del 16 al 17 de MORDAZA de 2009, para realizar una visita oficial a la Comandancia General de Operaciones de la Amazonia: 1. MORDAZA DE INFANTERIA DE MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 2. CAPITAN DE FRAGATA MORDAZA MORDAZA ALZATE MORDAZA 3. MORDAZA DE CORBETA MORDAZA MORDAZA UQUILLAS MORDAZA Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5° de la Ley N° 27856, modificado por Ley Nº 28899. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ARAOZ E. Ministro de Defensa

334725-2

ECONOMIA Y FINANZAS
Lista de insumos directamente vinculados en procesos productivos de EGASA para fines previstos en la Ley de Contrataciones del Estado
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 180-2009-EF/15
MORDAZA, 8 de MORDAZA de 2009

334725-1 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 334-2009-DE/SG
MORDAZA, 8 de MORDAZA de 2009 CONSIDERANDO: Que, mediante Facsimil (DGS) Nº 307 de fecha 02 de MORDAZA de 2009, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de la Republica de Colombia, sin MORDAZA de guerra; Que, en el MORDAZA de la XII Reunion del Comite de Trabajo del Acuerdo de Asistencia Mutua entre la Armada Nacional de Colombia y la MORDAZA de MORDAZA del Peru, se acordo realizar el intercambio de visitas de los Comandos Navales Fronterizos en la Amazonia; Que, en el mes de marzo del presente ano el Comandante General de la MORDAZA, extendido una invitacion para que el Comandante de la Fuerza MORDAZA del Sur de la Armada Nacional de Colombia y su comitiva, realicen una visita oficial a la Comandancia General de Operaciones de la Amazonia;

VISTA: La Carta GG.-073/2009-EGASA de la Empresa de Generacion Electrica de MORDAZA S.A. ­ EGASA. CONSIDERANDO: Que, la Octava Disposicion Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1017, que aprueba la Ley de Contrataciones del Estado, establece que los insumos directamente utilizados en los procesos productivos por las empresas del Estado que se dediquen a la produccion de bienes o prestacion de servicios, pueden ser contratados a proveedores nacionales o internacionales mediante el procedimiento de Adjudicacion de Menor Cuantia, a precios de MORDAZA, siempre que se verifique una situacion de escasez acreditada por el Titular de la Entidad; Que, asimismo, la citada Disposicion Complementaria Final senala que no se requiere la verificacion de una situacion de escasez en el caso de empresas que por la naturaleza de su actividad requieran un suministro periodico o continuo, incluyendo la entrega en un solo acto de los insumos, bienes o servicios; Que, la lista de insumos directamente vinculados en los procesos productivos de cada empresa, es establecida

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