Norma Legal Oficial del día 01 de agosto del año 2009 (01/08/2009)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 22

399936

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 1 de agosto de 2009

determinado y a nivel nacional para el desarrollo de actividades pesqueras , conforme a lo dispuesto en la Ley y en las condiciones que determine su Reglamento; Que, el articulo 34º del Reglamento de Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001PE, establece que el permiso de pesca es indesligable de la embarcacion a la que corresponde y que durante su vigencia la transferencia de la propiedad o posesion de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional, conlleva la transferencia de dicho permiso en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgado. Solo realiza actividad extractiva el titular del permiso de pesca, y asimismo, no procede la autorizacion de cambio de titular del mismo en caso de verificarse que los transferentes de la embarcacion cuentan con sanciones de multa que no han sido cumplidas, impuestas mediante actos administrativos firmes o que hayan agotado la via administrativa o confirmadas con sentencias judiciales que hayan adquirido la calidad de cosa juzgada; Que, los articulos 1º y 2º del Decreto Supremo Nº 001-2002-PRODUCE de fecha 5 de septiembre de 2002, establece que los recursos sardina (sardinops sagax sagax, jurel (Trachurus picturatus Murphy) y caballa (Scomber japonicus peruanus) seran destinados al consumo humano directo y que los armadores de las embarcaciones pesqueras con permiso de pesca indistintamente para los recursos sardina, jurel y caballa con destino al consumo humano directo y/o indirecto solo podran desarrollar actividades extractivas de los recursos en mencion, en el MORDAZA del Regimen de Abastecimiento Permanente a la Industria Conservera, Congeladora y de Curados aprobado por Resolucion Ministerial Nº 1502001-PE, debiendo para cuyo efecto adecuarse a las disposiciones contenidas en la citada resolucion; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 280-95PE de fecha 24 de MORDAZA de 1995, se otorgo permiso de pesca a plazo determinado, en adecuacion a la Ley General de Pesca y su Reglamento entre otras, a la PEEA MORDAZA S.R.L., para operar la embarcacion pesquera "ANA CLAUDIA", con matricula Nº IO-0828-PM y 180 TM de capacidad de bodega, en la extraccion de los recursos hidrobiologicos de consumo humano indirecto, en el ambito del litoral peruano, fuera de las cinco (05) millas costeras, utilizando redes de cerco con longitud minima de malla de ½ pulg. (13 mm); Que, mediante escritos del visto, la empresa CFG INVESTMENT S.A.C., solicita el cambio de titular del permiso de pesca de la embarcacion pesquera denominada "ANA CLAUDIA", de matricula IO-0828-PM, cumpliendo con presentar los requisitos establecidos en el procedimiento Nº 6 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE y demas normas complementarias; Que, a traves de Oficio Nº 2988-2009-PRODUCE/ DGEPP-Dchi de fecha 21 de MORDAZA de 2009, se requirio a la empresa CFG INVESMENTO S.A.C. que cumpla con presentar un Certificado compendioso de dominio legible de la embarcacion MORDAZA MORDAZA de matricula Nº IO-0828-PM, y asimismo se cumplio con solicitar la aclaracion con relacion a la capacidad de bodega de la referida embarcacion pesquera, toda vez que contaba con una capacidad de bodega menor a la consignada anteriormente por la Administracion; Que, posteriormente, a traves del escrito de registro Nº 00017579 de fecha 5 de MORDAZA de 2009, la citada empresa cumple con alcanzar informacion complementaria y ademas cumple con indicar que de acuerdo a la actualizacion tanto del Certificado de Arqueo como del Certificado de Matricula, la embarcacion MORDAZA MORDAZA de matricula IO- 0828-PM cuenta con una nueva capacidad de bodega de 181.92 m3 (menor) respecto de aquella consignada anteriormente por la Administracion; Que, de la evaluacion efectuada a los documentos que obran en el expediente se ha determinado que el administrado ha cumplido con presentar los requisitos exigidos en el procedimiento Nº 6 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-

2003-PRODUCE y normatividad sustantiva, por lo que resulta procedente atender el pedido de cambio de titular de permiso de pesca de la embarcacion pesquera MORDAZA MORDAZA de matricula IO-0828-PM y 181.92 m3 de capacidad de bodega, y en los demas terminos y condiciones otorgados mediante Resolucion Ministerial Nº 280-95-PE; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto mediante Informes Nºs 282-2009PRODUCE/DGEPP-Dchi, y Nº 516-2009-PRODUCE/ DGEPP-Dchi, y con la opinion favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977 ­ Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y Procedimiento Nº 6 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo Nº 0352003-PRODUCE; y, En uso de las facultades otorgadas por el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el cambio de titular del permiso de pesca de la embarcacion pesquera de bandera nacional denominada "ANA CLAUDIA", con matricula IO0828-PM y 181.92 m3 de capacidad de bodega, a favor de la empresa CFG INVESTMENT S.A.C., y en los demas terminos y condiciones en que fue otorgado mediante Resolucion Ministerial Nº 280-95-PE, de fecha 24 de MORDAZA de 1995. Articulo 2º.- La vigencia del permiso de pesca otorgado por la presente Resolucion esta supeditada al cumplimiento de la normatividad en materia del ordenamiento juridico pesquero, de sanidad y de medio ambiente. Articulo 3º.- Dejar sin efecto en el extremo relativo a la titularidad del permiso de pesca de la embarcacion pesquera "ANA CLAUDIA" otorgado a la empresa PEEA MORDAZA S.R.L. para operar la citada embarcacion, a traves de la Resolucion Ministerial Nº 280-95-PE. Articulo 4º.- Incorporar a la empresa CFG INVESTMENT S.A.C., como titular del permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera "ANA CLAUDIA" de matricula IO-0828-PM y 181.92 m3 de capacidad de bodega, asi como la presente Resolucion al literal J) del Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 084-2007PRODUCE, excluyendo a la empresa PEEA MORDAZA S.R.L., del indicado anexo. Articulo 5º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del Litoral y a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el MORDAZA de la Pagina Web del Ministerio de la Produccion: www. produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 377841-2

Precisan el Articulo 1º de la R.D. Nº 262-2009-PRODUCE/DGEPP
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 467-2009-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 25 de junio de 2009 Visto el escrito de Registro Nº 00022296 de fecha 24 de marzo de 2009 presentado por CFG INVESTMENT S.A.C. y Hoja de Ruta Nº379-2009-PRODUCE/DGEPP de fecha 15 de junio de 2009,

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.