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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE AGOSTO DEL AÑO 2009 (01/08/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 18

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 1 de agosto de 2009 399932 (En Nuevos Soles) CATEGORÍA DE GASTO Y GENÉRICA DEL GASTO GASTOS DE CAPITAL 2.6. ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS 4 571 418,00 ------------------- TOTAL 4 571 418,00 ========== Artículo 2º.- Obligación de desagregar la Transferencia de Partidas El Pliego Habilitador y Habilitado comprendidos en el presente dispositivo desagregan los ingresos que correspondan a la Transferencia de Partidas dispuesta en el artículo precedente, a nivel de Categoría de Ingreso, Genérica del Ingreso, Subgenérica del Ingreso y Específi ca del Ingreso. El citado desagregado es presentado a la Dirección Nacional del Presupuesto Público dentro de los cinco (5) días siguientes de la aprobación del presente dispositivo. Artículo 3º.- Procedimiento para la aprobación institucional 3.1 Los Titulares de Pliego aprueban mediante Resolución la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1º de la presente norma, a nivel funcional programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución se remite dentro de los cinco (5) días de aprobada a los Organismos señalados en el artículo 23º numeral 23.2 de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 3.2 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos comprendidos en la presente Transferencia de Partidas, solicitarán a la Dirección Nacional del Presupuesto Público las codifi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevos Componentes, Finalidad de Metas y Unidades de Medida. 3.3 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces de los Pliegos involucrados, instruyen a las respectivas Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para Modifi cación Presupuestaria” que se requieran como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 4º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treintiún días del mes de julio del año dos mil nueve. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República LUIS CARRANZA UGARTE Ministro de Economía y Finanzas 378558-3 Cronograma de pago de Pensiones y Otras Prestaciones Sociales y de Personal y Obligaciones Sociales en la Administración Pública correspondiente al mes de agosto de 2009 RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 007-2009-EF/77.01 Lima, 31 de julio de 2009 CONSIDERANDO: Que es necesario garantizar la distribución de los recursos del Tesoro Público, por concepto de Gasto de Personal y Obligaciones Sociales (Remuneraciones) y Gasto por Pensiones y Otras Prestaciones Sociales, mediante un riguroso Cronograma de Pagos, formulado sobre la base de los ingresos efectivos a la Caja Fiscal; Que, asimismo es necesario incluir en el indicado Cronograma a los Gobiernos Locales comprendidos en el Plan Piloto de Municipalización de la Gestión Educativa a que se refi ere el Decreto de Urgencia Nº 044-2009; De conformidad con lo establecido en el Artículo 18º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas aprobado por la Resolución Vice Ministerial Nº 148-99-EF/ 13.03, modifi cado por el Artículo Único de la Resolución Ministerial Nº 416-2005-EF/43; SE RESUELVE: Artículo 1º.- El pago de Pensiones y Otras Prestaciones Sociales y de Personal y Obligaciones Sociales (Remuneraciones) en la Administración Pública en lo correspondiente al mes de AGOSTO 2009 se sujetará al siguiente Cronograma: PENSIONES Y OTRAS PRESTACIONES SOCIALES: 12 DE AGOSTO Presidencia del Consejo de Ministros Congreso de la República Ministerio de Relaciones Exteriores Ministerio de Economía y Finanzas Poder Judicial Ministerio de Justicia Ministerio Público Consejo Nacional de la Magistratura Gobiernos Regionales: Unidades Ejecutoras de Agricultura Tribunal Constitucional Contraloría General de la República Jurado Nacional de Elecciones Ofi cina Nacional de Procesos Electorales Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil Universidades Públicas 13 DE AGOSTO Ministerio de Educación, excepto USES 01, 03 y 07 Gobiernos Regionales: Unidades Ejecutoras de Educación 14 DE AGOSTO Ministerio de Educación: USES 01, 03 y 07 17 DE AGOSTO Ministerio de Salud Ministerio de Energía y Minas Ministerio de la Producción Ministerio de Comercio Exterior y Turismo Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento Gobiernos Regionales: Todas las Unidades Ejecutoras, excepto las de Educación y de Agricultura Ministerio de Agricultura Ministerio de Transportes y Comunicaciones Ministerio de Defensa Ministerio del Ambiente 18 DE AGOSTO Ministerio del Interior PERSONAL Y OBLIGACIONES SOCIALES (REMUNERACIONES): 19 DE AGOSTO Presidencia del Consejo de Ministros Congreso de la República