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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE AGOSTO DEL AÑO 2009 (02/08/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 14

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 2 de agosto de 2009 400048 Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio, el señor VICTOR SANTISTEBAN URCIA y señora MARIA DE LA CRUZ CASTRO PALMA, a través del escrito del visto, solicita modifi cación del permiso de pesca en el extremo de la capacidad de bodega de la embarcación pesquera CRUZ DEL SUR II de matrícula PL-19860-CM en la extracción del recurso hidrobiológico anchoveta con destino al consumo humano indirecto y sardina con destino al consumo humano directo; Que de acuerdo a la evaluación efectuada a los documentos presentados, se determina que el señor VICTOR SANTISTEBAN URCIA y señora MARIA DE LA CRUZ CASTRO PALMA han presentado su solicitud de modifi cación de permiso de pesca, en virtud al derecho administrativo de autorización de incremento de fl ota otorgado por Resolución Directoral Nº 294-2008- PRODUCE/DGEPP; y que a su vez ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el procedimiento N° 6 del Texto Único de Procedimientos Administrativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE, y demás normas modifi catorias; por lo que corresponde otorgar lo solicitado; Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano Indirecto de la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero, mediante Informe Nº 671-2009- PRODUCE/DGEPP-Dchi y con la opinión favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad, con lo establecido por el Decreto Ley N° 25977, Ley General de Pesca; y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE, Ley N° 26920 y demás normas complementarias, Decreto supremo N° 004-2007-PRODUCE; y el Texto Único de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo Nº 008- 2009-PRODUCE y demás normas modifi catorias; y, En uso de las facultades conferidas por el Artículo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y por el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Modifi car la Resolución de Dirección Regional Sectorial N° 077-2000-CTAR-LAMB/DRPE, de fecha 21 de diciembre de 2000, con la que se otorgó permiso de pesca para operar la embarcación pesquera de madera CRUZ DEL SUR II de matrícula PL-19860-CM, solo en el extremo de su capacidad de bodega, entendiéndose que la citada embarcación cuenta con 74.42 m3 de capacidad de bodega. Artículo 2°.- El permiso de pesca a que se refi ere la presente Resolución será ejercido conforme a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 001-2002-PRODUCE, que establece que los recursos sardina, jurel y caballa serán destinados al consumo humano directo o a las normas que lo modifi quen o sustituyan, y a las sanciones previstas por su incumplimiento establecidas en el ordenamiento pesquero vigente. En este supuesto la totalidad de bodega de la embarcación debe mantener implementado y operativo el medio o el sistema de preservación a bordo RSW, cuyo funcionamiento es obligatorio. Artículo 3°.- En virtud a que se ha ejecutado el referido incremento de fl ota, se deja sin efecto la Resolución Directoral N° 294-2008-PRODUCE/DGEPP. Artículo 4°.- Cancelar el permiso de pesca de la embarcación pesquera de matrícula CRUZ DEL SUR de matrícula PL-17160-CM, la cual ha sido desguazada y excluirla del Anexo I de la Resolución Ministerial N° 085- 2007-PRODUCE. Artículo 5°.- Incorporar la presente Resolución y las modifi caciones respectivas, en el Anexo I de la Resolución Ministerial N° 085-2007-PRODUCE. Artículo 6° .- Transcribir la presente Resolución a la Dirección General de Seguimiento, Control y Vigilancia, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Producción del Litoral, y a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el Portal de la Página Web del Ministerio de la Producción: www.produce.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARCO ANTONIO ESPINO SÁNCHEZ Director General de Extracción y Procesamiento Pesquero 378482-2 Aprueban cambio de titular de licencia de operación otorgada mediante R.D. Nº 255-2002-PE/DNEPP a favor de Corporación Pesquera 1313 S.A. RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 475-2009-PRODUCE/DGEPP Lima, 25 de junio de 2009 Visto el expediente con escritos de registros N°s 00008565 y 000040920 de fecha 1 de febrero, 27 de marzo, 3 y 16 de junio, 22 de octubre, 02 de diciembre de 2008 y 4 de junio del 2009, presentados por CORPORACION PESQUERA 1313 S.A. CONSIDERANDO: Que el artículo 51° del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001- PE, establece que durante la vigencia de la licencia para la operación de cada planta de procesamiento, la transferencia en propiedad o cambio de posesión del establecimiento industrial pesquero, conlleva la transferencia de dicha licencia en los mismos términos y condiciones en que fue otorgada; Que por Resolución Directoral N° 255-2002-PE/ DNEPP del 9 de julio de 2002, se modifi có la licencia de operación otorgada mediante Resolución Ministerial N° 594-95-PE del 6 de octubre de 1995, a favor de PESCA PERU CHIMBOTE NORTE S.A., para operar la planta de procesamiento de harina de pescado ubicada en el distrito de Chimbote, provincia del Santa, departamento de Ancash, con una capacidad de procesamiento de materia prima de 184 t/h , en los mismos términos y condiciones en que fue otorgada; Que a través del escrito del visto, CORPORACION PESQUERA 1313 S.A., solicita el cambio del titular de la licencia de operación otorgada mediante la Resolución Directoral N° 255-2002-PE/DNEPP, en los mismos términos y condiciones que le fueron otorgadas a PESCA PERU CHIMBOTE NORTE S.A., en virtud al Testimonio sobre la Modifi cación Parcial de Pacto Social y Estatuto, según consta la modifi cación en la Partida N° 11340790; Que la empresa recurrente en su escrito con registro N° 00040920 de fecha 4 de junio del 2009, amplía los fundamentos para sustentar su solicitud de cambio de titular de la licencia de operación mencionado en el considerando precedente, que no se ha modifi cado la licencia de operación otorgada mediante la Resolución Directoral N° 255-2002- PE/DNEPP, en relación al caso del contrato de asociación en participación que la solicitante celebró con la empresa CORPORACION DEL MAR S.A., al no haber sido ejecutado a la fecha dicho contrato de asociación; Que de la evaluación efectuada a los documentos que obran en el expediente, se ha determinado que la recurrente ha cumplido con presentar los requisitos exigidos por la normatividad pesquera vigente, así como ampliar los fundamentos que sustentan su solicitud, por lo que deviene procedente atender el cambio de titular solicitado; Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano Indirecto de la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero, mediante el Informe N° 076- 2008-PRODUCE/DGEPP-Dchi y con la opinión favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad con lo establecido por el artículo 51° del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, el procedimiento N° 29 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo N° 035-2003-PRODUCE y publicado por Resolución Ministerial 341-2005-PRODUCE y la Resolución Ministerial N° 041-2002-PRODUCE; y, En uso de las facultades conferidas por el artículo 118° del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y por el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar a favor de CORPORACION PESQUERA 1313 S.A., el cambio del titular de la licencia de