Norma Legal Oficial del día 02 de agosto del año 2009 (02/08/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 61

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 2 de agosto de 2009

NORMAS LEGALES
POR CUANTO:

400095

2009-GERENT-MDEA del Gerente de Rentas; e Informe Nº 504-2009-GAJ-MDEA, del Gerente de Asesoria Juridica. CONSIDERANDO: Que, el Art. 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por la Ley de Reforma Constitucional - Ley Nº 27680, en concordancia con lo establecido en el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, establece que los Gobiernos Locales gozan de potestad tributaria para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas y derechos municipales, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la Ley; Que, de conformidad con lo establecido por el articulo 80º numeral 3, inciso 3.5 de la Ley Nº 27972­ Ley Organica de Municipalidades, las municipalidades distritales en materia de saneamiento, salubridad y salud, tienen la funcion de expedir carnes de sanidad; Que, mediante Ordenanza Nº 132-MDEA de fecha 31 de enero del 2002, se aprueba el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de El MORDAZA, conjuntamente con los derechos de pago contenidos en el mismo documento; Que, la expedicion del Carne de Sanidad es un servicio que brinda la Municipalidad y por cuyo derecho se paga S/. 13.76 (trece con 76/100 nuevos soles), monto que resulta elevado teniendo en consideracion la situacion economica promedio de los habitantes del Distrito de El Agustino; es por ello que el Concejo, a fin de brindar comodidades a los administrados que asi lo requieran, debe acordar una rebaja sustancial de sobre dicho concepto por un tiempo estimado de 30 dias; Que, de acuerdo al articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, mediante Ordenanza se crean, modifican, suprimen, o exoneran los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los limites establecidos por ley; y de conformidad con el articulo 9º numeral 9) de la citada MORDAZA, corresponde al concejo municipal crear, modificar, suprimir o exonerar las contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos conforme a ley; Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades que le confiere la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, el Concejo Municipal, y con dispensa del tramite de Comisiones, lectura y de aprobacion del Acta, con el MORDAZA mayoritario de los Regidores aprobo la siguiente Ordenanza: ORDENANZA QUE REBAJA EL COSTO POR EXPEDICION DEL CARNE DE SANIDAD Articulo Primero.- REBAJAR por el termino de sesenta (60) dias contados a partir de la fecha, el costo por expedicion del Carne de Sanidad, de S/. 13.76 (trece con 76/100 Nuevos Soles) a S/. 8.00 (ocho con 00/100 nuevos soles). Articulo Segundo.- Encargar a la Gerencia Municipal el cumplimiento de la presente Ordenanza. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaria General su publicacion en el Diario Oficial El Peruano; y a la Unidad de Participacion Vecinal, Prensa, Relaciones Publicas y Protocolo su correspondiente difusion masiva. POR TANTO Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

EL CONCEJO DISTRITAL DE EL MORDAZA VISTO: En sesion ordinaria de la fecha, PEDIDO Nº 007-2009-MDEA presentado por las regidoras MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA, solicitando se trate en sesion el proyecto de "ordenanza de rebaja del costo de la MORDAZA de no inscripcion" que se adjunta; Informe Nº 74-2009-RR.CC.-MDEA presentado por la Jefe de la Unidad de Registro Civil; e Informe Nº 503-2009-GAJMDEA, presentado por el Gerente de Asesoria Juridica. CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por la ley de Reforma Constitucional Nº 27680, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son los organos de gobierno local, con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante Ordenanza Nº 132-MDEA de fecha 31 de enero del 2002, se aprueba el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de El MORDAZA, conjuntamente con los derechos de pago contenidos en el mismo documento; Que, la constitucion politica del Peru consagra como derecho fundamental de la persona humana el derecho a la identidad y siguiendo este lineamiento, el articulo 19º del Codigo Civil senala que toda persona tiene derecho y el deber de llevar un nombre que permita identificarlo e individualizarlo de los demas; y que en nuestro Distrito existen personas que por motivos economicos principalmente no han podido sacar su partida, consecuentemente carecen de documentos que los identifiquen y que les permita ejercer sus derechos civiles conforme lo establece la Ley; Que, la expedicion de la MORDAZA de no Inscripcion es un servicio que brinda la municipalidad y por cuyo derecho se paga S/. 17.20 (diecisiete con 20/100 nuevos soles), teniendo en consideracion la crisis Internacional que afecta a los pobladores de pobreza extrema, que siendo requisito indispensable para obtener su Partida de Nacimiento; es por ello que el Concejo, a fin de brindar el apoyo a los ninos, adolescentes, jovenes y adultos que asi lo requieran, se debe acordar una rebaja sustancial sobre dicho concepto por un tiempo estimado de 30 dias; Que, de acuerdo al articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, mediante Ordenanza se crean, modifican, suprimen, o exoneran los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los limites establecidos por ley; y de conformidad con el articulo 9º numeral 9) de la citada MORDAZA, corresponde al concejo municipal crear, modificar, suprimir o exonerar las contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos conforme a ley; Estando a lo expuesto, en uso de las facultades que le confiere la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, el Concejo Municipal, y con dispensa del tramite de Comisiones, lectura y de aprobacion del Acta, con el MORDAZA MAYORITARIO de los Regidores se aprueba la siguiente Ordenanza:

ORDENANZA QUE REDUCE DEL COSTO DE LA MORDAZA DE NO INSCRIPCION
Articulo Primero.- REBAJAR el pago de MORDAZA de No Inscripcion de S/. 17.20 (diecisiete y 20/100 nuevos soles) a S/. 5.00 (cinco y 00/100 nuevos soles), con una vigencia de a partir de la fecha hasta el 30 de Junio del 2009. Articulo Segundo.- Encargar a la Gerencia Municipal el cumplimiento de la presente Ordenanza. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaria General su publicacion en el Diario Oficial El Peruano; y a la Unidad de Participacion Vecinal, Prensa, Relaciones Publicas y Protocolo su correspondiente difusion masiva. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

378370-5

Reducen temporalmente el costo de la MORDAZA de No Inscripcion
ORDENANZA Nº 425-MDEA
El MORDAZA, 21 de MORDAZA de 2009 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE EL MORDAZA

378370-6

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