Norma Legal Oficial del día 02 de agosto del año 2009 (02/08/2009)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 48

400082

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 2 de agosto de 2009

inmueble ubicado en el Jr. MORDAZA N. MORDAZA (Antes MORDAZA Bogota) Numeracion 540 (Puerta Principal), Urbanizacion Matalechuza San MORDAZA, Distrito MORDAZA MORDAZA, Provincia y Departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, el Estado es propietario del terreno de 1,000.00 m², ubicado en el Jr. MORDAZA N. MORDAZA (Antes MORDAZA Bogota) Numeracion 540 (Puerta Principal), Urbanizacion Matalechuza San MORDAZA, Distrito de MORDAZA MORDAZA, Provincia y Departamento de Lima; inscrito a fojas 301 - 302 del Tomo 367 con continuacion en la Partida Electronica Nº 07026932 del Registro de Predios de MORDAZA de la MORDAZA Registral IX ­ Sede MORDAZA y registrado en el Asiento Nº 7274 del Sistema de Informacion Nacional de Bienes Estatales ­ SINABIP, correspondiente al Libro de Lima; Que, segun el Informe Nº 045-2006/SBN-GOJAD-CHRB-PFDC de fecha 3 de MORDAZA de 2006, con la conformidad del Jefe (e) de Adjudicaciones, se precisa que se emite pronunciamiento favorable sobre la factibilidad en venta directa del terreno materia de la solicitud, toda vez que los solicitantes son promotores de la Parroquia San MORDAZA de Padua, la cual es titular de la afectacion en uso, razon por la cual la solicitud se enmarca en el supuesto establecido en el inciso a) del articulo 34 del Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal, aprobado por Decreto Supremo Nº 154-2001-EF y sus modificatorias, en adelante el Reglamento; Que, de conformidad a lo senalado en la Cuarta Disposicion Transitoria de la Ley Nº 29151 "Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales" para el presente caso es de aplicacion aun el Reglamento MORDAZA citado, toda vez que el presente procedimiento de adjudicacion en venta directa, se inicio durante la vigencia del mismo; Que, el articulo 34 del Reglamento, establece que la venta directa de un predio de dominio privado del Estado se aprobara mediante Resolucion Suprema, siempre que se cuente con informe favorable de la Superintendencia de Bienes Nacionales, ahora Superintendencia Nacional de Bienes Estatales; Que, mediante Oficio Nº 102-2007/VIVIENDA-VMCSDNC, de fecha 7 de febrero de 2007, la Direccion Nacional de Construccion del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, remite la valuacion comercial del terreno MORDAZA referido, senalando que el valor comercial es de US$ 176,000.00 (Ciento Setenta y Seis Mil y 00/100 Dolares Americanos); Que, en merito a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 018-2007-VIVIENDA, que modifica el articulo 34 del Reglamento y a lo senalado en la Directiva Nº 001-2007/ SBN "Procedimientos para la Aprobacion de la Venta de Predios del Dominio Privado del Estado de Libre Disponibilidad" aprobada por Resolucion Nº 018-2007/ SBN de fecha 29 de marzo de 2007 y su modificatoria, se ha cumplido con publicar en el Diario Oficial El Peruano con fecha 13 de enero de 2008, el aviso que publicita el valor de tasacion del predio, con la finalidad que cualquier interesado pueda por unica vez y dentro del plazo de 10 dias utiles, presentar una mejor oferta para la compra, sin embargo transcurrido el plazo no se recibio alguna oferta; Que, mediante documento recibido por la SBN de fecha 5 de febrero de 2008, el representante de la Asociacion "Custodia Franciscana San MORDAZA del Amazonas", manifesto su conformidad respecto del valor de la referida tasacion; Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, mediante Informe Tecnico Legal Nº 0662008/SBN-GO-JAD, de fecha 12 de febrero de 2008; ha opinado favorablemente por la adjudicacion en venta directa del citado predio a favor de la Asociacion "Custodia Franciscana San MORDAZA del Amazonas"; De conformidad con lo establecido por la Ley Nº 29151, el Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, el Decreto Supremo Nº 004-2007-VIVIENDA, el Decreto de Urgencia Nº 071-2001, el Decreto Supremo Nº 154-2001-EF y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobar la Adjudicacion en Venta Directa a favor de la Asociacion "Custodia Franciscana San MORDAZA del Amazonas", del terreno de 1,000.00 m², ubicado en el Jr. MORDAZA N MORDAZA (Antes MORDAZA Bogota) Numeracion 540 (Puerta Principal), Urbanizacion Matalechuza San MORDAZA,

Distrito de MORDAZA MORDAZA, Provincia y Departamento de Lima; inscrito a Fojas 301-302 del Tomo 367 con continuacion en la Partida Electronica Nº 07026932 del Registro de Predios de la MORDAZA Registral IX ­ Sede MORDAZA y registrado en el Asiento Nº 7274 del Sistema de Informacion Nacional de Bienes Estatales ­ SINABIP, correspondiente al Libro de Lima. Articulo 2°.- El valor comercial del terreno cuya venta se aprueba asciende a US $ 176,000.00 (Ciento Setenta y Seis Mil y 00/100 Dolares Americanos); conforme a la valorizacion efectuada por la Direccion Nacional de Construccion del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, el mismo que sera cancelado al contado. Articulo 3°.- Los ingresos que se obtengan de la venta del terreno constituiran recursos del Tesoro Publico y de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, en un 97% y 3% respectivamente, una vez deducidos los gastos operativos y administrativos. Articulo 4°.- La Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, en nombre y representacion del Estado, otorgara la Escritura Publica de transferencia a favor de la Asociacion "Custodia Franciscana San MORDAZA del Amazonas". Articulo 5°.- La MORDAZA Registral Nº IX - Sede MORDAZA de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, inscribira la transferencia de propiedad a que se refiere el articulo 1 de la presente Resolucion, por el merito de la correspondiente Escritura Publica. Articulo 6°.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA OYAGUE Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento

378596-20 RESOLUCION SUPREMA Nº 020-2009-VIVIENDA
MORDAZA, 1 de agosto de 2009 Visto; el Expediente Nº 029-2005/SBNJAD, por el cual el Presidente de la Asociacion "Club La Honda" solicita la adjudicacion en venta directa del terreno de 3 449,23 m², ubicado en el extremo Noroeste de la Asociacion "Club La Honda", colindante con el malecon de viviendas y la MORDAZA de servicios, Distrito de Pucusana, Provincia y Departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, el Estado es propietario del terreno de 3 437,62 m², ubicado en el extremo Noroeste de la Asociacion "Club La Honda", colindante con el malecon de viviendas y la MORDAZA de servicios, Distrito de Pucusana, Provincia y Departamento de MORDAZA, inscrito en la Partida Electronica Nº 11739934 del Registro de Predios de la MORDAZA Registral Nº IX Sede MORDAZA y registrado en el Asiento Nº 15440 del Sistema de Informacion Nacional de Bienes Estatales SINABIP, correspondiente al Libro de Lima; Que, el Presidente de la Asociacion "Club La Honda", inscrita en la Partida Electronica Nº 02292157 del Libro de Asociaciones del Registro de Personas Juridicas de la MORDAZA Registral Nº IX - Sede MORDAZA, mediante escrito recibido el 17 de MORDAZA de 2004, solicita la adjudicacion en venta directa del terreno descrito en el parrafo precedente; Que, segun el Informe Nº 107-2005/SBN-GOJAD-CHRB-PFDC con la conformidad del Jefe (e) de Adjudicaciones, se precisa que en el terreno cuya adjudicacion en venta directa se solicita, se ha construido un MORDAZA de material noble desde el malecon superior a la altura de las MORDAZA hacia el mar, encontrandose a medio MORDAZA dos plataformas de material noble que sirven de mirador hacia el MORDAZA MORDAZA, asi como otros miradores y sus escaleras, razon por la cual la solicitud se enmarca en el supuesto establecido en el inciso c) del articulo 34 del Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal aprobado por Decreto Supremo Nº 154-2001-EF y sus modificatorias en adelante

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.