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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE AGOSTO DEL AÑO 2009 (02/08/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 51

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 2 de agosto de 2009 400085 Diario Ofi cial El Peruano con fecha 10 de octubre de 2008, el aviso que publicita el valor de tasación del predio, con la fi nalidad que cualquier interesado pueda por única vez y dentro del plazo de 10 días útiles, presentar una mejor oferta para la compra; Que, mediante Memorándum Nº 7961-2008/SBN-GA- OTD de fecha 27 de octubre de 2008, la Ofi cina de Trámite Documentario de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, informó que dentro del plazo establecido en el Decreto Supremo Nº 154-2001-EF y modifi catorias, la empresa Minera y Construcciones Ayanes S.A.C presentó una mejor oferta, registrada bajo la solicitud de ingreso N° 16401-2008 del 24 de octubre de 2008 por la suma de US$ 150,000.00 (Ciento cincuenta mil y 00/100 Dólares Americanos); Que, la Asociación El Delfín de Bujama, mediante carta recibida por la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, con fecha 06 de noviembre de 2008, ha procedido a igualar la oferta presentada por la empresa Minera y Construcciones Ayanes S.A.C., es decir, el valor comercial asignado al citado terreno es de US$ 150,000.00 (Ciento Cincuenta Mil y 00/100 Dólares Americanos); Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, de acuerdo a sus facultades y dentro del marco legal vigente, ha emitido el Informe Técnico Legal Nº 0467-2008/SBN-GO-JAD, de fecha 27 de noviembre de 2008 mediante el cual se opina favorablemente por la adjudicación en venta directa del predio sub materia a favor de la Asociación El Delfín de Bujama; Que, de conformidad con lo establecido por la Ley Nº 29151, el Decreto Supremo Nº 004-2007-VIVIENDA, el Decreto de Urgencia Nº 071-2001, el Decreto Supremo Nº 154-2001-EF y sus modifi catorias. SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar la adjudicación en venta directa a favor de la Asociación El Delfín de Bujama, del predio de propiedad del Estado de 19,590.46 m², ubicado a la altura del km. 100 de la Panamericana Sur, en la playa denominada “El Delfín de Bujama”, Distrito de Mala, Provincia de Cañete, Departamento de Lima, inscrito en la Partida Nº 21013218 del Registro de Predios de Lima y registrado en el Asiento Nº 13028 del Sistema Nacional de Bienes de Propiedad Estatal – SINABIP correspondiente al Libro de Lima. Artículo 2°.- El valor comercial del terreno cuya venta se aprueba asciende a US $/. 150 000,00 (Ciento Cincuenta Mil y 00/100 Dólares Americanos), conforme a la valorización efectuada por el Cuerpo Técnico de Tasaciones del Perú, el mismo que será cancelado al contado. Artículo 3°.- Los ingresos que se obtengan de la venta del inmueble constituirán recursos del Tesoro Público y de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales en un 97% y 3%, respectivamente, una vez deducidos los gastos operativos y administrativos. Artículo 4°.- La Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, en nombre y representación del Estado, otorgará la Escritura Pública de transferencia a favor de la asociación civil Asociación El Delfín de Bujama. Artículo 5°.- La Zona Registral Nº IX – Sede Cañete de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, inscribirá la transferencia de propiedad a que se refi ere el artículo 1 de la presente Resolución, por el mérito de la correspondiente Escritura Pública. Artículo 6°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República FRANCIS ALLISON OYAGUE Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 378596-23 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 023-2009-VIVIENDA Lima, 1 de agosto de 2009 Visto: El Expediente Nº 173-2008/SBNJAD, por el cual la Asociación Farmacéutica Misión Salud, solicita la adjudicación en venta directa de los locales de 43.22 m² y de 38.08 m², ubicados en la Av. Nicolás Ayllón N° 108 y N° 112 (con frente a la Carretera Lima – Chosica), distrito de Ate, provincia y departamento de Lima, y; CONSIDERANDO: Que, el Estado es propietario de los inmuebles de 43.19 m² y 38.09 m², signados como Área 1 y Área 2 Parte del Área Remanente del Lote 79-A del Fundo La Estrella, ubicados en la Av. Nicolás Ayllón (Carretera Central) N° 108 y N° 112, del distrito de Ate, provincia y departamento de Lima, inscritos en las Partidas Nº 12171018 y Nº 12171020 del Registro de Predios de la Zona Registral IX – Sede Lima y registrados en los Asientos Nº 16918 y 16919 del Sistema de Información Nacional de Bienes Estatales – SINABIP, correspondiente al Libro de Lima; Que, la Asociación Farmacéutica Misión Salud representada por doña Emperatriz Susana Canchari Chávez, solicita mediante escrito recibido por la SBN el 27 de junio de 2007, la adjudicación en venta directa de los predios descritos en el párrafo precedente los cuales vienen ocupando desde antes del 12 de abril de 2006 a través de la Botica del Vecino y consultorio médico; Que, según el Informe Nº 0828-2008/SBN-GO- JAD-JCKH-KMLM de fecha 7 de noviembre de 2008 con la conformidad del Jefe de Adjudicaciones, se opina favorablemente por la adjudicación en venta directa de los citados inmuebles a favor de la Asociación Misión Salud, al enmarcarse en el supuesto establecido en el literal e) del artículo 34 del Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal aprobado por el Decreto Supremo Nº 154-2001-EF y sus modifi catorias; en adelante el Reglamento; Que, de conformidad a lo señalado en la Cuarta Disposición Transitoria de la Ley Nº 29151 “Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales”, para el presente caso es de aplicación aún el Reglamento antes citado, toda vez que el procedimiento de adjudicación en venta directa, se inició durante su vigencia; Que, el artículo 34 del Reglamento antes acotado, establece que la venta directa de un terreno de dominio privado del Estado se aprobará mediante Resolución Suprema, siempre que se cuente con informe favorable de la Superintendencia de Bienes Nacionales, ahora Superintendencia Nacional de Bienes Estatales; Que, la empresa INGENIERIA Y VALUACIONES S.A. mediante carta Nº INV-V-341-08-SBN recibida por la SBN el 3 de diciembre de 2008, remitió los informes de valuación de los predios antes referido, cuyos valores comerciales son de US $ 46 649,50 (Cuarenta y Seis Mil Seiscientos Cuarenta y Nueve y 50/100 Dólares Americanos) por el Área 1 de 43.19 m² y US $ 41 394,50 (Cuarenta y Un Mil Trescientos Noventa y Cuatro y 50/100 Dólares Americanos) por el Área 2 de 38.09 m²; Que, en mérito a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 018-2007-VIVIENDA, que modifi ca el Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal y a lo señalado en la Directiva Nº 001-2007/SBN “Procedimientos Para la Aprobación de la Venta de Predios del Dominio Privado del Estado de Libre Disponibilidad” aprobada por Resolución Nº 018-2007/SBN de fecha 29 de marzo de 2007 y su modifi catoria, se publicó en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 11 de enero de 2009, el aviso que publicita los valores de tasación de los predios, con la fi nalidad que cualquier interesado pueda por única vez y dentro del plazo de 10 días útiles, presentar una mejor oferta para la compra, sin embargo transcurrido el plazo no se recibió oferta alguna; Que, la Asociación Farmacéutica Misión Salud representada por doña Emperatriz Susana Canchari Chávez, mediante escrito recibido por la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales el 09 de febrero de 2009, ha manifestado su conformidad respecto a los valores de las tasaciones de los predios materia de venta; Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, mediante Informes Técnicos Legales Nº 0088-2009/SBN- GO-JAD y Nº 0089-2009/SBN-GO-JAD, ambos de fecha 23 de febrero de 2009; ha opinado favorablemente por las adjudicaciones en venta directa de los citados predios a favor de la Asociación Farmacéutica Misión Salud; De conformidad con lo establecido por la Ley Nº 29151, el Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, el Decreto