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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE AGOSTO DEL AÑO 2009 (04/08/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 20

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 4 de agosto de 2009 400150 autorización efectuará el pago correspondiente al derecho de autorización y canon anual, caso contrario, la autorización quedará sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio de que el Ministerio emita el acto administrativo pertinente. Artículo 10º.- La autorización a la que se contrae la presente Resolución se sujeta a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes que regulan el servicio autorizado, debiendo adecuarse a las normas modifi catorias y complementarias que se expidan. Artículo 11º.- Remitir copia de la presente resolución a la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones para las acciones que corresponda, de acuerdo a su competencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE LUIS CUBA HIDALGO Viceministro de Comunicaciones 378526-1 Aprueban ampliación de área de concesión otorgada por R.M. Nº 636- 2004-MTC/03 a NEXTEL PERU S.A. a todo el territorio del Perú RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 316-2009-MTC/27 Lima, 22 de junio de 2009 VISTO, el Expediente Nº 2009-021573, mediante el cual la empresa NEXTEL DEL PERÚ S.A. solicitó la modifi cación de su contrato de concesión para la prestación del servicio portador local en la modalidad no conmutado, para su ampliación de área de concesión a todo el territorio de la República del Perú y la inclusión de la modalidad del servicio portador local en la modalidad conmutado a nivel nacional; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 636-2004- MTC/03 de fecha 23 de agosto de 2004, se otorgó a la empresa NEXTEL DEL PERÚ S.A. concesión para la prestación del servicio portador local, en la modalidad no conmutado en los departamentos de Lima, Ica, Ancash, Piura, La Libertad, Lambayeque y a Provincia Constitucional del Callao; habiéndose suscrito el respectivo contrato el 6 de setiembre de 2004; Que, mediante Resolución Directoral Nº 917-2004- MTC/17, de fecha 14 de octubre de 2004, se aprobaron a favor de la empresa NEXTEL DEL PERU S.A. las características técnicas específi cas de operación para la prestación del servicio otorgado en concesión mediante Resolución Ministerial Nº 636-2004-MTC/03; Que, mediante el expediente de la vista, la empresa concesionaria solicita la ampliación del área de concesión del servicio portador local en la modalidad no conmutado, a todo el territorio de la República del Perú; asimismo, solicita se incluya la modalidad conmutado del servicio portador local, a nivel nacional; Que, asimismo, en aplicación del numeral 3) del artículo 75º de la Ley Nº 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General corresponde además evaluar la aprobación de la modifi cación de las características técnicas específi cas de operación aprobadas mediante Resolución Directoral Nº 917-2004-MTC/17; Que, la Cláusula Décimo Sexta del contrato de concesión aprobado por Resolución Ministerial Nº 636- 2004-MTC/03 establece que las partes podrán acordar, por escrito, la modifi cación y/o cambio del mencionado contrato sujetándose a las leyes y reglamentos vigentes; Que, el artículo 124º del Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones establece que la suscripción de las adendas a los contratos de concesión se realizará dentro de un plazo máximo de sesenta (60) días hábiles de publicada la resolución correspondiente, y que en caso de incumplimiento, la resolución que la sustenta quedará sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio de que se emita el acto administrativo correspondiente; Que, el tercer párrafo del artículo 120º del Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, dispone que los titulares de concesiones y autorizaciones de servicios de telecomunicaciones no podrán modifi car las características técnicas de operación de los servicios respectivos sin previa autorización de este Ministerio; Que, asimismo el artículo 125º del referido cuerpo normativo precisa que las solicitudes de modifi cación de características técnicas de la concesión otorgada serán resueltas por resolución directoral; Que, mediante Informe Nº 761-2009-MTC/27, se concluye que corresponde aprobar mediante resolución directoral, y conforme a lo señalado por la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, la modifi cación del contrato de concesión aprobado por Resolución Ministerial Nº 636- 2004-MTC/03, en lo referente al área de la concesión otorgada para la prestación del servicio portador local, ampliándola a todo el territorio de la República del Perú con excepción de las unidades geográfi cas en las cuales ya cuenta con concesión, así como aprobar el Plan de Cobertura de dicha área; asimismo, señala que corresponde incluir la modalidad del servicio portador local en la modalidad conmutado a nivel nacional y modifi car las características técnicas específi cas de operación aprobadas mediante Resolución Directoral Nº 917-2004-MTC/17; Que, los numerales 5 y 12 del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, establecen que la Dirección General de Concesiones en Comunicaciones es la autoridad que resuelve las solicitudes de modifi cación de concesión para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones y modifi cación de características técnicas de operación de servicios públicos de telecomunicaciones en caso no implique la asignación de espectro radioeléctrico, respectivamente; Que, en consecuencia debe dictarse el acto administrativo correspondiente; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC y sus modifi catorias; el Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA del Ministerio, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC, SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la ampliación del área de la concesión otorgada por Resolución Ministerial Nº 636- 2004-MTC/03, a la empresa NEXTEL DEL PERÚ S.A. a todo el territorio de la República del Perú con excepción de las áreas en las cuales cuenta con título habilitante para la prestación del servicio portador local en la modalidad no conmutado e incluir la modalidad del servicio conmutado para la prestación del servicio portador local a nivel nacional, conforme al Anexo 1 de la Adenda a aprobarse por la presente resolución, el cual reemplaza al Anexo 1 del contrato de concesión aprobado por Resolución Ministerial Nº 636-2004-MTC/03. Artículo 2º.- Aprobar el Plan de Cobertura correspondiente al área y modalidad ampliadas a que se refi ere el artículo precedente, conforme al Anexo 2 de la Adenda a aprobarse por la presente Resolución, el cual reemplaza al Anexo 2 del contrato de concesión aprobado por Resolución Ministerial Nº 636-2004-MTC/03. Artículo 3º.- Aprobar la modifi cación del primer párrafo de los numerales 3.01 y 3.02, así como el literal d) del numeral 3.05 de la cláusula tercera y el numeral