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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE AGOSTO DEL AÑO 2009 (04/08/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 24

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 4 de agosto de 2009 400154 que preste el servicio de reimpresión de cuarenta y dos (42) ejemplares del libro “Ciudad Candidata, Propuesta Técnica de Lima para los XVII Juegos Panamericanos”, por el monto ascendente a S/. 34,000.00 (Treinta y cuatro mil y 00/100 Nuevos Soles) incluido el IGV, con cargo a la Fuente de Financiamiento a que alude el Informe Nº 124-2009-OPP/IPD. Artículo Segundo.- AUTORIZAR a la Ofi cina General de Administración del Instituto Peruano del Deporte, a través de su Unidad de Logística, a efectuar la contratación de los servicios, a que se refi ere el artículo anterior, mediante el proceso de Adjudicación Directa Selectiva. Artículo Tercero.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, en el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado – SEACE y se remita, junto con los Informes Técnico y Legal sustentatorios a la Contraloría General de la República, con copia al Órgano de Control Institucional del IPD, en el plazo de diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ARTURO WOODMAN POLLITT Presidente 378734-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Modifican Reglamento Interno de Trabajo de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 160-2009/SUNAT Lima, 30 de julio de 2009 CONSIDERANDO: Que el Decreto Supremo Nº 039-91-TR, regula la aprobación y modifi cación del Reglamento Interno de Trabajo, el cual determina las condiciones a que deben sujetarse los empleadores y trabajadores en el cumplimiento de sus prestaciones; Que mediante Resolución de Superintendencia Nº 235- 2003/SUNAT, se aprobó el Reglamento Interno de Trabajo de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT, el mismo que fue modifi cado por las Resoluciones de Superintendencia Ns. 098-2005/SUNAT, 142-2007/ SUNAT, 091-2009/SUNAT y 110-2009/SUNAT; Que resulta necesario modifi car el citado reglamento a fi n de incorporar aspectos acordes al Plan Anticorrupción, aprobado mediante Resolución de Superintendencia Nº 106- 2009/SUNAT, a través de cual se ha institucionalizado un sistema de control y lucha contra la corrupción; Que asimismo, es importante recoger aspectos del Código de Ética de la Función Pública, aprobado mediante Ley Nº 27815, modifi cada por la Ley Nº 28496, y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 033- 2005-PCM; De conformidad con lo establecido en los incisos d) y u) del Artículo 19º del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria, aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Se entenderá como Reglamento Interno de Trabajo, el aprobado por Resolución de Superintendencia Nº 235-2003/SUNAT, modifi cado por las Resoluciones de Superintendencia Ns. 098-2005/SUNAT, 142-2007/SUNAT, 091-2009/SUNAT y 110-2009/SUNAT. Artículo Segundo.- Sustitúyase el Artículo 10º del Reglamento Interno de Trabajo por el siguiente texto: “Artículo 10º.- REQUISITOS Son requisitos para ingresar a trabajar a la SUNAT: a) Ser mayor de edad. b) No haber sido destituido ni despedido por causa justa relacionada con la conducta, de esta ni de otra entidad. c) No registrar antecedentes policiales o judiciales. d) Adjuntar a la solicitud de ingreso los documentos que sean exigidos por la SUNAT. e) Cumplir con los requisitos del puesto al que se postula. f) Aprobar los exámenes psicotécnicos, de conocimientos, las entrevistas, así como los cursos de capacitación que disponga la SUNAT. g) Observar las disposiciones legales que en materia de ingreso de personal alcancen a entidades como la SUNAT. h) Comprometerse expresamente a guardar, en los términos a los que se refi ere el inciso f) del artículo 38º de este Reglamento, la reserva a la que dicho inciso se refi ere”. Artículo Tercero.- Modifícase los incisos c) y m) del Artículo 38º, el inciso e) del Artículo 39º y el inciso k) del Artículo 47º del Reglamento Interno de Trabajo, con el siguiente texto: “Artículo 38º.- OBLIGACIONES (…) c) Respetar el principio de autoridad y los niveles jerárquicos. En este sentido, debe cumplir con las órdenes e instrucciones impartidas por sus superiores jerárquicos relativas al desempeño de sus labores, salvo los supuestos de arbitrariedad o ilegalidad manifi estas, las que deberá poner en conocimiento del superior jerárquico del que emite la orden. (…) m) Abstenerse de realizar actos que afecten la imagen de la SUNAT y la ética que rige nuestro actuar de acuerdo a lo establecido en la normatividad vigente. (...) “Artículo 39º.- PROHIBICIONES (…) e) Utilizar el nombre de la institución en la atención de temas de índole personal; así como aceptar o mantener situaciones/relaciones en cuyo contexto sus intereses personales, laborales, económicos, fi nancieros o cualquier otro, pudieran estar en confl icto con el cumplimiento de las funciones de la institución. (…)”. “Artículo 47º.- LAS FALTAS DISCIPLINARIAS (…) k) Obtener o procurar benefi cios o ventajas indebidas, para sí o para otros, mediante el uso de su cargo, infl uencia o apariencia de infl uencia; así como solicitar o aceptar retribuciones monetarias, obsequios, donaciones, atenciones, agasajos o similares de cualquier persona o institución vinculada a las funciones de la SUNAT”. (…)”.