Norma Legal Oficial del día 04 de agosto del año 2009 (04/08/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano MORDAZA, martes 4 de agosto de 2009

NORMAS LEGALES

400153

ORGANISMOS EJECUTORES INSTITUTO PERUANO DEL DEPORTE
Exoneran de MORDAZA de seleccion la contratacion de servicio de reimpresion de ejemplares del libro "Ciudad Candidata, Propuesta Tecnica de MORDAZA para los XVII Juegos Panamericanos"
RESOLUCION Nº 304-2009-P/IPD

MORDAZA, 24 de MORDAZA del 2009 Vistos: El Informe Nº 010-2009-SG/IPD, de fecha 20 de MORDAZA del 2009, expedido por el Secretario General del IPD; y, el Informe Nº 184-2009/OAJ-IPD, de fecha 22 de MORDAZA del 2009, expedido por la Oficina de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 012-2008-ED se declaro de interes nacional la postulacion del Peru para que la MORDAZA de MORDAZA se constituya como sede de los XVII Juegos Panamericanos del ano 2015. Para tal efecto se autorizo al Instituto Peruano del Deporte para que en coordinacion con la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA y el Comite Olimpico Peruano, formulen la MORDAZA de dicha candidatura y propuesta ante la Asamblea General de Organizacion Deportiva Panamericana ­ ODEPA. Su implementacion no irrogara gastos adicionales del Tesoro Publico, siendo afectado con cargo al Presupuesto Institucional del IPD; Que, como parte del MORDAZA de seleccion de la MORDAZA sede para los Panamericanos, con fecha 03 de junio del presente ano, el Comite Olimpico Peruano, en representacion del Peru, presento ante la Organizacion Deportiva Panamericana - ODEPA la Propuesta Tecnica, con miras a obtener la sede de los Juegos Panamericanos 2015. Esta propuesta Tecnica tiene por finalidad sustentar en forma objetiva y MORDAZA las ventajas que tiene MORDAZA para constituirse como Sede de los XVII Juegos Deportivos Panamericanos 2015, en comparacion a las otras ciudades propuestas; y, de esta manera convencer a los 42 paises miembros de la ODEPA para que manifiesten su MORDAZA a favor de Lima. Que, la adquisicion de bienes y la contratacion de servicios en el Instituto Peruano del Deporte se realiza al MORDAZA de lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1017, que aprueba la Ley de Contrataciones del Estado; y, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 1842008-EF y sus normas modificatorias; Que, las normas mencionadas en el considerando que anteceden establecen, por regla general, salvo las excepciones debidamente establecidas en dichas normas, que en el caso que las entidades publicas requieran proveerse de bienes, servicios u obras, dependiendo de la naturaleza de la prestacion y el valor referencial, de acuerdo con los montos senalados en las normas presupuestarias, debe llevarse a cabo un MORDAZA de seleccion de licitacion publica, concurso publico, adjudicacion directa publica, adjudicacion directa selectiva o adjudicacion de menor cuantia, salvo los casos de excepcion previstos en la normativa MORDAZA citada; Que precisamente, una de las excepciones establecidas al MORDAZA general de contratacion establecidas en el Decreto Legislativo Nº 1017, que faculta la entidad a contratar directamente los bienes y servicios requeridos sin tener que convocar y desarrollar el MORDAZA de seleccion correspondiente, lo constituye el literal f) del articulo 20º de la acotada MORDAZA, en donde se establece la exoneracion del MORDAZA de seleccion de

aquellas contrataciones que se realicen para los servicios personalisimos con la debida sustentacion objetiva; Que, el Articulo 132º del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1017, establece que cuando exista un requerimiento de contratar servicios especializados profesionales, entre otros, procede la exoneracion para contratar con personas naturales o juridicas siempre que se sustente objetivamente lo siguiente: a) Especialidad del proveedor, relacionada con sus conocimientos profesionales, artisticos, cientificos o tecnologicos que permitan sustentar de modo razonable e indiscutible su adecuacion para satisfacer la complejidad del objeto contractual; b) Experiencia reconocida en la prestacion del objeto de la contratacion, y c) Comparacion favorable frente a otros potenciales proveedores que esten en la capacidad de brindar el servicio; siendo que las prestaciones que se deriven de los contratos celebrados al MORDAZA del presente articulo no seran materia de subcontratacion ni de cesion de posicion contractual; Que, de acuerdo a lo informado por la Secretaria General, para el desarrollo del evento, mencionado en el primer considerando de la presente Resolucion, se requiere contratar los servicios de una empresa que cuente con amplia y reconocida experiencia en la MORDAZA del servicio de impresion de alta calidad, a fin de garantizar que la promocion de la MORDAZA de MORDAZA coadyuve a su seleccion como sede de los Juegos Panamericanos 2015; Que, en la seleccion de la mencionada empresa se ha tomado en consideracion su amplia experiencia en el MORDAZA prestando los servicios especializados en la edicion e impresion de de piezas audiovisuales, campanas de publicidad, publicaciones, textos creativos y discursos para organizaciones academicas, publicas y privadas; asimismo, por ser conocedora de los objetivos trazados por el IPD y el Estado Peruano al postularse la MORDAZA de MORDAZA como candidata a constituirse como Sede de los XVII Juegos Panamericanos a llevarse a cabo el 2015, por cuanto ha realizado los trabajos de impresion de alta calidad. Documentalmente ha demostrado que ha prestado dicho servicio a diferentes instituciones publicas como son: el Ministerio de Educacion, Municipalidad de La MORDAZA, Municipalidad de Miraflores; asi como a entidades privadas como son: Banco Continental, Instituto de Estudios Peruanos, Backus, Editorial Santillana, Asociacion Cultural Filamornonia, Asociacion Cultural La Salle, Asociacion Editora MORDAZA, Casinelli, E. Wong, Editorial Televisa Peru, Saga Falabella, Unique, entre otros; Que, la Oficina de Asesoria Juridica con el informe de vistos, recomienda EXONERAR el MORDAZA de seleccion para contratar con la Empresa CECOSAMI Comunicacion Integral para la ejecucion del servicio de reimpresion de cuarenta y dos (42) ejemplares del libro "Ciudad Candidata, Propuesta Tecnica de MORDAZA para los XVII Juegos Panamericanos", por el monto ascendente a S/. 34,000.00 (Treinta y cuatro mil y 00/100 Nuevos Soles) incluido el IGV, con cargo a la Fuente de Financiamiento a que alude el Informe Nº 124-2009-OPP/IPD; De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo Nº 1017 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-MEF; y, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 28036, Ley de Promocion y Desarrollo del Deporte, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2004-PCM asi como por el Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2004-PCM; Con las visaciones de la Oficina General de Administracion y de la Oficina de Asesoria Juridica del Instituto Peruano del Deporte; SE RESUELVE: Articulo Primero.- APROBAR la exoneracion del MORDAZA de seleccion correspondiente para la contratacion del servicio personalisimo de la Empresa CECOSAMI Comunicacion Integral, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion, para

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