Norma Legal Oficial del día 04 de agosto del año 2009 (04/08/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano MORDAZA, martes 4 de agosto de 2009

NORMAS LEGALES

400165

Fiscalizacion posterior 27. En caso que el Certificado de Origen no consigne la informacion requerida o la consigne con errores, o cuando la documentacion presentada haga presumir que la mercancia no cumple con lo senalado en el numeral 10 de esta Seccion, el funcionario de aduanas designado del Area de Fiscalizacion notifica al importador o agente de aduana, otorgandole un plazo de quince (15) dias calendario, contado a partir del dia siguiente de recibida la notificacion, para que presente un Certificado de Origen MORDAZA correctamente emitido, una rectificacion o su reemplazo, y cuando corresponda la documentacion senalada en el numeral 11 de esta Seccion. Si vencido el plazo otorgado por la Autoridad Aduanera, no se presentara la documentacion solicitada a que hace referencia el parrafo anterior o si de presentarse subsisten los errores, se emite la resolucion de determinacion respectiva y la liquidacion de cobranza por el monto de la deuda tributario aduanera a pagar. 28. En caso de dudas sobre el origen de la mercancia, el Area de Fiscalizacion remite a la Intendencia Nacional de Tecnica Aduanera (INTA) un informe conteniendo los fundamentos de hecho y de derecho que sustente la duda sobre el origen y MORDAZA de la documentacion relacionada, a fin de que se inicie un MORDAZA de verificacion de origen, de corresponder. En ese caso, la INTA procede conforme a lo establecido en los numerales 22 al 24 precedentes. VIII. FLUJOGRAMA No aplica IX. INFRACCIONES, SANCIONES Y DELITOS Se aplican las infracciones y sanciones senaladas en la Ley General de Aduanas. X. REGISTROS - Numero de certificados de origen de multiples embarques - Numero de declaraciones de importacion para el consumo asociadas a certificados de origen de multiples embarques - Numero de declaraciones de importacion para el consumo de mercancias cuyo valor en aduanas es menor o igual a un mil dolares de los Estados Unidos de MORDAZA (US$ 1 000,00) acogidas al TPI 803 sin MORDAZA de Certificado de Origen. XI. DEFINICIONES Y ABREVIATURAS - INTA : Intendencia Nacional de Tecnica Aduanera. MERCANCIAS IDENTICAS: Mercancias que son iguales en todos sus aspectos, inclusive en caracteristicas fisicas, calidad y reputacion, independientemente de las diferencias menores de apariencia que no MORDAZA relevantes para la determinacion del origen de esas mercancias conforme al Capitulo Tres (Reglas de Origen) del Tratado. - MINCETUR : Ministerio de Comercio Exterior y Turismo. - TM : MORDAZA de Margen. - TPI : Trato Preferencial Internacional. Articulo 4º.- La presente resolucion entrara en vigencia a partir de la fecha de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Nacional Adjunto de Aduanas
379223-2

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA E INFORMATICA
Indices Unificados de Precios de la Construccion para las seis Areas Geograficas, correspondientes al mes de MORDAZA de 2009
RESOLUCION JEFATURAL Nº 206-2009-INEI

MORDAZA, 3 de agosto del 2009 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo dispuesto en la Novena Disposicion Complementaria y Transitoria del Decreto Ley 25862, de 18.11.92, se declara en desactivacion y disolucion al Consejo de Reajuste de Precios de la Construccion (CREPCO); Que, asimismo la Undecima Disposicion Complementaria y Transitoria del referido Decreto Ley, dispone transferir al Instituto Nacional de Estadistica e Informatica (INEI) las funciones de elaboracion de los Indices de los elementos que determinen el costo de las Obras; Que, con el objeto de facilitar su cumplimiento, se considera necesaria la publicacion de aquellos Indices que a la fecha cuentan con la informacion requerida; Que, la Direccion Tecnica de Indicadores Economicos ha elaborado el Informe Nº 01-07-2009/ DTIE, referido a los Indices Unificados de Precios de la Construccion, para las seis (6) Areas Geograficas, correspondientes al mes de MORDAZA del 2009, el mismo que cuenta con la conformidad de la Comision Tecnica para la aprobacion de los Indices Unificados de Precios de la Construccion (IUPC); En uso de las atribuciones conferidas por el Art. 6º del Decreto Legislativo Nº 604, "Ley de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica"; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aprobar los Indices Unificados de Precios de la Construccion para las seis (6) Areas Geograficas, correspondientes al mes de MORDAZA del 2009, que a la fecha cuentan con la informacion requerida, en la forma que a continuacion se detalla:
INDICE CODIGO 30 34 39 47 49 53 MORDAZA 2009 378,60 365,57 347,34 397,23 258,62 615,27

Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe
379066-1

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