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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE AGOSTO DEL AÑO 2009 (13/08/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 35

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 13 de agosto de 2009 400737 T2 : Tarifa media que corresponde al año 2 T3 : Tarifa media que corresponde al año 3 T4 : Tarifa media que corresponde al año 4 T5 : Tarifa media que corresponde al año 5 ĭ : Tasa de crecimiento del Índice de Precios al por Mayor C. Metas de Gestión METAS DE GESTIÓN DE EPS MOQUEGUA S.A. PARA EL SIGUIENTE QUINQUENIO Metas de Gestión Unidad de Medida Año 0 Año 1 Año 2 Año 3 Año 4 Año 5 Incremento Anual de Conexiones Domiciliarias de Agua Potable /1 # - 170 177 177 180 180 Incremento Anual de Conexiones Domiciliarias de Alcantarillado /1 # - 95 188 213 248 208 Incremento Anual de Nuevos Medidores # - 2.270 5.411 3.227 515 406 Variación en Agua No Facturada /2 puntos porcentuales - - - -2 -1 Continuidad Hora/día 19 19 20 21 22 22 Presión Mínima Promedio m.c.a 9,36 9,36 9,36 9,36 9,36 9,36 Relación de Trabajo /3 % 96% 99% 86% 80% 76% 75% Conexiones activas de Agua Potable % 87% 88% 88% 89% 90% 90% Actualización de Catastro Técnico de Agua Potable y Alcantarillado % - - - 45% 100% 100% Actualización de Catastro Comercial de Agua Potable y Alcantarillado % - - 70% 100% 100% 100% Planta de Tratamiento de Aguas Servidas /4 Lps - 131 131 131 131 131 (1) Refi ere a nuevas conexiones de agua potable y alcantarillado. El incremento de conexiones de agua potable y alcantarillado no incluye a aquellas que fueron instaladas en viviendas que se encontraban frente a la red de agua y alcantarillado antes de la aprobación de la presente Resolución, inclusive. (2) La Gerencia de Supervisión y Fiscalización deberá establecer el nivel de Agua No Facturada al tercer año Regulatorio a partir de la instalación de macromedidores por parte de la EPS, siendo este valor considerado como el Valor Año Base para la evaluación del cumplimiento de la referida Meta de Gestión. (3) La relación de trabajo considera los costos operacionales totales deducidos la depreciación, amortización de intangibles y provisión por cobranza dudosa con respecto a los ingresos operacionales totales de la empresa. Cabe mencionar que los ingresos operacionales totales incluyen aquéllos percibidos por servicios de saneamiento (cargo fi jo y cargo variable) y otros ingresos. (4) Referida al caudal de diseño de la Planta de Tratamiento proyectada “OMO”. ESTRUCTURA TARIFARIA QUE APLICARÁ EPS MOQUEGUA S.A. PARA LOS SERVICIOS DE AGUA Y ALCANTARILLADO A.- Por los Servicios de Agua Potable y Alcantarillado A.1.- Localidad de Moquegua 1.- CARGO FIJO Cargo Fijo (S/. /Mes) 1,901 El cargo fi jo se reajusta por efecto de la infl ación de acuerdo a lo establecido en la Resolución de Consejo Directivo Nº 009-2007-SUNASS-CD. 2.- CARGO POR VOLUMEN a) Cargo por Volumen de Agua Potable CLASE CATEGORIA RANGOS m3/mes Tarifa (S/./ m3) Año 1(1) Año 2(1) Año 3(1) Año 4(1) Año 5 RESIDENCIAL Social 0 a 10 0,316 0,344 0,379 0,424 0,424 10 a más 0,467 0,509 0,560 0,626 0,626 Doméstico I 0 a 10 0,400 0,436 0,480 0,536 0,536 10 a 16 0,703 0,766 0,843 0,942 0,942 16 a más 0,996 1,086 1,194 1,335 1,335 Doméstico II 0 a 10 0,616 0,671 0,739 0,826 0,826 10 a 20 0,781 0,851 0,936 1,047 1,047 20 a más 0,873 0,952 1,047 1,170 1,170 NO RESIDENCIAL Comercial I 0 a 20 0,652 0,711 0,782 0,874 0,874 20 a más 1,103 1,202 1,322 1,479 1,479 Comercial II 0 a 40 1,207 1,316 1,447 1,618 1,618 40 a más 1,325 1,444 1,589 1,776 1,776 Industrial 0 a 60 1,474 1,607 1,767 1,976 1,976 60 a más 2,378 2,592 2,851 3,188 3,188 Estatal 0 a 100 1,132 1,234 1,357 1,517 1,517 100 a más 1,390 1,515 1,667 1,863 1,863 (1) Estas tarifas incorporan los incrementos previstos en la fórmula tarifaria de 8,0%, 9,0%, 10,0% y 11,8% correspondiente a los años 1, 2, 3 y 4 respectivamente. Sin embargo, los incrementos tarifarios se realizarán de acuerdo con lo establecido en el Anexo 2 de la presente Resolución referido al cumplimiento de las Metas de Gestión. b) Cargo por el Servicio de Alcantarillado CLASE CATEGORIA RANGOS m3/mes Tarifa (S/./ m3) Año 1(2) Año 2(2) Año 3(2) Año 4(2) Año 5 RESIDENCIAL Social 0 a 10 0,132 0,144 0,158 0,178 0,178 10 a más 0,196 0,214 0,235 0,265 0,265 Doméstico I 0 a 10 0,168 0,183 0,201 0,227 0,227 10 a 16 0,294 0,320 0,353 0,397 0,397 16 a más 0,417 0,455 0,500 0,563 0,563 Doméstico II 0 a 10 0,258 0,281 0,309 0,348 0,348 10 a 20 0,327 0,356 0,392 0,441 0,441 20 a más 0,365 0,398 0,438 0,493 0,493 NO RESIDENCIAL Comercial I 0 a 20 0,273 0,298 0,327 0,369 0,369 20 a más 0,462 0,504 0,554 0,624 0,624 Comercial II 0 a 40 0,505 0,550 0,605 0,682 0,682 40 a más 0,555 0,605 0,665 0,749 0,749 Industrial 0 a 60 0,617 0,673 0,740 0,833 0,833 60 a más 0,995 1,085 1,193 1,343 1,343 Estatal 0 a 100 0,474 0,517 0,568 0,640 0,640 100 a más 0,582 0,634 0,698 0,786 0,786 (2) Estas tarifas incorporan los incrementos previstos en la fórmula tarifaria de 8,0%, 9,0%, 10,0% y 12,6% correspondiente a los años 1, 2 ,3 y 4 respectivamente. Sin embargo, los incrementos tarifarios se realizarán de acuerdo con lo establecido en el Anexo 2 de la presente Resolución referido al cumplimiento de las Metas de Gestión. 3.- ASIGNACIONES MÁXIMAS DE CONSUMO VOLUMEN ASIGNADO (m3/mes) Social 2 Doméstico I Doméstico II3 Comercial I 4 Comercial II 5 Industrial Estatal 11 14 19 23 13 30 40 50 96 65 120 (1) Categoría Doméstica I 1 El Cargo fi jo no se aplicará para el Primer Rango de Consumo de la Categoría Social. 2 La Categoría Social incluye a todos los usuarios de la antigua Categoría Doméstica I. 3 La Categoría Doméstica II incluye a los usuarios de la categoría Doméstica IV de la antigua estructura tarifaria, la cual incluye a los usuarios del cercado. 4 Los usuarios pertenecientes a la Categoría Comercial I abarcarán a los usuarios de las Categorías Comercial I y Comercial II de la antigua estructura tarifaria, los cuales incluyen a los usuarios que tienen pequeños negocios en los pueblos jóvenes y pequeños negocios en el cercado. 5 Los usuarios de la Categoría Comercial II abarcará a los usuarios Comercial III de la antigua estructura tarifaria, la cual incluye a los negocios grandes y mercados sin importar su ubicación.