Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE AGOSTO DEL AÑO 2009 (13/08/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 28

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 13 de agosto de 2009 400730 expedientes técnicos de los monumentos arqueológicos prehispánicos mencionados en el artículo 1º de la presente resolución. Artículo 3º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje de los monumentos arqueológicos prehispánicos declarados patrimonio cultural de la Nación, deberá contar con la aprobación previa del Instituto Nacional de Cultura. Artículo 4º.- Remítase copia fedateada de la presente resolución a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades políticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. CECILIA BÁKULA BUDGE Directora Nacional 382226-8 Aprueban expediente técnico del Sector A del sitio arqueológico Piedra Hueca, ubicado en el departamento de Lima RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 1103/INC Lima, 4 de agosto de 2009 CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Público Descentralizado del Sector Educación, con personería jurídica de derecho público interno; responsable de la promoción y desarrollo de las manifestaciones culturales del país y de la investigación, preservación, conservación, restauración, difusión y promoción del patrimonio cultural de la Nación; Que, el artículo VII del Título Preliminar de la Ley Nº 28296 - Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, señala que el Instituto Nacional de Cultura está encargado de registrar, declarar y proteger el patrimonio cultural de la Nación dentro del ámbito de su competencia; Que, mediante Resolución Directoral Nacional Nº 835, de fecha 10 de setiembre de 2004, se declara patrimonio cultural de la Nación, entre otros, al sitio arqueológico Piedra Hueca, ubicado en el distrito de Coayllo, provincia de Cañete, departamento de Lima; Que, mediante Informe Nº 661-2009-SDIC-DA-DREPH/ INC, de fecha 30 de marzo de 2009, la Sub Dirección de Investigación y Catastro de la Dirección de Arqueología recomienda que el expediente técnico, elaborado en los sistemas de referencia PSAD56 y WGS84, del Sector A del sitio arqueológico Piedra Hueca, ubicado en el distrito de Coayllo, provincia de Cañete, departamento de Lima, pase a la Comisión Nacional Técnica de Arqueología para su aprobación; Que, mediante Acuerdo Nº 0244, de fecha 03 de abril de 2009, la Comisión Nacional Técnica de Arqueología acordó recomendar a la Dirección Nacional del Instituto Nacional de Cultura se apruebe el expediente técnico (plano de delimitación, memoria descriptiva y fi cha técnica) del Sector A del sitio arqueológico Piedra Hueca, ubicado en el distrito de Coayllo, provincia de Cañete, departamento de Lima; Estando a lo visado por el Director de Gestión, el Director de Arqueología y el Director de la Ofi cina de Asuntos Jurídicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; Resolución Suprema Nº 004-2000-ED, que aprueba el Reglamento de Investigaciones Arqueológicas, modifi cada por Resolución Suprema Nº 012-2006-ED; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el expediente técnico (plano de delimitación, memoria descriptiva y fi cha técnica) del Sector A del sitio arqueológico Piedra Hueca, ubicado en el distrito de Coayllo, provincia de Cañete, departamento de Lima, de acuerdo a los planos, áreas y perímetros siguientes: Nombre del Sitio Arqueológico Nº de Plano en Datum PSAD56 Nº de Plano en Datum WGS84 Área (m2) Área (ha) Perímetro (m) Piedra Hueca – Sector A PP-021-INC_ DREPH-DA-SDIC- 2009 PSAD56 PP-021-INC_ DREPH-DA-SDIC- 2009 WGS84 42,748.46 4.2748 934.47 Artículo 2º.- Encargar a la Dirección de Defensa del Patrimonio Histórico la inscripción en Registros Públicos y en el Sistema de Información Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal (SINABIP) de los planos señalados en el artículo 1º de la presente resolución. Artículo 3º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje del sitio arqueológico mencionado en la presente resolución, deberá contar con la aprobación previa del Instituto Nacional de Cultura. Artículo 4º.- Remítase copia fedateada de la presente resolución a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades políticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. CECILIA BÁKULA BUDGE Directora Nacional 382226-2 Modifican la Resolución Directoral Nacional Nº 233/INC, en lo concerniente a clasificación del sitio arqueológico Huaca Candela RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 1104/INC Lima, 4 de agosto de 2009 CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Público Descentralizado del Sector Educación, con personería jurídica de derecho público interno; responsable de la promoción y desarrollo de las manifestaciones culturales del país y de la investigación, preservación, conservación, restauración, difusión y promoción del patrimonio cultural de la Nación; Que, el artículo VII del Título Preliminar de la Ley Nº 28296 -Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, señala que el Instituto Nacional de Cultura está encargado de registrar, declarar y proteger el patrimonio cultural de la Nación dentro del ámbito de su competencia; Que, mediante Resolución Directoral Nacional Nº 233/ INC, de fecha 27 de marzo de 2002, se declara patrimonio cultural de la Nación, entre otros, a la zona arqueológica Huaca Candela, ubicada en el distrito de Pachacámac, provincia y departamento de Lima; Que, mediante Informe Nº 1008-2009-SDIC-DA- DREPH/ INC, de fecha 21 de mayo de 2009, el cual hace suyo la Sub Dirección de Investigación y Catastro de la Dirección de Arqueología, se recomienda que el expediente técnico del monumento arqueológico prehispánico Huaca Candela, ubicado en el distrito de Lurín, provincia y departamento de Lima, elaborado en los sistemas de referencia PSAD56 y WGS84, pase a la Comisión Nacional Técnica de Arqueología para su aprobación. Asimismo se acepte la modifi cación de la clasifi cación del mencionado monumento, debiendo corresponderle el de sitio arqueológico; Que, mediante Acuerdo Nº 0374, de fecha 22 de mayo de 2009, la Comisión Nacional Técnica de Arqueología acordó recomendar a la Dirección Nacional del Instituto Nacional de Cultura lo siguiente: • Modifi car el artículo 1º de la Resolución Directoral Nacional Nº 233/INC, de fecha 27 de marzo de 2002, en lo concerniente a la clasifi cación del monumento arqueológico