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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE AGOSTO DEL AÑO 2009 (13/08/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 39

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 13 de agosto de 2009 400741 a EPS MOQUEGUA S.A. benefi cia, por un lado, a la empresa prestadora pública, y por el otro, a la población atendida. A la empresa prestadora pública debido a que su aplicación debe coadyuvar a la sostenibilidad económica y la viabilidad fi nanciera de la empresa en el tiempo. Por otra parte, la población se benefi cia al existir un compromiso de la empresa refl ejado en las metas de gestión, cuyo cumplimiento deberá traer como consecuencia una mejora en la calidad y continuidad de los servicios, siendo también un benefi cio para la población la viabilidad y sostenibilidad de la EPS. RELACIÓN DE DOCUMENTOS QUE SUSTENTAN LA FÓRMULA TARIFARIA, ESTRUCTURA TARIFARIA Y METAS DE GESTIÓN APLICABLES A LA ENTIDAD PRESTADORA DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO DE MOQUEGUA, EPS MOQUEGUA S.A. 1. Estudio Tarifario elaborado por la Gerencia de Regulación Tarifaria de la SUNASS. 382304-1 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Aprueban la Directiva Nº 007- 2009-CE-PJ sobre “Normas para el Funcionamiento de los Terminales de Atención al Usuario Judicial” RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 232- 2009 - CE - PJ Lima, 17 de julio de 2009 VISTO: El Ofi cio N° 409-2008-GG-PJ cursado por el Gerente General del Poder Judicial, elevando el proyecto de Directiva sobre “Normas para el Funcionamiento de los Terminales de Atención al Usuario Judicial” y, CONSIDERANDO: Primero: Que, la Gerencia General del Poder Judicial somete a consideración de este Órgano de Gobierno el proyecto de Directiva sobre “Normas para el Funcionamiento de los Terminales de Atención al Usuario Judicial”, teniendo en cuenta la necesidad de establecer normas de funcionamiento al interior de los citados Terminales de Atención con relación a los Servicios de Emisión de Certifi cados de Registros (ECR) como Certifi cado de Antecedentes Penales, Homonimia y Deudores Alimentarios Morosos; así como, de Consultas de Expedientes Judiciales (CEJ), Emisión de Reportes (CER), Casillas Judiciales, Habilitación y Devolución de Aranceles Judiciales y Orientación al Litigante; Segundo: Que, siendo así, y si bien es cierto que cada uno de los servicios descritos precedentemente cuenta con una norma que regula su operatividad, resulta necesario emitir una directiva, en aras de prestar un servicio oportuno, efi ciente y efi caz, que coadyuve especialmente a facilitar su acceso a los usuarios judiciales, a través de la desconcentración de tales servicios, permitiendo de esa forma el acercamiento de este Poder del Estado a la ciudadanía; El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, en sesión ordinaria de la fecha, de conformidad con el informe del señor Consejero Wálter Cotrina Miñano, en sesión ordinaria de la fecha, por unanimidad; RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la Directiva N° 007-2009- CE-PJ sobre “Normas para el Funcionamiento de los Terminales de Atención al Usuario Judicial”, que en anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo Segundo.- Transcríbase la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Cortes Superiores de Justicia de la República, Gerencia General del Poder Judicial, Ofi cina de Inspectoría General del Poder Judicial, y a las dependencias administrativas correspondientes, para su conocimiento fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. SS. JAVIER VILLA STEIN ANTONIO PAJARES PAREDES SONIA TORRE MUÑOZ WÁLTER COTRINA MIÑANO ENRIQUE RODAS RAMÍREZ Nota.: La Directiva N° 007-2009-CE-PJ, “Normas para el Funcionamiento de los Terminales de Atención al Usuario Judicial”, está publicada en el Portal de Internet del Poder Judicial, www.pj.gob.pe. 382970-1 Aceptan renuncia al cargo de Juez titular de la Corte Superior de Justicia de Lima, quien se venía desempeñando como Juez Provisional de la Segunda Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 250- 2009 - CE - PJ Lima, 3 de agosto de 2009 VISTA: La solicitud de renuncia presentada por el señor Edmundo Miguel Villacorta Ramírez, Juez titular de la Corte Superior de Justicia de Lima, quien se desempeñó como Juez Provisional de la Corte Suprema de Justicia de la República, con certifi cación de fi rma ante el Secretario General del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, y; CONSIDERANDO: Primero: Que, el señor Edmundo Miguel Villacorta Ramírez formula renuncia a la carrera judicial en el cargo de Juez Supremo Provisional, a efectos de iniciar los trámites de jubilación y el pago de sus benefi cios sociales que le corresponden conforme a ley; Segundo: Que, el cargo de magistrado termina entre otras causales, por renuncia desde que es aceptada, conforme lo establece el artículo 107º, numeral 3, de la Ley de la Carrera Judicial; El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, en sesión ordinaria de la fecha, por unanimidad; RESUELVE: Artículo Primero.- Aceptar, con efectividad al 1 de agosto del año en curso, la renuncia formulada por el señor Edmundo Miguel Villacorta Ramírez al cargo de Juez titular de la Corte Superior de Justicia de Lima, quien se venía desempeñando como Juez Provisional de la Segunda Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República; agradeciéndosele por los servicios prestados a la Nación. Artículo Segundo.- Transcríbase la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, al Consejo