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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 21 de agosto de 2009 401283 MUJER Y DESARROLLO SOCIAL Designan Presidente y miembro del Directorio de la Sociedad de Beneficencia Pública de Chimbote RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 328 -2009-MIMDES Lima, 19 de Agosto de 2009 Visto el Ofi cio Nº 1147-2009/INABIF.DE de la Dirección Ejecutiva del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar – INABIF; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 573- 2008-MIMDES se designó a la señora LUZ AMELIA DOMÍNGUEZ DÍAZ como Presidenta del Directorio de la Sociedad de Benefi cencia Pública de Chimbote; Que, por necesidades del servicio, se ha visto por conveniente dar por concluida la mencionada designación, así como emitir el acto mediante el cual se designe a las personas que se desempeñarán como Presidente y miembro del Directorio de la Sociedad de Benefi cencia Pública de Chimbote; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 26918 – Ley de Creación del Sistema Nacional para la Población en Riesgo, la Ley Nº 27793 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 011-2004-MIMDES, y el Decreto Supremo Nº 002-97-PROMUDEH, modifi cado por Decreto Supremo Nº 004-2003-MIMDES; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida la designación de la señora LUZ AMELIA DOMÍNGUEZ DÍAZ como Presidenta del Directorio de la Sociedad de Benefi cencia Pública de Chimbote, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar al señor ALBERTO HURTADO CHANCAFE como Presidente del Directorio de la Sociedad de Benefi cencia Pública de Chimbote. Artículo 3.- Designar a la señorita SULAY MALHU HEEDDY GONZÁLEZ TELLO como miembro del Directorio de la Sociedad de Benefi cencia Pública de Chimbote. Regístrese, comuníquese y publíquese. NIDIA VILCHEZ YUCRA Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 386814-1 PRODUCE Aprueban cambio de titulares de permisos de pesca a favor de Corporación Pesquera M&E S.A.C., Corporación Pesquera Inca S.A.C., Pesquera Yoli S.A.C., Groliff S.A.C. y de persona natural RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 582-2009-PRODUCE/DGEPP Lima, 6 de agosto de 2009 Vistos el escrito de Registro Nº 00049935 de fecha 23 de junio de 2009, presentado por CORPORACION PESQUERA M&E S.A.C. CONSIDERANDO: Que, el artículo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, modifi cado por Decreto Supremo Nº 015-2007-PRODUCE, establece que el permiso de pesca es indesligable de la embarcación pesquera a la que corresponde. La transferencia de la propiedad o posesión de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional durante la vigencia del permiso de pesca conlleva la transferencia de dicho permiso en los mismos términos y condiciones en que se otorgaron. Sólo realiza actividad extractiva el titular del permiso de pesca. Así mismo, no procede la autorización de cambio de titular del permiso de pesca, en caso de verifi carse que los transferentes de la embarcación pesquera cuenten con sanciones de multa que no han sido cumplidas, impuestas mediante actos administrativos fi rmes o que hayan agotado la vía administrativa o confi rmadas con sentencias judiciales que hayan adquirido la calidad de cosa juzgada; Que, los artículos 1º y 2º del Decreto Supremo Nº 001- 2002-PRODUCE, de fecha 5 de setiembre de 2002, establecen que los recursos sardina, jurel y caballa, serán destinados al consumo humano directo; y que los armadores de las embarcaciones pesqueras con permiso de pesca indistintamente para los recursos sardina, jurel y caballa con destino al consumo humano directo y/o indirecto, sólo podrán desarrollar actividades extractivas de los recursos en mención, en el marco del Régimen de Abastecimiento Permanente a la Industria Conservera, Congeladora y de Curados, aprobado por Resolución Ministerial Nº 150-2001-PE, debiendo adecuarse a las disposiciones contenidas en la citada Resolución; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 665-97-PE de fecha 30 de octubre del 1997, se otorga permiso de pesca a plazo determinado, entre otros a los armadores FELIPE SANCHEZ HUAMANCHUMO y EUFENIA ULLOA REBAZA para operar la embarcación pesquera “SHUR II” de matrícula CE-14167-PM de 134.85 m3 de capacidad de bodega, la cual se dedicará a la extracción de los recursos hidrobiológicos anchoveta y sardina para destinarlos al consumo humano indirecto, utilizando redes de cerco con longitud mínima de abertura de malla de ½ pulgada (38 mm), en el ámbito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) millas costeras; Que, mediante Resolución Directoral Nº 486-2003- PRODUCE/DNEPP de fecha 16 de diciembre de 2003, se reconoce la capacidad de bodega de 213.00 m3 a la embarcación pesquera “SHUR II” de matrícula CE-14167- PM de propiedad de la EMPRESA PESQUERA SHUR S.A.C., conforme a las consideraciones expuestas en la parte considerativa de dicha Resolución; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 084-2007- PRODUCE de fecha 28 de marzo de 2007, se publica los listados de las embarcaciones pesqueras de mayor escala autorizadas a realizar actividades extractivas, con permisos de pesca cancelados, caducados o declarados nulos y otros, en cuyo Anexo I literal A) se encuentra la embarcación pesquera “SHUR II” de matrícula CE-14167-PM de 213.00 m3 de capacidad de bodega con permiso de pesca para anchoveta y sardina; así mismo, la embarcación pesquera “SHUR II” de matrícula CE-14167-PM se encuentra en los listados de embarcaciones pesqueras de mayor escala que cuentan con derecho de sustitución de capacidad de bodega de la Resolución Ministerial Nº 086-2007- PRODUCE de fecha 28 de marzo del 2007; Que, en el Portal Institucional se consigna a la embarcación pesquera “SHUR II” de matrícula CE-14167- PM; con permiso de pesca vigente para anchoveta y sardina para consumo humano indirecto, así mismo no registra especie alguna para consumo humano directo; Que, mediante el escrito de visto, CORPORACION PESQUERA M&E S.A.C. representada por la señorita SHIRLEY CELESTE VÁSQUEZ PALMA solicitó cambio de titular del permiso de pesca de la embarcación pesquera “SHUR II” de matrícula CE-14167-PM presentando los requisitos previstos en el procedimiento Nº 7 del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE; Que, mediante Ofi cio Nº 0563-2009-PRODUCE/OGA/ OEC de fecha 1 de julio del 2009, la Ofi cina de Ejecución Coactiva comunica que la embarcación pesquera “SHUR II” de matrícula CE-14167-PM, no registra deuda que se encuentran tramitando ante dicha Ofi cina; Que, de acuerdo al Certifi cado Compendioso de Dominio y Certifi cado de matrícula, CORPORACION PESQUERA M&E S.A.C. acredita la propiedad sobre la embarcación pesquera “SHUR II” de matrícula CE-14167-PM; Que, de la evaluación efectuada al expediente de cambio de titularidad del permiso de pesca de la