Norma Legal Oficial del día 21 de agosto del año 2009 (21/08/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano MORDAZA, viernes 21 de agosto de 2009

NORMAS LEGALES

401287

Que, mediante Resolucion Directoral Nº 494-2007PRODUCE/DGEPP de fecha 14 de noviembre de 2007, se caduco el permiso de pesca entre otros a la embarcacion pesquera denominada "KIARA" de matricula CO-18163CM, unicamente en el extremo referido a la extraccion de los recursos jurel y caballa para el consumo humano directo e indirecto; Que a la fecha, la embarcacion pesquera denominada "KIARA" de matricula CO-18163-CM de 100.37 m3 de capacidad de bodega, se encuentra consignada en el listado del Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 0852007-PRODUCE cuyo permiso de pesca esta vigente; Que, los articulos 1 y 2 del Decreto Supremo Nº 0012002-PRODUCE, de fecha 5 de septiembre del 2002, establecen respectivamente, que los recursos sardina (Sardinops sagax sagax), jurel (Trachurus picturatus murphy), y caballa (Scomber japonicus peruanus), seran destinados al consumo humano directo y que los armadores de las embarcaciones pesqueras con permiso de pesca indistintamente para los recursos sardina, jurel y caballa con destino al consumo humano directo y/o indirecto solo podran desarrollar actividades extractivas de los recursos en mencion, en MORDAZA del Regimen de Abastecimiento Permanente a la Industria Conservera, Congeladora y de Curados, aprobado por la Resolucion Ministerial Nº 150-2001-PE, debiendo adecuarse a las disposiciones contenidas en la citada resolucion; Que, mediante el escrito del visto, la empresa PESQUERA YOLI S.A.C., solicito cambio de titular del permiso de pesca de la embarcacion pesquera "KIARA" de matricula CO-18163-CM, cumpliendo con presentar los requisitos previstos en el procedimiento Nº 7 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE; Que, de la evaluacion efectuada al expediente de cambio de titular del permiso de pesca de la embarcacion pesquera "KIARA" de matricula CO-18163-CM, se ha determinado que la empresa PESQUERA YOLI S.A.C., ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el Procedimiento Nº 7 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion para el cambio de titular del permiso de pesca de embarcacion de bandera nacional de mayor escala del ambito, aprobado por el Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE; la capacidad de bodega es 100.87 m3 de la citada embarcacion se encuentra dentro de los margenes de tolerancia establecidos en el Decreto Supremo Nº 028-2003-PRODUCE, por lo que resulta procedente la aprobacion del cambio de titularidad del permiso de pesca solicitado; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, segun Informe Nº 844-2009PRODUCE/DGEPP-Dchi y con la opinion favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25977 ­ Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y sus modificatorias, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE; y, En uso de las facultades conferidas por el Articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el literal d) del Articulo 53º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar a favor de la empresa PESQUERA YOLI S.A.C., el cambio de titular del Permiso de Pesca de la embarcacion pesquera "KIARA" de matricula CO-18163CM, solo en la extraccion de anchoveta y sardina, en concordancia con lo dispuesto en la Resolucion Directoral Nº 494-2007-PRODUCE/DGEPP; en los mismos terminos y condiciones que fue otorgado. Articulo 2º.- El permiso de pesca a que se refiere al Articulo 1º de la presente Resolucion debera ejercerse conforme a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 0012002-PRODUCE, que establece que los recursos sardina, jurel y caballa seran destinadas al consumo humano directo, o las normas que lo modifiquen o sustituyan, y las sanciones previstas por su incumplimiento, establecidas en el Decreto Supremo Nº 016-2007-PRODUCE. En este supuesto la totalidad de bodegas de la embarcacion deben

mantener implementado y operativo el medio o sistema de preservacion a bordo RSW o CSW, cuyo funcionamiento es obligatorio. Articulo 3º.- Dejar sin efecto la titularidad del permiso de pesca de la embarcacion pesquera "KIARA" de matricula CO-18163-CM otorgado a la empresa MORDAZA Y MORDAZA S.A.C. consignado en la Resolucion Directoral 140-2005-PRODUCE/DNEPP. Articulo 4º.- Incorporar a la empresa PESQUERA YOLI S.A.C., como el MORDAZA titular del permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera "KIARA" de matricula CO-18163-CM, asi como la presente Resolucion en el Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 085-2007PRODUCE excluyendo a la empresa MORDAZA Y MORDAZA S.A.C. consignado en dicho anexo. Articulo 5º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del Litoral y a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion, cuya direccion es : www.produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 384735-16 RESOLUCION DIRECTORAL Nº 596-2009-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 7 de agosto del 2009 Visto el escrito de Registro Nº 00051300 de fecha 1 de MORDAZA del 2009, presentado por la empresa GROLIFF S.A.C. CONSIDERANDO: Que, el Articulo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 0122001-PE, modificado por el Decreto Supremo Nº 0152007-PRODUCE, establece que el permiso de pesca es indesligable de la embarcacion pesquera a la que corresponde. La transferencia de la propiedad o posesion de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional durante la vigencia del permiso de pesca conlleva la transferencia de dicho permiso en los mismos terminos y condiciones en que se otorgaron; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 101-95-PE de fecha 27 de febrero de 1995, se otorgo permiso de pesca a plazo determinado, en adecuacion a la Ley General de Pesca y su reglamento, entre otros a la empresa PESQUERA VIRGEN DEL MORDAZA S.A., para operar la embarcacion pesquera denominada "WARANGO" de matricula CO-5797-CM de 103.70 m3 de capacidad de bodega, la misma que se dedicara a la extraccion de recursos hidrobiologicos de consumo humano indirecto, en el ambito del litoral peruano fuera de las cinco (05) millas costeras, utilizando redes de cerco con longitud minima de malla de ½ pulgada (13 mm); Que, mediante Resolucion Directoral Nº 235-2009PRODUCE/DGEPP de fecha 2 de MORDAZA de 2009, se aprobo a favor de la empresa CABINZA S.A.C., el cambio de titular del permiso de pesca otorgado a traves de Resolucion Ministerial Nº 101-95-PE para operar la embarcacion pesquera de bandera nacional denominada "WARANGO" de matricula CO-5797-CM, en los mismos terminos y condiciones que fue otorgado. Que, mediante el escrito del visto, la empresa GROLIFF S.A.C. representada por su apoderado el senor MORDAZA MORDAZA CICIRELLO MORDAZA, solicito cambio de titular del permiso de pesca de la embarcacion pesquera "WARANGO" de matricula CO-5797-CM, cumpliendo con presentar los requisitos previstos en el procedimiento Nº 7 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE; Que, de acuerdo a la documentacion presentada por la empresa GROLIFF S.A.C., el Certificado Compendioso de Dominio y el Certificado de Matricula de la embarcacion pesquera "WARANGO" de matricula CO-5797-CM, el

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