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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 21 de agosto de 2009 401289 SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a la empresa CORPORACIÓN PESQUERA INCA S.A.C., en calidad de fi deicomitente en virtud al contrato de fi deicomiso en garantía celebrado con LA FIDUCIARIA S.A., el cambio de titular de las embarcaciones pesqueras RIBAR IX (Ex STEFANO) de matrícula CO- 16079-PM, y RIBAR XVIII de matrícula CO-17362-PM, en los mismos términos y condiciones en los que fueron otorgados los permisos de pesca a través de las Resoluciones Directorales Nºs. 367-2003-PRODUCE/DNEPP y 096-2002- PRODUCE/DNEPP; asimismo, la modifi cación del nombre de la primera de las referidas embarcaciones pesqueras de acuerdo al respectivo Certifi cado de Matrícula. Artículo 2º.- El permiso de pesca a que se refi ere el artículo 1º de la presente Resolución, deberá ser ejercido conforme a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 001-2002-PRODUCE, que establece que los recursos sardina, jurel y caballa serán destinados al consumo humano directo, o las normas que lo modifi quen o sustituyan, y a las sanciones previstas por su incumplimiento establecidas en el Decreto Supremo Nº 016- 2007-PRODUCE. En este supuesto la totalidad de bodegas de la embarcación deben mantener implementado y operativo el medio o el sistema de preservación a bordo RSW o CSW, cuyo funcionamiento es obligatorio. Artículo 3º.- Dejar sin efecto la titularidad de los permisos de pesca otorgados mediante Resoluciones Directorales Nºs. 367-2003 y 096-2002/PRODUCE/ DNEPP para operar las embarcaciones pesqueras RIBAR IX de matrícula CO-16079-PM, y RIBAR XVIII de matrícula CO-17362-PM. Artículo 4º.- Incorporar a la empresa CORPORACIÓN PESQUERA INCA S.A.C., como nuevo titular de los permisos de pesca para operar las embarcaciones pesqueras RIBAR IX de matrícula CO-16079-PM, y RIBAR XVIII de matrícula CO-17362-PM, así como la presente Resolución al Anexo I de la Resolución Ministerial Nº 084-2007-PRODUCE y al Anexo II de la Resolución Ministerial Nº 086-2007-PRODUCE; excluyendo a CORPORACIÓN PESQUERA RIBAR S.A. Artículo 5º.- Transcribir la presente Resolución Directoral a la Dirección General de Seguimiento, Control y Vigilancia, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Producción del litoral, y a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción, cuya dirección es: www.produce.gob.pe Regístrese, comuníquese y publíquese. MARCO ANTONIO ESPINO SÁNCHEZ Director General de Extracción y Procesamiento Pesquero 384735-17 RELACIONES EXTERIORES Ratifican Convenio entre Perú y Rusia sobre la Cooperación en el Campo del Uso de la Energía Nuclear con Fines Pacíficos DECRETO SUPREMO Nº 057-2009-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el “Convenio entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la Federación de Rusia sobre la Cooperación en el Campo del Uso de la Energía Nuclear con Fines Pacífi cos”, fue suscrito el 29 de junio de 2006 en la ciudad de Moscú, Federación de Rusia, y el 18 de julio de 2006 en la ciudad de Lima, República del Perú; Que es conveniente a los intereses del Perú la ratifi cación del citado instrumento internacional; Que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 57º y 118º inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el artículo 2º de la Ley Nº 26647, que facultan al Presidente de la República para celebrar y ratifi car Tratados o adherir a éstos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso; DECRETA: Artículo 1º.- Ratifícase el “Convenio entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la Federación de Rusia sobre la Cooperación en el Campo del Uso de la Energía Nuclear con Fines Pacífi cos”, suscrito el 29 de junio de 2006 en la ciudad de Moscú, Federación de Rusia, y el 18 de julio de 2006 en la ciudad de Lima, República del Perú. Artículo 2º.- Dése cuenta al Congreso de la República. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinte días del mes de agosto del año dos mil nueve. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 386915-7 Autorizan al Ministerio efectuar pago de cuotas a diversos organismos internacionales RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 279-2009-RE Lima, 20 de agosto de 2009 CONSIDERANDO: Que, es obligación del Perú cumplir con el pago de las cuotas y adeudos a los organismos internacionales, de manera que permita potenciar la capacidad de negociación en las gestiones diplomáticas y acrecentar el benefi cio de los fl ujos de cooperación y asistencia técnica internacional; Que, en el presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores se ha previsto recursos para el pago de cuotas a organismos internacionales; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el pago de cuotas a organismos internacionales de acuerdo y en función a la disponibilidad de la Caja Fiscal; De conformidad con lo establecido en el artículo 67, numeral 67.1 de la Ley Nº 28411 –Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2009, y; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Ministerio de Relaciones Exteriores a efectuar el pago de US$ 848,500.00 (Ochocientos cuarentiocho mil quinientos y 00/100 dólares de los Estados Unidos de América) a los siguientes organismos internacionales: ORGANISMO DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA ORGANIZACIÓN MUNDIAL DEL TURISMO (OMT) 110,000.00 Pago del Plan de Pagos ORGANIZACIÓN DEL TRATADO DE 82,336.00 COOPERACIÓN AMAZÓNICA (OTCA) Saldo de la cuota 2009 CONFERENCIA DE AUTORIDADES DE AUDIOVISUALES 9,000.00 Y CINEMATOGRÁFICAS DE IBEROAMÉRICA (CAACI) Pago de la cuota 2009 ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS (ONU) 197,000.00 Pago parcial del Presupuesto Regular ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) 242,164.00 Pago parcial de la cuota 2007 ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS PARA 152,000.00 LA EDUCACIÓN, LA CIENCIA Y LA CULTURA (UNESCO) Saldo del Plan de Pagos ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DE LA POLICÍA 41,000.00 CRIMINAL (INTERPOL) Pago del saldo de la cuota 2008 y pago parcial de la cuota 2009 FONDO CENTRAL PARA ACCIÓN DE EMERGENCIAS 10,000.00 (CERF) Contribución FONDO PARA LA CONSOLIDACIÓN DE LA PAZ 5,000.00 Contribución