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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE AGOSTO DEL AÑO 2009 (21/08/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 27

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 21 de agosto de 2009 401297 • Resolución Ministerial Nº 240-2009/MINSA. Aprueba el Tarifario del Seguro Integral de Salud para los Componentes Subsidiado y Semisubsidiado y Defi niciones Operacionales. • Resolución Jefatural Nº 090-2007/SIS. Aprueba el Formato de Contrato de Aseguramiento en Salud del Componente Semisubsidiado. • Resolución Jefatural Nº 149-2008/SIS. Aprueba la Directiva Administrativa Nº 03-2008-SIS/J, "Directiva que regula la Cobertura y los Procesos de las Prestaciones de Salud del Seguro Integral de Salud”. • Resolución Jefatural Nº 157-2008/SIS. Aprueba documentos de aplicación para las atenciones de salud de los benefi ciarios, tanto para el Componente Subsidiado, como Semisubsidiado del Seguro Integral de Salud (parte pertinente). • Resolución Jefatural Nº 173-2008/SIS. Aprueba la Directiva Nº 004-2008-SIS/J, “Directiva que regula el Uso de las Aplicaciones Informáticas de Registro de Formatos del Seguro Integral de Salud”. • Resolución Jefatural Nº 216-2008/SIS. Aprueba los documentos de aplicación por atenciones de salud a los asegurados al Componente Subsidiado y Semisubsidiado del Seguro Integral de Salud. • Resolución Jefatural Nº 076-2009/SIS. Aprueba el Manual del Sistema de Archivo Institucional del Seguro Integral de Salud. IV. ÁMBITO DE APLICACIÓN La presente Directiva es de aplicación en el ámbito nacional para el Seguro Integral de Salud (SIS) y sus Ofi cinas Desconcentradas (ODSIS), Direcciones de Salud (DISAS), Direcciones Regionales de Salud (DIRESAS), Unidades Ejecutoras del Sector Salud, Establecimientos de la Red de Salud del Ministerio de Salud (MINSA) y otras instituciones públicas o privadas autorizadas por el SIS. V. DISPOSICIONES GENERALES – DEFINICIONES 5.1 GASTOS DE SEPELIO Es la prestación económica que fi nancia el SIS mediante subsidio por el sepelio de personas inscritas o aseguradas a los componentes subsidiado y Semisubsidiado, que cubre hasta el máximo de las escalas (tarifas) establecidas en la presente Directiva. El servicio de sepelio, comprende: nicho, ataúd, mortaja, capilla ardiente y traslado del fallecido al cementerio. 5.2 COMPONENTE SUBSIDIADO El Componente Subsidiado es la cobertura de salud dirigida a individuos y familias, en condición de pobreza y pobreza extrema, que serán benefi ciarios del conjunto de prestaciones que fi nancia el Seguro Integral de Salud. 5.2 COMPONENTE SEMISUBSIDIADO El Componente Semisubsidiado está dirigido a individuos y familias, que serán benefi ciarios del conjunto de prestaciones fi nanciadas por el Seguro Integral de Salud, previo pago de una aportación. 5.4 BENEFICIARIO DEL SUBSIDIO POR SEPELIO Es la persona inscrita o asegurada del Seguro Integral de Salud que tiene derecho a la cobertura del subsidio por sepelio. 5.5 PERSONA ACREDITADA PARA SOLICITAR EL SUBSIDIO Es la persona mayor de edad designada para solicitar el subsidio en la Ficha de Afi liación del Componente Subsidiado y Semisubsidiado, a falta de la persona designada o en ausencia del mismo, es la persona que acredita haber realizado los gastos por sepelio. En ambos casos, deberán presentar su DNI y los comprobantes de pago sustentatorios de los gastos de sepelio realizados. 5.6 NATIMUERTOS Y RECIEN NACIDOS FALLECIDOS a. Natimuertos, son aquellos nacidos muertos, comprendidos a partir de las 28 semanas de edad gestacional. No se considera natimuerto a aquel menor de 28 semanas. b. Recién Nacidos fallecidos, son aquellos recién nacidos vivos que fallecen dentro de los 28 días de edad. 5.7 FORMATO DE ATENCIÓN a. El Formato de Atención es el documento que contiene la información referida al inscrito/asegurado fallecido dentro del establecimiento de salud. b. Para fallecidos fuera de un establecimiento de salud, el Formato de Atención será llenado y fi rmado por el personal del área de seguros o quien haga las veces en el Establecimiento de Salud de la jurisdicción donde ocurrió el fallecimiento. Para estos casos, los diagnósticos médicos deberán ser tomados del certifi cado de defunción o protocolo de necropsia. 5.8 APLICATIVO INFORMÁTICO Programa informático modular para usuarios con acceso a internet (plataforma Web), el cual da soporte a diferentes procesos del SIS, entre ellos, a los de afi liación, atención, supervisión, transferencia de pagos a Unidades Ejecutoras, información para la gestión y soporte al proceso de quejas y reclamos. 5.9 CERTIFICADO DE ACREDITACIÓN DEL INSCRITO/ASEGURADO SIS Es el documento otorgado por el Establecimiento de Salud en cuya jurisdicción falleció el benefi ciario de uno de los componentes de aseguramiento del SIS, haya fallecido dentro o fuera del referido establecimiento. Con tal fi n, se utiliza el formato del Anexo Nº 1, que forma parte de la presente Directiva. En casos debidamente justifi cados que impidan al Establecimiento de Salud emitir el Certifi cado de Acreditación, éste comunicará dicha situación a la ODSIS correspondiente, la que previa verifi cación, emitirá el referido documento. En el caso de natimuertos, el Certifi cado de Acreditación corresponderá al de la madre inscrita/asegurada. VI. DISPOSICIONES ESPECÍFICAS 6.1 REQUISITOS PARA OTORGAR EL SUBSIDIO POR SEPELIO 6.1.1 Requisitos comunes para los Componentes Subsidiado y Semisubsidiado: 1. Copia del DNI del solicitante. 2. Copia del Certifi cado de Defunción o Protocolo de Necropsia. 3. Copia del Documento Nacional de Identidad (DNI) del inscrito o asegurado fallecido. De no contar con DNI, deberá presentarse copia de otro documento que contribuya a la identifi cación del fallecido, tal como, Libreta Electoral, Libreta Militar, Partida o Certifi cado de Nacimiento, Partida de Bautismo o Partida de Matrimonio o Constancia de Inscripción expedida por RENIEC. En caso de inscritos/asegurados fallecidos indocumentados, se presentará Constancia Negativa de Inscripción expedida por RENIEC y Declaración Jurada de la persona que acredite haber pagado el gasto del sepelio. 4. Comprobantes de pago de los gastos de sepelio emitidos a nombre del solicitante, detallando el importe por cada rubro. Los Comprobantes de pago pueden ser por uno o todos los servicios prestados. En los casos de zonas rurales, en las que los prestadores del servicio de sepelio (artesanos manuales, ebanistas o carpinteros) no emitan comprobantes de pago, el solicitante presentará una Declaración Jurada según Anexo Nº 2 con el detalle de los gastos realizados. 6.1.2 Para Natimuertos y Recién nacidos fallecidos: a. Copia del DNI del solicitante. b. Copia del Documento Nacional de Identidad (DNI) de la madre inscrita/asegurada o partida de nacimiento si fuera menor de edad. c. Copia del Certifi cado de Defunción Fetal o Certifi cado de Defunción del recién nacido vivo, según corresponda.