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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 26 de agosto de 2009 401537 OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES Aprueban “Procedimiento para el sorteo de ubicación de los bloques de organizaciones políticas en la cédula de sufragio de las Nuevas Elecciones Municipales 2009” RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 125-2009-J/ONPE Lima, 24 de agosto de 2009 VISTOS: El Memorando N° 270-2009-GGE/ONPE, de la Gerencia de Gestión Electoral; el Memorando Nº 727- 2009-OGPP/ONPE, de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 176-2009-OGAJ/ONPE, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 37º de la Ley Orgánica de Elecciones, Nº 26859, la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales – ONPE tiene a su cargo la organización y ejecución de los procesos electorales y consultas populares; y ejerce sus atribuciones y funciones con sujeción a la Constitución y a su Ley Orgánica. Que, de conformidad con el literal c) del artículo 5º de la Ley Orgánica de la ONPE, Nº 26487, es función de este organismo electoral planifi car, preparar y ejecutar todas las acciones necesarias para el desarrollo de los procesos a su cargo, en cumplimiento estricto de la normatividad vigente. Que, mediante Decreto Supremo Nº 050-2009- PCM, publicado en el Diario Ofi cial El Peruano el 25 de julio del presente año, se convocó a Nuevas Elecciones Municipales a realizarse el día domingo 29 de noviembre de 2009. Que, según lo dispuesto por el artículo 165º de la Ley Orgánica de Elecciones: “(...) El diseño y el procedimiento de ubicación de las candidaturas o símbolos deben publicarse y presentarse ante los personeros de partidos políticos, organizaciones políticas, agrupaciones independientes y candidatos dentro de los dos (2) días naturales después del cierre de la inscripción de candidaturas. La ubicación de las candidaturas o símbolos se efectúa mediante sorteo público, en presencia de los personeros y de notario público”. Que, entre otros aspectos, la citada norma establece la fecha en que se publicará el procedimiento del sorteo de ubicación de las organizaciones políticas en la cédula de sufragio. Que, adicionalmente al procedimiento antes mencionado, el Jurado Nacional de Elecciones, en el marco de las Elecciones Regionales y Municipales 2002, a propósito de un recurso de nulidad interpuesto por la organización política local “Ahora Desarrollo Organización Responsabilidad Apertura – D.O.R.A.”, emitió la Resolución Nº 314-2002-JNE, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 30 de agosto de 2002, disponiendo que “la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales, realice un primer sorteo a nivel nacional para la ubicación de los bloques en la cédula de sufragio; y, posteriormente, se realice el sorteo para la ubicación de los símbolos o números en cada bloque”; sin establecer la fecha en que debía realizarse el primer sorteo de los bloques de organizaciones políticas. Que, las características de las Nuevas Elecciones Municipales a realizarse el 29 de noviembre de 2009 vienen a ser similares a las de las Elecciones Municipales, motivo por el cual, los criterios aplicados en el considerando anterior son aplicables para estas elecciones. Que, teniendo en cuenta los argumentos expuestos, la Gerencia de Gestión Electoral, con el documento de vistos, ha propuesto el procedimiento para el sorteo de ubicación de los bloques de organizaciones políticas en la cédula de sufragio a utilizarse en las próximas Nuevas Elecciones Municipales. Que, a fi n de realizar una mejor capacitación de los actores electorales, es necesario que el sorteo de bloques y el sorteo que determina la ubicación de las organizaciones políticas en la cédula de sufragio se realicen en fechas distintas, de manera que, al llevarse a cabo el taller descentralizado de capacitación, ya esté considerado en la cédula de sufragio, el orden de los bloques de las organizaciones políticas. De conformidad con lo dispuesto en el inciso c) del artículo 5º de la Ley Orgánica de la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales, Nº 26487, así como, el literal bb) del artículo 9º del Reglamento de Organización y Funciones de la ONPE, aprobado mediante Resolución Jefatural Nº 073-2009-J/ONPE; y con el visado de la Gerencia de Gestión Electoral, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar el “Procedimiento para el sorteo de ubicación de los bloques de organizaciones políticas en la cédula de sufragio de las Nuevas Elecciones Municipales 2009”, que consta de siete artículos, que en anexo forma parte de la presente resolución. Artículo Segundo.- Poner en conocimiento del Jurado Nacional de Elecciones, del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil y de las organizaciones políticas participantes el contenido de la presente resolución. Artículo Tercero.- Publicar el contenido de la presente Resolución Jefatural y su anexo en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal Institucional www.onpe.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. RUBÉN DURAND PARDO Jefe (e) ANEXO PROCEDIMIENTO PARA EL SORTEO DE UBICACIÓN DE LOS BLOQUES DE ORGANIZACIONES POLÍTICAS EN LA CÉDULA DE SUFRAGIO DE LAS NUEVAS ELECCIONES MUNICIPALES 2009 Artículo 1º.- El sorteo se llevará a cabo en la sede central de la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales – ONPE, estando a cargo de la Ofi cina General de Comunicaciones e Imagen Institucional. Artículo 2º.- Previamente al sorteo, la Ofi cina General de Comunicaciones e Imagen Institucional confi rmará la presencia de un Notario Público y la concurrencia de representantes de los organismos electorales, de observadores, de los personeros de las organizaciones políticas y de la Defensoría del Pueblo. Artículo 3º.- Para efectos de este sorteo, se consideran tres bloques de organizaciones políticas: el de partidos políticos, el de movimientos, y el de organizaciones políticas locales. Estos bloques se ubicarán en la cédula de sufragio de acuerdo al resultado del sorteo que se realizará teniendo en cuenta los pasos siguientes: a) De acuerdo al orden alfabético, para efectos del sorteo, se asignará al bloque de movimientos el número uno (1), al bloque de organizaciones políticas locales el número dos (2) y al bloque de partidos políticos el número tres (3). b) Se utilizarán bolillos, los cuales se identifi carán con los números que correspondan a cada bloque de las organizaciones políticas. c) Los bolillos serán mostrados a los asistentes al momento de ser colocados por un funcionario de la ONPE en el bolillero. d) Se invitará a un menor de edad para que, luego de revolver el bolillero, extraiga los bolillos y los muestre a los asistentes. e) El Notario Público dará conformidad a los bolillos extraídos y los funcionarios de la ONPE anotarán los resultados. f) El bloque al que corresponda el primer bolillo extraído ocupará el primer lugar; el bloque al que corresponda el segundo bolillo ocupará el segundo lugar y, fi nalmente,