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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 26 de agosto de 2009 401538 el bloque al que corresponda el tercer bolillo ocupará el tercer lugar. Artículo 4º.- El resultado del sorteo a que se refi ere el artículo anterior, es válido para determinar el orden de los bloques de organizaciones políticas en la cédula de las Nuevas Elecciones Municipales 2009. Artículo 5º.- El bloque de organizaciones políticas locales quedará conformado por dos sub-bloques: a) organizaciones políticas locales provinciales y b) organizaciones políticas locales distritales. La ubicación de estos dos sub bloques en la cédula de las Nuevas Elecciones Municipales se determinará luego de efectuar el sorteo a que se refi ere el artículo tercero, conforme a los pasos siguientes: a) De acuerdo al orden alfabético, para efectos del sorteo, se asignará al sub bloque de organizaciones políticas locales distritales el número uno (1) y al sub bloque de organizaciones políticas locales provinciales el número dos (2). b) Se utilizarán bolillos, los cuales se identifi carán con los números que correspondan a cada sub bloque de las organizaciones políticas locales. c) Los bolillos serán mostrados a los asistentes al momento de ser colocados por un funcionario de la ONPE en el bolillero. d) Se invitará a un menor de edad para que, luego de revolver el bolillero, extraiga los bolillos y los muestre a los asistentes. e) El Notario Público dará conformidad a los bolillos extraídos y los funcionarios de la ONPE anotarán los resultados. f) El sub bloque al que corresponda el primer bolillo sorteado, ocupará el primer lugar en el bloque de organizaciones políticas locales y al que corresponda al segundo bolillo se ubicará en la parte inferior del referido bloque. Artículo 6º.- En aquellas circunscripciones donde no participe ninguna organización política correspondiente a alguno de los bloques o sub bloques, en la cédula de sufragio se considerará únicamente a los bloques respecto de los cuales sí existen organizaciones políticas que participan en el proceso, respetándose la secuencia determinada por los sorteos a que se refi eren los artículos tercero y quinto. Artículo 7º.- Una vez obtenidos los resultados de los sorteos mencionados, se hace público el orden fi nal de ubicación de los bloques y sub bloques de organizaciones políticas. De lo anterior se levantará el acta respectiva en cuatro ejemplares. Uno de los ejemplares se entregará al Notario Público, otro al Jurado Nacional de Elecciones, otro al Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil y el cuarto quedará en poder de la ONPE. Asimismo, se entregarán copias del acta, debidamente autenticadas por un fedatario de la ONPE, al representante de la Defensoría del Pueblo, a los personeros y a los observadores que lo soliciten. 388265-1 MINISTERIO PUBLICO Crean la Fiscalía Especializada en Materia Ambiental de Pasco, Distrito Judicial de Pasco RESOLUCIÓN DE JUNTA DE FISCALES SUPREMOS N° 058-2009-MP-FN-JFS Lima, 24 de agosto de 2009 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 038-2008-2008-MP-FN-JFS de fecha 13 de marzo de 2008, se crearon en diversos Distritos Judiciales, Fiscalías Especializadas en Materia Ambiental. Que, la información recopilada a la fecha, sobre la incidencia delictiva en materia ambiental en el Distrito Judicial de Pasco, hace necesario que dicha problemática, por sus características geográfi cas, sea asumida por un órgano fi scal especializado, cuya competencia no sólo sea la persecución penal en dicha materia, sino también en prevenir su perpetración. Que, mediante el Ofi cio Nº 369-2008-MP-FN- GECFIN/01 remitido por el Gerente Central de Finanzas, se informa sobre la existencia de disponibilidad presupuestal para la creación de la Fiscalía Especializada en Materia Ambiental en el Distrito Judicial de Pasco. Que, siendo necesario atender la necesidad de la creación de la Fiscalía Especializada en Materia Ambiental; en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Legislativo N° 052 - Ley Orgánica del Ministerio Público, y en cumplimiento del Acuerdo N° 1597 adoptado en Sesión Ordinaria de Junta de Fiscales Supremos del día 06 de agosto del año 2009. SE RESUELVE: Artículo Primero.- CREAR con carácter permanente, la Fiscalía Especializada en Materia Ambiental de Pasco, Distrito Judicial de Pasco, con competencia para prevenir e investigar delitos en Materia Ambiental. Artículo Segundo.- Disponer que la Gerencia General del Ministerio Público adopte las acciones pertinentes para el cumplimiento de la presente resolución. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Pasco, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores de Pasco, a la Gerencia General, a la Gerencia Central de Potencial Humano, y a la Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales del Ministerio Público. Regístrese, comuníquese y publíquese. GLADYS MARGOT ECHAIZ RAMOS Fiscal de la Nación Presidenta de la Junta de Fiscales Supremos 388741-2 Exoneran de proceso de selección la adquisición de terreno para el Proyecto “Infraestructura para la Sede del DJ de Arequipa” RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 1150 -2009-MP-FN Lima, 24 de agosto de 2009 VISTO: El Ofi cio Nº 893-2009-MP-FN-GG, de la Gerencia General del Ministerio Público, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Fiscalía de la Nación Nº 764-2009-MP-FN de fecha 08 de junio del 2009 se aprobó la suscripción del Convenio Específi co para la ejecución del Proyecto SNIP 18308 “Infraestructura para el Local de la Sede del Ministerio Público en el Distrito Judicial de Arequipa”, entre el Ministerio Público y el Gobierno Regional de Arequipa; siendo que una de las obligaciones que asume el Ministerio Público en dicho convenio, es la adquisición de un terreno donde se ejecutará el componente obras civiles del proyecto en mención; Que, mediante Ofi cio N° 3090-2008-MP-FN-GG- GECINF del 28 de octubre de 2008, la Gerencia Central de Infraestructura del Ministerio Público solicitó a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, que informe para fi nes de adjudicación si existen predios disponibles para ser destinados como ofi cinas del Ministerio Público en Arequipa entre otros departamentos que se detallan en ese documento, para lo cual se le indicó las correspondientes características mínimas considerando los parámetros referenciales para Fiscalías Provinciales. A su vez, mediante Ofi cio N° 11882/2008- SBN-GO-JAD del 1 de diciembre de 2008, la Jefatura de Adjudicaciones de la Superintendencia Nacional de Bienes