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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE AGOSTO DEL AÑO 2009 (30/08/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 32

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 30 de agosto de 2009 401758 VI. ANÁLISIS (4) VII. OBSERVACIONES O COMENTARIOS VIII. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES (5) Fecha …….., de……….. de 200.… ________________________________________ Subgerencia de Logística y Servicios Generales responsable del Control Patrimonial ANEXO 2 BASES ADMINISTRATIVAS “VENTA POR SUBASTA PÚBLICA DE BIENES MUEBLES DADOS DE BAJA, APROBADA POR ACUERDO DE CONCEJO N°............” I. OBJETIVO Establecer el procedimiento para llevar a cabo la venta por subasta pública de los bienes muebles autorizada por Acuerdo de Concejo N°............... ......................, de fecha ...... de ....... de 200..... II. EXHIBICIÓN DE LOS LOTES DE BIENES MUEBLES La exhibición de los lotes de bienes muebles a subastar se realizará: · Días : ..................................................................... · Horario : ..................................................................... · Local : ..................................................................... · Dirección : .................................................................. III. ACTO DE VENTA DE LOS LOTES DE BIENES MUEBLES La venta por subasta pública de los lotes de bienes muebles se realizará: · Día : ..................................................................... · Hora : ..................................................................... · Local : ..................................................................... · Dirección : ................................................................. IV. PRECIO BASE DE LOS LOTES DE BIENES MUEBLES El precio base de los lotes de bienes muebles objeto de venta están señalados en el Anexo A “Lotes de Bienes Muebles a Subastar”. V. MODALIDAD PARA LA OFERTA La venta por subasta pública de los lotes de bienes muebles se realizará “COMO ESTÉN Y DONDE SE ENCUENTREN”, mediante la modalidad de “A VIVA VOZ Y SOBRE CERRADO”. VI. LOS PARTICIPANTES 1. Están prohibidos de participar como postores en la venta por subasta pública, directa o indirectamente o por persona interpuesta, aquellos funcionarios y servidores públicos a los que se refi ere, en cada caso, los Artículos 1366°, 1367 ° y 1368° del Código Civil. 2. Los actos administrativos que contravengan lo descrito en el numeral anterior son nulas, sin perjuicio de las responsabilidades a que hubiere lugar. 3. Participarán en el acto de venta por subasta pública las personas naturales y/o jurídicas que hayan adquirido las Bases Administrativas, pudiendo ingresar al local dos personas por base comprada, previa presentación del Comprobante de Pago emitida por la Ofi cina de Tesorería. Para el caso de las personas jurídicas, éstas intervendrán a través de su representante legal, el cual deberá presentar la escritura de constitución de la persona jurídica y los respectivos poderes debidamente inscritos en los Registros Públicos. 4. El postor que obtenga la buena pro deberá presentar en el acto de venta la Declaración Jurada debidamente llenada cuyo formato se muestra en el Anexo B “Declaración Jurada”.Cualquier tipo de desavenencias y/o inconvenientes que se presenten sobre el particular, serán resueltos por la Mesa Directiva, siendo inobjetable la decisión tomada. VII. VENTA Y ADJUDICACIÓN DE LOTES DE BIENES MUEBLES 1. Las ofertas son individuales por cada lote, no se permitirá el desorden o acuerdo entre los postores durante la venta por subasta pública, los que de ocurrir serán motivos para la suspensión temporal o defi nitiva del remate y de ser el caso el retiro de aquellas personas que lo ocasionen o participen de ello. 2. Las ofertas y el pago por los lotes vendidos serán realizados en moneda nacional (Nuevos Soles). 3. Antes de iniciar la venta por subasta pública de cada lote, el Martillero Público solicitará las ofertas en “sobre cerrado”, en la que los postores deberán acompañar, como mínimo, el 20% en efectivo o en cheque de gerencia de la cantidad ofertada, siendo inválidas las ofertas que no cumplan dicho requisito. Luego se procederá al remate mediante ofertas “a viva voz” con todos los postores. El postor deberá expresar claramente la cantidad a ofertar; caso contrario, no será tomada en cuenta su oferta. 4. Terminada la subasta del lote “a viva voz”, se procederá a abrir los sobres, resultando adjudicatario el postor que haya ofertado el monto más alto entre las dos modalidades. 5. En caso de producirse igualdad entre el monto ofertado en “sobre cerrado” y el monto ofertado “a viva voz”, se procederá a solicitar a ambas partes una nueva oferta “a viva voz”. Para tal efecto, se tomará como monto base el valor ofertado anteriormente, resultando como adjudicatario el postor que oferte el monto más alto. 6. Los sobres cerrados que no obtuvieran la buena pro serán devueltos a sus titulares una vez adjudicado el lote por el cual ofertaron. 7. El postor que obtenga la buena pro deberá presentar su D.N.I. u otro documento de identidad y abonar en efectivo como mínimo el 20% del valor ofertado. En caso que no efectúe dicho depósito, se le indicará de su inconducta como participante y se solicitará su retiro de las instalaciones de la Municipalidad de Santa Anita, continuando la subasta pública sobre la base de la oferta anterior. 8. El adjudicatario realizará la cancelación del lote adjudicado en la ofi cina del Martillero Público......................................, ubicada en............................................... , quien le entregará la comprobante de pago (Póliza de Adjudicación) debidamente cancelada. Dichos actos deberán realizarse dentro del plazo de 2 días de concluida la subasta pública, siendo el último día el ..... de ........ de 200..., hasta las 5:00 p.m. 9. El adjudicatario que dentro del plazo establecido en el numeral precedente no cancele el monto total por el cual se adjudicó alguno de los lotes, cualquiera fuese el motivo o causal,perderá el dinero entregado en garantía a favor de la Municipalidad de Santa Anita, dejándose sin efecto la adjudicación y reasumiendo la Municipalidad la administración del lote. VIII. ENTREGA DE LOS BIENES MUEBLES 1. La entrega de los lotes adjudicados se realizará mediante un Acta de Entrega – Recepción en la cual se consignarán las características de los bienes muebles. Dicha entrega estará a cargo de la Subgerencia de Logística y Servicios Generales Responsable del Control Patrimonial. 2. En el caso de adjudicarse bienes muebles registrables el adjudicatario deberá presentarse ante la Subgerencia de Logística y Servicios Generales Responsable del Control Patrimonial, entre el ...... de ....... y el ....... de ........ de 200...., con el comprobante de pago (Póliza de Adjudicación) cancelada, para recabar copia certifi cada de los siguientes documentos: 2.1 Acuerdo de Concejo que autorizó la baja. 2.2 Acuerdo de Concejo que aprobó la venta por subasta pública. 2.3 Acta de Subasta Pública.