Norma Legal Oficial del día 30 de agosto del año 2009 (30/08/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 30 de agosto de 2009

municipales son de caracter obligatorio y su incumplimiento acarrea las sanciones correspondientes; Que, siendo politica de la actual gestion promover que los administrados logren el cambio voluntario y adecuen sus conductas, que puedan tipificarse como infracciones, al cumplimiento de las disposiciones municipales administrativas; asimismo, cumplan con formalizar sus actividades, sobre las cuales los Gobiernos Locales ejercen competencia de regulacion y control, para lo cual se deben brindar las facilidades y beneficios conforme a Ley; Que, mediante el Memorando Nº 098-2009-GFSC/MC, de la Gerencia de Fiscalizacion y Seguridad Ciudadana, se propone la modificacion y prorroga de la vigencia de la Ordenanza Nº 290-C/MC, hasta el 30 de noviembre del 2009, que otorga beneficios a las personas naturales y juridicas que hayan cumplido o que cumplan con subsanar o regularizar su conducta omisiva o activa constitutiva de infraccion, y que hayan sido objeto de sancion de multa administrativa; propuesta sobre la cual, mediante el Informe Nº 219 -2009-GAJ/MC, la Gerencia de Asuntos Juridicos opina que es viable la aprobacion del Proyecto de Ordenanza; Estando a lo expuesto, en uso de las atribuciones conferidas por el Articulo 9º de la Ley N° 27972 - Ley Organica de Municipalidades, el Pleno del Concejo Municipal, por UNANIMIDAD aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE AMPLIA LA VIGENCIA DE LA ORDENANZA No. 290-C/MC, CON LA QUE SE OTORGO BENEFICIOS DE REGULARIZACION POR INFRACCIONES ADMINISTRATIVAS Articulo 1º.- Ampliar la vigencia de la Ordenanza Nº 290-C/MC hasta el 30 de Noviembre del 2009. Articulo 2º.- Modifiquese el articulo tercero de la Ordenanza Nº 290-C/MC, en los siguientes terminos: otorgar el beneficio del descuento en un 90% (noventa por ciento) el pago de la Multa Administrativa impuesta por los codigos de infraccion: 01-0101, 02-0101, 05-0101, 060102, 06-0107 y 08-0126 en aplicacion de la Ordenanza N° 275-C/MC, a todos aquellos (as) administrados (as) que MORDAZA y durante la vigencia de la presente Ordenanza, hayan cumplido con subsanar o regularizar la infraccion en la que hubieren incurrido, obteniendo la autorizacion municipal o lo que corresponda, conforme a lo establecido en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos MORDAZA y sus modificatorias. Articulo 3º.- ENCARGAR a las Gerencias de Fiscalizacion y Seguridad Ciudadana y de Administracion y Finanzas el cumplimiento de la presente Ordenanza. Articulo 4º.- DISPENSAR del tramite de la lectura y aprobacion del Acta, para que la presente Ordenanza sea publicada y entre en vigencia de inmediato. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 390526-1

VISTO; en sesion ordinaria de la fecha, con el MORDAZA unanime de los senores Regidores y con dispensa del Tramite de Lectura y Aprobacion del Acta; y, CONSIDERANDO: Que, conforme lo reconoce el articulo 194 de la Constitucion Politica del Estado, las Municipalidades Provinciales y Distritales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el articulo 40 de la Ley Nº 27972 Organica de Municipalidades prescribe que las Ordenanzas son las normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organizacion interna, la regulacion, administracion y supervision de servicios publicos y las materias en que la Municipalidad tiene competencia normativa; Que, asimismo la precitada Ley establece en su articulo 79, inciso 3, numerales 3.2., 3.6. y 3.6.2. como funciones especificas exclusivas de las municipalidades distritales, autorizar y fiscalizar la ejecucion del plan de obras de servicios publicos y privados que afecten o utilicen la via publica o zonas aereas, asi como sus modificaciones; previo cumplimiento de las normas sobre impacto ambiental; ademas de normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias y realizar la fiscalizacion de construccion, remodelacion o demolicion de inmuebles y declaratorias de fabrica. Que, mediante la Ordenanza Nº 241-MDJM se MORDAZA la Adecuacion y el Reajuste Integral de la Zonificacion de los Usos del Suelo dentro de la circunscripcion del distrito de MORDAZA MORDAZA y se establecieron los Parametros Urbanisticos y Edificatorios que se deben respetar para cada edificacion; asimismo aprobo los Planos de Sectorizacion de los Usos del Suelo del Distrito de MORDAZA MORDAZA, que conforma el Area de Tratamiento Normativo II de MORDAZA Metropolitana y normo las alturas maximas de edificacion, las areas construidas minimas por unidad de vivienda, el numero de estacionamientos requeridos por unidad de vivienda y de otros usos en las edificaciones que se desarrollan en el distrito; Que, el crecimiento demografico y de la economia en general ha evidenciado el crecimiento socioeconomico de la poblacion, por el cual la mayor cantidad de vehiculos adquiridos ha generado una gran demanda por los lugares de estacionamiento, trayendo consigo una saturacion de las vias; producida por el deficit de estacionamientos existentes en el distrito; Que, la Ordenanza Nº 241- MDJM, modificada por las Ordenanzas Nº 261 y 293-MDJM, MORDAZA para las zonas residenciales la obligacion de un determinado numero de estacionamientos por unidad de vivienda, considerando que de la totalidad de los propietarios solamente algunos de ellos se convertirian en propietarios de vehiculos, sin embargo tal escenario ha sido rebasado por la realidad, toda vez que en las familias actuales, al menos uno de sus integrantes adquiere un vehiculo. Que, una primera estrategia para afrontar esta situacion deficitaria a estacionamientos, es la modificacion del numero de estacionamientos por unidad de vivienda para las zonas Residenciales ubicadas en el distrito incluido los del Programa Mi Vivienda. Que, el Informe Nº 278-2009-SGLAyDC-GDUyMA-MDJM de la Sub Gerencia de Licencias, Autorizaciones y Defensa Civil de fecha 21 de agosto del 2009, sustenta tecnicamente la necesidad de dictar la MORDAZA que modifique la Ordenanza que Reglamenta los Parametros Urbanisticos y Edificatorios, aprobada por Ordenanza 241-MDJM y modificada mediante la Ordenanza Nº 261-MDJM y 293- MDJM. Que, el Informe Nº 1397-2009/MDJM/GAJyRC de la Gerencia de Asesoria Juridica y Registro Civil, de fecha 24 de agosto del 2009, ha opinado por la procedencia legal de la modificatoria en lo referido al establecimiento del numero de estacionamientos por unidad habitacional de las zonas predominantes. Teniendo en consideracion lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8 del articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA LA ORDENANZA Nº 241-MDJM DE PARAMETROS URBANISTICOS Y EDIFICATORIOS EN EL DISTRITO DE MORDAZA MORDAZA Articulo Primero.- MODIFIQUESE el Articulo 2º de la Ordenanza Nº 241-MDJM, modificado por las Ordenanzas

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Modifican la Ordenanza Nº 241MDJM de parametros urbanisticos y edificatorios en el distrito
ORDENANZA Nº 319-2009-MDJM MORDAZA MORDAZA, 27 de agosto del 2009 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA

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