Norma Legal Oficial del día 30 de agosto del año 2009 (30/08/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 30 de agosto de 2009

NORMAS LEGALES

401755

para la venta de los bienes muebles dados de baja, en coordinacion con la Subgerencia de Logistica y Servicios Generales responsable del Control Patrimonial. Articulo 49°.- Responsabilidad de la Subasta Publica El MORDAZA de la Subasta Publica estara a cargo de un Comite conformado como minimo por el Gerente de Administracion quien se desempenara como Presidente, Gerente de Asesoria Juridica, y Subgerente de Logistica; debiendo participar en el acto publico un Martillero Publico. El desarrollo del MORDAZA sera de acuerdo a lo establecido en las Bases Administrativas que para tal efecto apruebe la municipalidad. Articulo 50º.- Designacion del Comite El Comite que estara a cargo de llevar a cabo la Subasta, sera designado por Resolucion de Gerencia Municipal. Articulo 51°.- Procedimiento para la aprobacion de la venta por Subasta Publica La Subgerencia de Logistica y Servicios Generales es la encargada de identificar la relacion de bienes muebles dados de baja que seran propuestos para la venta y remitir al Comite designado para realizar la venta. El cual tendra la siguiente informacion: Acuerdo de Consejo que aprobo la baja de los bienes muebles. Informe de tasacion, elaborado de acuerdo al Reglamento Nacional de Tasacion del Peru. Relacion lotizada de los bienes muebles, donde debe tener el codigo patrimonial, la denominacion, detalle tecnico, estado de conservacion, ubicacion y el precio base por cada lote. Informe tecnico. El Comite designado, estudiara y analizara los informes remitidos y de encontrarlo conforme, elevara la documentacion senalada a la Gerencia de Administracion la que previa evaluacion remitira a la Gerencia General para conocimiento, evaluacion y aprobacion, remitiendo lo actuado a Secretaria General para ser sometido a consideracion y autorizacion del Concejo Municipal, dentro de los quince (15) dias de haber recibido el expediente. Articulo 52°.- Aprobacion de las Bases Administrativas Aprobada la venta, el Comite designado procedera a elaborar las bases de la Subasta Publica para la venta por Subasta publica donde se debera especificar los siguientes aspectos: a) Se realizara a "sobre cerrado" y a "viva voz". b) Precio base para las ofertas; por cada lote de bienes muebles. c) Monto que los postores deberan depositar a favor de la Municipalidad en calidad de garantia. d) El lugar de exibicion de los lotes de bienes muebles. e) Lugar, fecha y hora del acto de subasta. f) Los plazos para la cancelacion y entrega de los lotes de bienes muebles adjudicados. g) Relacion y caracteristica de bienes muebles a subastarse, especificando el codigo patrimonial, la denominacion, el detalle tecnico, el estado de conservacion y la ubicacion. El Comite remitira el proyecto de Bases Administrativas para la Subasta Restringida para aprobacion del Gerente Municipal mediante resolucion. Articulo 53º.- Notificacion al Organo de Control El Acuerdo de Concejo que autoriza la venta por Subasta, asi como la que aprueba las Bases Administrativas, deberan ser notificadas al Organo de Control Institucional con la finalidad que se designe a un funcionario para que participe como veedor en el acto publico, el cual se llevara aun en su ausencia. Articulo 54°.- Contratacion de Martillero Publico La Gerencia de Administracion designara y celebrara el contrato de prestacion de servicios con el Martillero Publico, quien debera acreditar estar habilitado por la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos ­

SUNARP y no debe de haber dirigido mas de 02 ventas por subasta publica consecutivas en la municipalidad en el lapso de un ano. Los honorarios que se pacten no podran superar el 3% del monto recaudado, incluyendo los impuestos de Ley. Articulo 55°.- Convocatoria Una vez aprobadas las Bases, el Comite convocara la Subasta Publica. La convocatoria se anunciara por una sola vez en el Diario Oficial El Peruano. El aviso debe publicarse con una anticipacion minima de cinco (5) dias habiles MORDAZA de la fecha de su realizacion, quedando autorizada la venta de las Bases Administrativas y la exhibicion de los lotes. Adicionalmente la venta por Subasta Publica debera publicitarse en el MORDAZA electronico de la municipalidad, desde la notificacion de la resolucion hasta la culminacion del procedimiento. Articulo 56°.- Procedimiento del acta de Subasta Publica. En el acto de Subasta Publica, el Martillero Publico, recabara y abrira los sobres de los postores que presentan sus ofertas, luego de su lectura y de conocer la mas alta solicitara que a traves de las ofertas a viva voz sea mejorada, otorgandose la buena pro al postor que presente la oferta mas alta por encima del precio base, luego de lo cual emitira el acta de Subasta Publica. Articulo 57°.- Informacion que debe contener el acta de la Subasta Publica El acta debera consignarse la fecha, hora, lugar de su realizacion, los nombres de los miembros integrantes del Comite, las caracteristicas del bien o de los lotes, el precio base, el precio de venta, los nombres de los adjudicatarios; asi como los bienes o lotes que hubieren quedado desiertos, y toda informacion que se considere relevante. Articulo 58°.- Responsable de recaudacion y de hoja de liquidacion La Subgerencia de Tesoreria es la responsable de recaudar el dinero y elaborar la hoja de liquidacion. La distribucion del monto recaudado sera como sigue: a) Los honorarios del Martillero Publico, que no podran superar el 3% del monto recaudado; b) El saldo restante constituira recursos propios de la municipalidad. La Subgerencia de Tesoreria emitira los respectivos comprobantes de pago; cuya MORDAZA debera ser remitida a la Subgerencia de Logistica. Articulo 59º.- Entrega de bienes adjudicados La Subgerencia de Logistica y Servicios Generales, previa comprobacion de la cancelacion de los bienes o lotes adjudicados, entregara los bienes a los adjudicatarios mediante la correspondiente acta. Articulo 60º.- Reemplazo de Martillero Publico En caso de ausencia, renuncia o desistimiento por escrito del Martillero Publico de participar en la venta por subasta publica, el Gerente de Administracion sera quien dirija la subasta publica y elabore el acta respectiva. Articulo 61º.- Incumplimiento en el pago del precio ofrecido u abandono de bienes o desiertos Si el adjudicatario no cancela el precio ofrecido o no retira los bienes en el plazo estipulado en las Bases Administrativas perdera su derecho a reclamar la garantia, el monto pagado y el bien materia de venta, quedando todos ellos a favor y bajo la administracion de la municipalidad. En este contexto, los bienes abandonados o desiertos seran materia de venta por Subasta Restringida si asi lo amerita. Articulo 62º.- Informacion a la SBN La Gerencia de Administracion, dentro de los siguientes diez (10) dias habiles de realizada y adjudicada la subasta publica, remitira a la Superintendencia de Bienes Nacionales ­ SBN MORDAZA de la documentacion que a continuacion se detalla:

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