Norma Legal Oficial del día 30 de agosto del año 2009 (30/08/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 30 de agosto de 2009

NORMAS LEGALES

401757

- La Municipalidad no podra permutar bienes muebles de su propiedad cuyo valor comercial sea superior al 10% del valor comercial de los bienes ofrecidos por un particular. En caso de permuta entre entidades publicas es irrelevante la diferencia del valor. - La permuta de bienes muebles sera aprobada por el Concejo Municipal. En caso de permuta entre entidades publicas cada una emitira su resolucion aprobando la permuta. - La Subgerencia de Logistica y Servicios Generales responsable del Control Patrimonial es la encargada de la organizacion y realizacion de la permuta de los bienes muebles. Articulo 75º.- TASACION DE LOS BIENES OBJETO DE PERMUTA La Subgerencia de Logistica y Servicios Generales responsable del Control Patrimonial tiene como funcion realizar la tasacion de los bienes muebles objeto de permuta, cuyos resultados deberan constar en un informe de tasacion. Este procedimiento debera ser efectuado de acuerdo a lo regulado en el Reglamento Nacional de Tasaciones del Peru aprobado por la R.M. N° 126-2007-VIVIENDA. Articulo 76º.- PROCEDIMIENTO PARA LA APROBACION DE LA PERMUTA DE BIENES MUEBLES 1.- La Unidad Organica Responsable del Control Patrimonial es la encargada de elaborar el expediente administrativo que contendra el informe de tasacion y el informe tecnico en el que se sustente que la permuta es favorable en relacion al beneficio tecnologico y/o economico que traeria a favor de la Municipalidad. Asimismo. 2.- El expediente administrativo que sustente la permuta de los bienes muebles debera ser elevado a la Gerencia de Administracion, de ser conforme elevara a la Gerencia General para conocimiento, evaluacion y aprobacion. Y este a su vez elevara a Secretaria General a fin que proponga a Concejo Municipal su aprobacion, dentro de los quince dias de haber recibido el expediente. La misma que debera indicar la relacion de los bienes, especificando el codigo patrimonial, la denominacion, el detalle tecnico, el estado de conservacion y el valor de tasacion. Capitulo V Disposiciones Complementarias Primera.- Los casos no previstos en el presente reglamento, sera el Concejo Municipal quien decida sobre el destino final de los bienes. Segunda.- La Gerencia General, Gerencia de Administracion y Subgerencia de Logistica y Servicios Generales y el Organo de Control Institucional, se encargaran de velar por el cumplimiento de lo establecido en el Reglamento. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primera.- Las solicitudes y/o tramites de alta y baja de bienes que a la fecha de aprobacion del presente Reglamento se encuentren pendientes de resolver, se sujetaran en lo que corresponda a lo previsto en el presente Reglamento. DISPOSICIONES FINALES Primera.- No puede realizarse ninguna accion de disposicion de bienes de propiedad municipal sin que exista un acto administrativo que lo autorice de conformidad con las leyes y disposiciones vigentes en materia de administracion y control de bienes patrimoniales de propiedad estatal. Segunda.- Deroguese el "Reglamento de Altas, Bajas y Venta de Bienes Patrimoniales de la Municipalidad Distrital de MORDAZA Anita", aprobado por Ordenanza Nº 026MDSA; asi como todas aquellas normas que se opongan a lo dispuesto en el presente Reglamento. Tercera.- El presente Reglamento entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano.

Cuarta.- Forman parte complementaria de este reglamento, los siguientes documentos administrativos o formatos: Informe Tecnico Bases Administrativas, Subasta Publica Bases Administrativas, Subasta Restringida "Lotes de Bienes muebles a venderse" Anexo A "Declaracion Jurada" Anexo B "Acta de entrega" ANEXO 1 INFORME TECNICO PROCEDIMIENTO DE: ALTA BAJA I. DATOS GENERALES NOMBRE DE LA ENTIDAD Ubicacion DE LA ENTIDAD II. DOCUMENTACION QUE SE ADJUNTA 1. DENUNCIA POLICIAL 2. RESOLUCION DE PERMUTA 3. CONTRATO DE PERMUTA 4. ACTA DE ENTREGA 5. ACTA DE RECEPCION 6. ACTA DE ENTREGA-RECEPCION 7. RESOLUCION DE DONACION 8. CERTIFICADO DE DIPROVE 9. CERTIFICADO DE GRAVAMEN 10. HOJA DE ENTRADA A ALMACEN 11. INFORME DE TASACION 12. OTROS (especifique) ........................................... ............................................ III. BASE LEGAL (1) III. IV. ANTECEDENTES (2) V. DESCRIPCION DE LOS BIENES MUEBLES a) Denominacion b) Codigo c) Detalle Tecnico - MORDAZA - Modelo - MORDAZA - Color - Dimensiones - Numero de serie - Numero de placa de rodaje - Numero de motor - Numero de chasis - Ano de fabricacion d) Estado de conservacion - MORDAZA (N) - MORDAZA (B) - Regular (R) - Malo (M) Para el caso del procedimiento de Alta o para una causal de alta no tipificada e) Valor (S/.) f) Causal de Alta Para el caso del procedimiento de Baja o para una causal de baja no tipificada g) Valor (S/.) h) Causal de Baja

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