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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2009 (04/12/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 73

El Peruano Lima, viernes 4 de diciembre de 2009 407311 ƒ Inspecciones periódicas: Técnica básica para la prevención de riesgos de accidentes, permitiendo la identificación de deficiencias; así como la adopción de medidas preventivas para evitarlas. Está orientado a evitar y controlar las deficiencias de las instalaciones, las máquinas y los equipos y en general las condiciones de trabajo (artículo 3º Terminología del RESESATAE). ƒ Observaciones planeadas: Técnica básica para la prevención de accidentes, a través de la identifi cación de defi ciencias, durante el desarrollo de las actividades específi cas, así como el control de las medidas existentes para evitarlo (artículo 3º Terminología del RESESATAE). ƒ Otros términos del RESESATAE. Abreviaturas: ƒ RESESATAE: Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo de las Actividades Eléctricas ƒ CNE-S: Código Nacional de Electricidad Suministro ƒ OSINERGMIN: Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería ƒ PSST: Programa de seguridad y salud en el trabajo ƒ SST: Seguridad y Salud en el Trabajo ƒ EPP: Equipo de Protección Personal 5. METODOLOGÍA Los aspectos considerados para lograr el objetivo del presente procedimiento, son los siguientes: a) Las entidades en el mes de noviembre de cada año elaboran o actualizan los siguientes documentos: el Estudio de Riesgos, el Programa Anual de Seguridad y Salud en el Trabajo, el Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo, el Plan de Contingencias en seguridad y el Programa de Simulacros. OSINERGMIN revisa que los documentos cumplan con lo establecido en el RESESATAE. b) Las entidades reportan trimestralmente a OSINERGMIN el avance del cumplimiento del Programa Anual de Seguridad y Salud en el Trabajo. OSINERGMIN revisa el cumplimiento del Programa. c) Las entidades mantienen disponible los registros que evidencian el cumplimiento de lo establecido en el RESESATAE, el CNE-S, otras normas técnicas de seguridad y el presente procedimiento, para el 100% de sus trabajadores y de los contratistas. d) OSINERGMIN, mediante un programa anual efectúa la inspección, en gabinete y campo, a las instalaciones de las entidades, para verifi car el cumplimiento de lo establecido en el RESESATAE, el CNE-S, otras normas técnicas de seguridad y el presente procedimiento. e) Ante incumplimientos identifi cados de lo establecido en el presente procedimiento, OSINERGMIN aplicará Multas y Sanciones, según corresponda. TITULO PRIMERO ACCIONES QUE CORRESPONDEN A LA ENTIDAD 6.1 Son obligaciones de las entidades lo siguiente: a) Contar con el Estudio de Riesgos, el Programa Anual de Seguridad y Salud en el Trabajo, el Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo y el Plan de Contingencias de Seguridad y Salud en el Trabajo actualizados, cumpliendo con los requerimientos establecidos en los artículos 10º, 12º, 13º y 14º del RESESATAE. Los referidos documentos actualizados deben ser entregados a OSINERGMIN al 30 de noviembre de cada año, en archivo físico o magnético o informar si lo tienen depositado en su página web u otro medio magnético con acceso permitido a OSINERGMIN. El Estudio de Riesgos debe contener el Formato 01: “Resumen de Riesgos Críticos”. b) Mantener actualizado trimestralmente el avance de la implementación del Programa Anual de Seguridad y Salud en el trabajo. El avance debe ser enviado a OSINERGMIN por el Formato 02: “Resumen del Avance Trimestral del PASST” actualizado. Este debe ser enviado dentro de los quince (15) primeros días calendario de los siguientes meses: Para el I trimestre: Abril Para el II trimestre: Julio Para el I trimestre: Octubre Para el I trimestre: Enero c) Mantener disponible los registros que evidencian el cumplimiento de lo establecido en el RESESATAE, el CNE-S, otras normas técnicas de seguridad y el presente procedimiento, para el total de sus trabajadores y de los trabajadores de los contratistas; además, publicar en su página web, con acceso permitido a OSINERGMIN, los siguientes registros: i. La nómina de todas las personas que participan en el desarrollo de las actividades eléctricas, en las etapas de construcción, operación y mantenimiento de las instalaciones eléctricas de generación, transmisión y distribución, incluyendo las conexiones para el suministro y comercialización de la energía eléctrica. La nómina debe ser actualizada mensualmente y debe corresponder al personal propio de la entidad y al personal de los contratistas o subcontratistas, utilizando el Formato 03: “Nómina del personal asignado a actividades eléctricas”. ii. La nómina del personal que participa como Supervisor directo en el desarrollo de las actividades eléctricas. La nómina debe ser actualizada mensualmente y ser elaborada para los supervisores propios de la entidad y para los supervisores de los contratistas o subcontratistas, utilizando el Formato 04: “Nómina de supervisores directos asignados a la actividad eléctrica”. iii. Los procedimientos de trabajo actualizados y aprobados por la Gerencia General, con fecha de vigencia. También deben estar publicados los procedimientos de trabajo elaborados por las empresas que prestan su servicio en las actividades contratadas. Los procedimientos de trabajo deben contener, por lo menos, las etapas de ejecución de la tarea, los riesgos identifi cados en cada etapa, las acciones de prevención y las medidas de control. d) Efectuar inspecciones periódicas para identifi car defi ciencias de las instalaciones, de las máquinas y los equipos y en general de las condiciones de trabajo; así como también, efectuar observaciones planeadas para identifi car defi ciencias durante el desarrollo de las actividades específi cas; así como el control de las medidas existentes para evitarlos. e) Adoptar las acciones correctivas y preventivas ante incumplimientos, no conformidades u observaciones identifi cados en las inspecciones periódicas, las observaciones planeadas, los incidentes peligrosos, accidentes de trabajo, en la supervisión de OSINERGMIN o en la auditoria interna, haciendo extensiva a actividades similares efectuadas en todas las sedes de la concesión, incluyendo a los contratistas. TITULO SEGUNDO SUPERVISIÓN Y FISCALIZACIÓN DE OSINERGMIN 7.1 El proceso de supervisión de OSINERGMIN comprenderá lo siguiente: a) Revisar el Estudio de Riesgos, el Programa Anual de Seguridad y Salud en el Trabajo, el Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo y el Plan de Contingencias de Seguridad y Salud en el Trabajo, informado por las entidades a OSINERGMIN al 30 de noviembre de cada año. El resultado de la revisión es PROYECTO