Norma Legal Oficial del día 04 de diciembre del año 2009 (04/12/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 61

El Peruano MORDAZA, viernes 4 de diciembre de 2009

NORMAS LEGALES

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debe ser reconocida. En tal sentido, consideramos que este requisito se sustenta en dos presupuestos: i) practica prolongada en la actividad y ii) dicha practica o experiencia debe ser reconocida en el ambito del servicio que se pretende contratar o en actividades semejantes. c) Comparacion favorable frente a otros potenciales proveedores que esten en la capacidad de brindar el servicio: Necesariamente debera contraponerse la experiencia y el reconocimiento a que hemos hecho referencia, con similares cualidades de otros potenciales proveedores. Este es un requisito indispensable para valorar los conocimientos, de modo tal que se determine la comparacion favorable frente a otros potenciales proveedores. Que, el Art. 191º de la Constitucion Politica del Estado Peruano, modificado por la Ley 27680 Ley de Reforma Constitucional sobre Descentralizacion, concordante con el Art. 2º de la Ley 27867 Ley Organica de Gobiernos Regionales, que precisa que los Gobiernos Regionales que emanan de la voluntad popular, son personas juridicas de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo para su administracion economica y financiera un pliego presupuestal; Que, el Art. 38º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867, estipula que las Ordenanzas Regionales MORDAZA asuntos de caracter general, la organizacion y la administracion del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; Que, de conformidad con el articulo 39º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decision de este organo sobre asuntos internos, de interes publico, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o MORDAZA institucional; Que, despues de un democratico debate y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificada por la Ley N° 27902 y el Reglamento del Consejo Regional de Tumbes; Se acuerda por unanimidad: Articulo Primero.- EXONERAR del MORDAZA de seleccion la contratacion de supervisor de la elaboracion del Expediente Tecnico del proyecto "Formulacion del Expediente Tecnico para el MORDAZA Hospital Nivel II2 MORDAZA MORDAZA Olavaria, por la causal de servicio personalisimo, por un costo de S/. 160,000, fuente de financiamiento 5 Recursos Determinados, por un plazo de 25 dias naturales. Articulo Segundo.- El SUPERVISOR, bajo responsabilidad de la Gerencia de Infraestructura, debera reunir los tres requisitos exigidos por el articulo 132° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado con Decreto Supremo N° 184-2008EF. Articulo Tercero.- CUMPLIR con publicar el presente Acuerdo de Consejo Regional, en el SEACE y Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) dias habiles, conforme lo establece el articulo 135º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado con Decreto Supremo Nº 184-2008-EF. Articulo Cuarto.- PRECISAR, que la presente exoneracion se circunscribe a la omision del MORDAZA de seleccion, por lo que los contratos que se celebren deberan cumplir con los requisitos, condiciones, formalidades, exigencias y garantias que se aplicarian de haberse llevado a cabo el MORDAZA de seleccion correspondiente. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA W. MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado 431149-1

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Modifican el MORDAZA parrafo del articulo Decimo MORDAZA A del Estatuto del Sistema Metropolitano de la Solidaridad, aprobado por Ordenanza Nº 1293-MML
ORDENANZA N° 1314 EL MORDAZA METROPOLITANO DE MORDAZA POR CUANTO: EL CONCEJO METROPOLITANO DE MORDAZA Visto en Sesion de Concejo de fecha 26 de noviembre del 2009, los dictamenes Nos. 143 y 287, de las Comisiones Metropolitanas de Asuntos Legales y de Asuntos Economicos y Organizacion; Aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA EL MORDAZA PARRAFO DEL ARTICULO DECIMO MORDAZA A DEL ESTATUTO DEL SISTEMA METROPOLITANO DE LA SOLIDARIDAD, APROBADO POR ORDENANZA N° 1293-MML Articulo Unico.- Modificar el MORDAZA parrafo del Articulo Decimo MORDAZA A del Estatuto del Sistema Metropolitano de la Solidaridad, aprobado por Ordenanza N° 1293-MML con la siguiente redaccion: "Articulo Decimo MORDAZA A.Conformacion del Consejo Directivo ... Definicion y

El MORDAZA Metropolitano designa a los cinco (5) miembros del Consejo Directivo y, entre ellos, a su Presidente que sera profesional, con las atribuciones que el Estatuto le establece, con dedicacion exclusiva y a tiempo completo, cumpliendo los encargos que le pudiera encomendar el MORDAZA Metropolitano de Lima". POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. En MORDAZA, a los 27 NOV. 2009. MORDAZA MORDAZA LOSSIO MORDAZA de MORDAZA 430931-1

Aprueban ajuste del Sistema Vial Metropolitano, correspondiente al distrito de Ate
ORDENANZA N° 1315 EL MORDAZA METROPOLITANO DE LIMA; POR CUANTO EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA; Visto en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 26 de noviembre del 2009, el Dictamen Nº 199-2009-MML-

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