Norma Legal Oficial del día 04 de diciembre del año 2009 (04/12/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 70

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 4 de diciembre de 2009

Articulo Quinto.- Vigencia.El beneficio establecido en la presente Ordenanza entrara en vigencia desde el dia siguiente de su publicacion en el diario oficial El Peruano hasta el 21 de diciembre del presente ano. Transcurrido dicho plazo se procedera a ejecutar la cobranza del integro de las deudas tributarias y no tributarias. Disposiciones Complementarias y Finales Primera.- Facultese a la Alcaldesa para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las disposiciones necesarias para lograr la adecuada aplicacion y/o ampliacion de la presente Ordenanza. Segunda.- Los Administrados que mantengan convenios de pago pendientes de cancelacion, respecto a deudas de caracter tributario, podran acogerse al presente beneficio de conformidad a lo establecido en el Articulo MORDAZA de la presente Ordenanza, para lo cual deberan solicitarlo mediante Carta Simple, acompanando para tal efecto el pago total recalculado del convenio segun la liquidacion que para tal efecto emita el Departamento de Recaudacion y Control. Tercera.- Encarguese a la Gerencia de Administracion Tributaria y Rentas y dependencias a su cargo, Departamento de Informatica, Gerencia de Administracion y Finanzas, el cumplimiento de la presente Ordenanza, al Departamento de Imagen Institucional su difusion y a la Secretaria General su publicacion en el diario oficial El Peruano. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA QUARTARA MORDAZA DE RUAS Alcaldesa 431360-1

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA DE MORDAZA
Establecen requisitos para la incorporacion de contribuyentes como VSP MORDAZA
DECRETO DE ALCALDIA Nº 19-2009-MSS MORDAZA de MORDAZA, 3 de diciembre de 2009 EL MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA DE MORDAZA VISTOS: El Memorandum Nº 1534-2009-GAT-MSS, emitido por la Gerencia de Administracion Tributaria y el Informe No. 1368-2009-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoria Juridica, sobre propuesta de ampliacion de los requisitos para acceder a la condicion de Vecino Surcano Preferente (VSP) de manera extraordinaria, a fin de que todos los vecinos del distrito que se pongan al dia en todas sus obligaciones ante esta Administracion, accedan a los beneficios de dicha condicion; CONSIDERANDO: Que, uno de los objetivos de la MORDAZA de fin de ano, es que el mayor numero de contribuyentes puedan ponerse al dia en todas sus obligaciones tributarias a fin de iniciar un MORDAZA periodo sin deudas, por lo cual es pertinente brindar facilidades e incentivos a fin de promover el cumplimiento de dichas obligaciones y de esa manera, ademas, incrementar la recaudacion; Que, en este orden de ideas, se propone incentivar el cumplimiento de los vecinos, con la posibilidad de

obtener la distincion de Vecino Surcano Preferente, con todos los beneficios de atencion preferente, sorteos y reconocimientos que conlleva dicha condicion; para lo cual se hace necesario, ampliar de manera extraordinaria, para el ano 2009, los requisitos de incorporacion y reincorporacion a la condicion de Vecinos Surcanos Preferentes, senalados en el Decreto de Alcaldia Nº 14-2009-MSS, publicado el 17.09.2009, para incluir a todos los contribuyentes que cumplan con efectuar el pago de todas sus obligaciones pendientes ante esta Administracion, hasta el 16.12.2009; Que, por otra parte y en atencion a la propuesta de incorporacion de mas contribuyentes VSP; se requiere, ademas, modificar temporalmente y solo para el ano 2009, el actual Reglamento del Sorteo para Vecinos Surcanos Preferentes, aprobado por Decreto de Alcaldia Nº 092009-MSS, publicado el 03.07.2009, a fin de adecuar lo dispuesto en el mismo en cuanto a la fecha de evaluacion de los contribuyentes que como nuevos o reincorporados VSP participaran en el sorteo; Que, el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicacion de Proyectos Normativos y difusion de Normas Legales de Caracter General, publicado el 15.01.2009, senala en su articulo 14º, que las entidades publicas dispondran la publicacion de los proyectos de normas de caracter general que MORDAZA de su competencia en el Diario Oficial El Peruano, en sus Portales Electronicos o mediante cualquier otro medio, en un plazo no menor de treinta (30) dias MORDAZA de la fecha prevista para la entrada en vigencia. Que, considerando que el objeto de la presente MORDAZA es otorgar mayores posibilidades para que todos los contribuyentes que se pongan al dia en sus obligaciones ante esta Administracion hasta el 16.12.2009, puedan obtener la condicion de Vecino Surcano Preferente, de manera extraordinaria en el presente ano, y, por consiguiente, acceder a todas las prerrogativas derivadas de dicha condicion, por lo que, el presente Decreto de Alcaldia constituye un beneficio para los vecinos del distrito, en este sentido, se encuentra exceptuada de la prepublicacion, conforme al articulo 14º numeral 3), acapite 3.2 del D.S. Nº 001-2009-JUS y la Directiva Nº 005-2009-MSS aprobada mediante Resolucion Nº 2202009-RASS; Que, en atencion a la recomendacion formulada por las Gerencias de Administracion Tributaria y de Asesoria Juridica, mediante los informes de vistos, resulta conveniente la ampliacion temporal de los requisitos de incorporacion y reincorporacion a la condicion de Vecino Surcano Preferente, asi como, la modificacion temporal del Reglamento aprobado por el Decreto de Alcaldia No. 009-2009-MSS; Que, estando a lo expuesto y conforme a la encargatura del Despacho de Alcaldia otorgada al MORDAZA MORDAZA mediante el Acuerdo de Concejo No. 117-2009-ACSS de fecha 27.11.09 y en uso de las facultades conferidas por el Art. 24º de la Ley Organica de Municipalidades No. 27972; DECRETA: Articulo Primero.- Incorporar en forma excepcional como VSP MORDAZA en el ano 2009, a todo contribuyente que reuna los siguientes requisitos: A) Incorporacion como VSP Seran considerados como Vecinos Surcanos Preferentes (VSP) Clasicos, aquellos contribuyentes afectos al impuesto predial y arbitrios municipales: 1. Que cumplan con pagar todas sus deudas pendientes ante esta Administracion, tales como multas tributarias o administrativas, intereses, costas coactivas, derechos de emision; Impuesto Predial y Arbitrios Municipales, hasta el 16.12.2009. 2. Que no tengan convenio de fraccionamiento vigente, cualquiera sea el estado en que se encuentre.

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