Norma Legal Oficial del día 04 de diciembre del año 2009 (04/12/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 68

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 4 de diciembre de 2009

4. Proponer los mecanismos de consulta y participacion ciudadana y procesos de difusion y capacitacion. Articulo 34º.Educacion e Investigacion Ambiental La Municipalidad Metropolitana de MORDAZA considerara como parte de sus planes institucionales un programa sobre capacitacion en materia ambiental, con la finalidad de capacitar y sensibilizar a los funcionarios, tecnicos y agentes locales en el ejercicio de la gestion ambiental a nivel provincial, de forma tal que alcancen un conocimiento general de los principios, normas y distintos instrumentos que se derivan de la legislacion ambiental. La Municipalidad Metropolitana de MORDAZA incluira dentro de sus planes institucionales la realizacion de campanas periodicas de educacion y sensibilizacion ambiental a la poblacion, a fin de difundir los instrumentos de planificacion ambiental asi como las normas municipales de gestion ambiental, las buenas practicas ambientales y otras iniciativas TITULO IV FISCALIZACION AMBIENTAL METROPOLITANA Articulo 35º.- La Fiscalizacion Ambiental La fiscalizacion ambiental se realizara a traves de inspecciones tecnicas, las que constaran en informes tecnicos elaborados por el personal encargado, los mismos que formaran parte de los procedimientos administrativos sancionadores de ser el caso. Toda persona se encuentra obligada a prestar las facilidades necesarias a los funcionarios municipales para el desarrollo de sus labores. Las personas naturales y juridicas inspeccionadas y/o notificadas estan obligadas a cumplir las recomendaciones y ejecutar las acciones correctivas en el plazo senalado por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, caso contrario se les aplicara la sancion que estipule la Ordenanza respectiva. Articulo 36º.- Responsable de la Fiscalizacion Ambiental. La fiscalizacion ambiental a nivel de la Provincia de MORDAZA esta a cargo de la Gerencia de Servicios a la MORDAZA y comprende las acciones de supervision, control y fiscalizacion, a fin de evitar el incumplimiento de las normas ambientales vigentes. Toda persona natural o juridica esta sometida a las acciones de fiscalizacion ambiental que determine la Municipalidad Metropolitana de Lima. Articulo 37º.- Infracciones Para los efectos del presente Reglamento, constituyen infracciones las conductas de las personas naturales o juridicas que contravengan lo establecido por la Ordenanza Nº 1016, el presente reglamento o las normas que regulan las lineas de gestion ambiental. Las infracciones en materia ambiental se regulan por lo dispuesto en la Ordenanza Nº 984 Regimen Municipal de Aplicacion de Sanciones Administrativas derivadas de la Funcion Fiscalizadora, cuya funcion esta a cargo de la Gerencia de Fiscalizacion y Control de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Articulo 38º.- Registro de Infractores La Municipalidad Metropolitana de MORDAZA establecera, implementara y administrara un Registro de Infractores de personas naturales y juridicas, el mismo que sera accesible al publico en general y contendra los datos del infractor, su reincidencia, la infraccion cometida, el numero y fecha de resolucion con la que se le ha sancionado, la sancion impuesta y si ha ejecutado su cumplimiento. La Municipalidad Metropolitana de MORDAZA publicara la informacion de los infractores en su MORDAZA oficial de Internet. Articulo 39º.- Sanciones La Municipalidad Metropolitana de MORDAZA esta facultada para imponer sanciones a todas aquellas personas naturales o juridicas que contravengan lo dispuesto

en la Ordenanza Nº 1016, su reglamento y las normas municipales que regulan la gestion ambiental, de conformidad a lo establecido por la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades y las normas especificas sobre la materia. Articulo 40º.- Denuncias en materia ambiental Toda persona natural o juridica podra denunciar ante la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, cualquier accion que contravenga lo estipulado en la Ordenanza Nº 1016, su reglamento, asi como las normas ambientales que regulen las lineas de gestion ambiental. Articulo 41º.Promocion de Incentivos ambientales La Municipalidad Metropolitana de MORDAZA y las Municipalidades Distritales propondran y regularan los incentivos de promocion y reconocimiento para acciones ambientales innovadoras y destacadas, acordes con las Politicas Ambientales Nacionales, Sectoriales, Regionales y Metropolitana. Podran ser otorgados a personas naturales o juridicas, de derecho publico o privado, en su ambito local. TITULO V RECURSOS DE LA GESTION AMBIENTAL METROPOLITANA Articulo 42º.- Fondo Metropolitano Ambiental El Fondo Metropolitano Ambiental esta constituido por los recursos economicos que provengan de la Cooperacion Tecnica Nacional e Internacional y los ingresos que genere la fiscalizacion ambiental por la imposicion de sanciones administrativas. El Fondo estara destinado a financiar el fortalecimiento de la gestion ambiental, con el objeto de: 1. Realizar programas de investigaciones ambientales relevantes para su el desarrollo sostenible de la provincia de MORDAZA, acorde con la politicas ambientales. 2. Formular e implementar programas y proyectos orientados al saneamiento y al desarrollo de la gestion ambiental. 3. Actividades destinadas para el acopio, procesamiento y difusion de informacion sobre temas relativos al desarrollo ambiental. 4. Desarrollar programas de capacitacion e informacion, que generen conciencia en la poblacion sobre la dimension ambiental del desarrollo sostenible. La Gerencia de Servicios a la MORDAZA de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA sera la responsable del uso de los recursos economicos del Fondo Metropolitano Ambiental. Articulo 43º.- MORDAZA de Financiamiento La Municipalidad Metropolitana de MORDAZA elaborara proyectos ambientales que se orienten a implementar las prioridades establecidas por la Politica Ambiental Metropolitana, el Plan Estrategico de Gestion Ambiental Metropolitano y la Agenda Ambiental Metropolitana. Los proyectos ambientales pueden ser financiados con: recursos propios de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, transferencias de instituciones publicas, cooperacion tecnica internacional, ademas de los aportes del sector privado. Las dependencias de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, entidades publicas, empresas y organizaciones no gubernamentales, que realicen estudios y proyectos en materia ambiental en la Provincia de MORDAZA, deberan informar sobre estos a la Gerencia de Servicios a la MORDAZA, a fin de que puedan ser integrados a la Gestion Ambiental Metropolitana. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera.- Como resultado del MORDAZA de transferencia de competencias, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA podra asumir competencias ambientales adicionales a las establecidas por la normatividad vigente. Segunda.- Sin perjuicio de lo dispuesto en el presente Reglamento, las Lineas e Instrumentos de Gestion

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