Norma Legal Oficial del día 14 de diciembre del año 2009 (14/12/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano MORDAZA, lunes 14 de diciembre de 2009

NORMAS LEGALES

407831

Que mediante Resolucion Directoral Nº 105-2001PE/DNEPP de fecha 13 de junio de 2001, se modifico en aplicacion de la aprobacion automatica de la solicitud, la Resolucion Directoral Nº 379-98-PE/DNE, en el extremo referido a la denominacion de la embarcacion pesquera TACNA 6, entre otra, la que en adelante se denominara DON MORDAZA, manteniendose los demas terminos y condiciones del permiso de pesca; Que mediante Resolucion Ministerial Nº 253-95-PE de fecha 16 de MORDAZA de 1995, se otorgo permiso de pesca a plazo determinado en adecuacion a la Ley General de Pesca y su Reglamento, entre otros a PESQUERA MORDAZA S.A. para operar la embarcacion pesquera de bandera nacional MORDAZA con matricula CO-10303-PM y 150 TM de capacidad de bodega en la extraccion de recursos hidrobiologicos de consumo humano indirecto en el ambito del litoral peruano fuera de las cinco millas costeras, utilizando redes de cerco con longitud minima de malla de ½ pulgada (13 mm); Que mediante Resolucion Ministerial Nº 308-97-PE de fecha 25 de junio de 1997, se autorizo el cambio de nombre del titular del permiso de pesca otorgado por Resolucion Ministerial Nº 253-95-PE a favor de PESQUERA SAN MORDAZA S.A. para operar la embarcacion pesquera de bandera nacional MORDAZA con matricula CO-10303-PM, en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgado; Que con Resolucion Directoral Nº 187-2001-PE/DNEPP de fecha 23 de agosto de 2001, se aprobo el cambio de titular del permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera de bandera nacional MORDAZA con matricula CO10303-PM y 170.80 m3 de capacidad de bodega a favor de la EMPRESA PESQUERA SAN MORDAZA S.A., en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgado; Que las embarcaciones pesqueras DON MORDAZA con matricula PS-0610-PM y MORDAZA con matricula CO10303-PM, se encuentran consignadas en el Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 084-2007-PRODUCE y en el Anexo II de la Resolucion Ministerial Nº 086-2007PRODUCE "Embarcaciones consideradas por el Ministerio de la Produccion para la sustitucion de capacidad de bodegas a que se refiere el Articulo 24º de la Ley General de Pesca y los Articulos 12º y 18º de su Reglamento; Que por Resolucion de Capitania Nº 031-2008 de fecha 22 de MORDAZA de 2008, se resolvio declarar el siniestro con perdida total de la embarcacion pesquera MORDAZA con numero de matricula CO-10303-PM; como consecuencia del hundimiento total ocurrido el 22 de MORDAZA de 2008; Que el articulo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001PE, establece que el permiso de pesca es indesligable de la embarcacion a la que corresponde y que durante su vigencia la transferencia de la propiedad o posesion de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional conlleva la transferencia de dicho permiso en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgado; Que los articulos 1º y 2º del Decreto Supremo Nº 0012002-PRODUCE de fecha 5 de septiembre del 2002, establecen respectivamente, que los recursos sardina (Sardinops sagax sagax), jurel (Trachurus picturatus murphy) y caballa (Scomber japonicus peruanus) seran destinados al consumo humano directo y que los armadores de las embarcaciones pesqueras con permiso de pesca indistintamente para los recursos sardina, jurel y caballa con destino al consumo humano directo y/o indirecto solo podran desarrollar actividades extractivas de los recursos en mencion, en el MORDAZA del Regimen de Abastecimiento Permanente a la Industria Conservera, Congeladora y de Curados aprobado por Resolucion Ministerial Nº 150-2001-PE, debiendo para cuyo efecto adecuarse a las disposiciones contenidas en la citada resolucion; Que mediante escrito de Registro Nº 00064046 de fecha 1 de setiembre de 2008, la empresa CORPORACION PESQUERA MORDAZA S.A.C. (en adelante COPEINCA S.A.C.) solicita regularizacion de incremento de flota por sustitucion de la embarcacion siniestrada con perdida total MORDAZA de 170.80 m3 de capacidad de bodega con el aporte parcial de 26.29 m3 a implementarse a la embarcacion pesquera DON MORDAZA con matricula PS-0610-PM, por lo que tendria la citada embarcacion una capacidad de bodega de 407.34 m3, en virtud a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 012-2008-PRODUCE y Decreto Supremo Nº 014-2008-PRODUCE, dado que la administrada declaro que la citada embarcacion presenta una diferencia mayor de 3% sobre la capacidad consignada en su permiso de pesca;

Que mediante escrito de registro Nº 00018790-2009, COPEINCA S.A.C. solicita cambio de titular del permiso de pesca de la embarcacion DON MORDAZA con matricula PS-0610-PM, adjuntando para tal efecto los requisitos senalados en el procedimiento Nº 06 del MORDAZA del Ministerio de la Produccion aprobado mediante Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE; Que asimismo la Instancia legal a traves de la HOJA DE RUTA Nº 218-2009-PRODUCE/DGEPP, en virtud a lo establecido por el articulo 149º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, recomienda la acumulacion referida a la regularizacion de capacidad de bodega de la embarcacion pesquera DON MORDAZA con matricula PS-0610-PM, con el procedimiento de cambio de titular de la citada embarcacion pesquera; Que de la evaluacion al expediente administrativo se advierte que COPEINCA S.A.C. presento su solicitud de regularizacion de capacidad de bodega de la embarcacion DON MORDAZA dentro del plazo establecido en el Decreto Supremo Nº 012-2008-PRODUCE, modificado por el Decreto Supremo Nº 014-2008-PRODUCE y Decreto Supremo Nº 001-2009-PRODUCE; Que a traves del articulo 2º de la Resolucion Directoral Nº 894-2009-PRODUCE/DGEPP de fecha 10 de noviembre de 2009, se aprobo a favor de COPEINCA S.A.C. la regularizacion de capacidad de bodega de la embarcacion GRUNEPA 3 con matricula CO-5069PM a 412.78 m3 via aplicacion parcial de 17.64 m3 de la capacidad de bodega de la embarcacion pesquera siniestrada con perdida total CELI; Que asimismo el articulo 9º de la precitada resolucion Directoral se genero el saldo de 153.16 m3 de capacidad de bodega con acceso a los recursos anchoveta y sardina con destino al consumo humano indirecto a favor de COPEINCA S.A.C., el mismo que sera utilizado de conformidad a la legislacion pesquera vigente; Que via regularizacion de incremento de flota por sustitucion de la embarcacion siniestrada con perdida total MORDAZA, se implementara a la embarcacion pesquera DON MORDAZA el aporte parcial de 26.29 m3 de los 153.16 m3 generado conforme a lo senalado en el parrafo precedente; Que el articulo 18º del Reglamento de la Ley General de Pesca, numeral 18.1 senala "en caso de las embarcaciones siniestradas con perdida total, se solicita autorizacion de incremento de flota dentro de los tres anos posteriores al siniestro, siempre que la solicitud sea formulada por el armador afectado; y teniendo en cuenta que el armador afectado de la embarcacion pesquera MORDAZA es COPEINCA S.A.C. tal como consta en el Certificado Compendioso de Dominio y Resolucion de Capitania Nº 031-2008; esta facultado a ejercer su derecho de sustitucion de la capacidad de bodega de la citada embarcacion; Que obra en el expediente administrativo MORDAZA del Contrato de Fideicomiso en Garantia que celebran en calidad de fideicomitentes PESQUERA INDUSTRIAL EL MORDAZA y otras, y en calidad de Fiduciario el BANCO INTERNACIONAL DEL PERU S.A.A. - INTERBANK; Que en el Certificado Compendioso de Dominio de la embarcacion DON MORDAZA con matricula PS-0610-PM, figura a favor del BANCO INTERNACIONAL DEL PERU S.A.A.; Que en concordancia al articulo 19º del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1084 - Ley Sobre Limites Maximos de Captura por Embarcacion, aprobado por el Decreto Supremo Nº 021-2008-PRODUCE, modificado por Decreto Supremo Nº 010-1009-PRODUCE, COPEINCA S.A.C., alcanza Carta de Autorizacion emitida por el BANCO INTERNACIONAL DEL PERU S.A.A. (propietaria de la embarcacion DON JORGE), en la que autoriza a la citada empresa a solicitar el cambio de titular del permiso de pesca de la embarcacion senalada en el parrafo precedente; Que, de la evaluacion efectuada se ha determinado que COPEINCA S.A.C. ha cumplido con presentar los requisitos pertinentes para que proceda la regularizacion de la capacidad de bodega de la embarcacion pesquera DON MORDAZA, via aplicacion parcial de la capacidad de bodega 26.29 m3 de la embarcacion siniestrada CELI; y los requisitos senalados en el procedimiento Nº 06 del MORDAZA de este Ministerio, aprobado por el Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE, por lo que procede aprobar el cambio de titular del permiso de pesca de la embarcacion DON MORDAZA con matricula PS-0610-PM;

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