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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 14 de diciembre de 2009 407822 Cupón Fecha de Vencimiento Día Fecha de Pago Día Cupón 21 12-ago-16 viernes 12-ago-16 viernes Cupón 22 12-feb-17 domingo 13-feb-17 lunes Cupón 23 12-ago-17 sábado 14-ago-17 lunes Cupón 24 12-feb-18 lunes 12-feb-18 lunes Cupón 25 12-ago-18 domingo 13-ago-18 lunes Cupón 26 12-feb-19 martes 12-feb-19 martes Cupón 27 12-ago-19 lunes 12-ago-19 lunes Cupón 28 12-feb-20 miércoles 12-feb-20 miércoles Cupón 29 12-ago-20 miércoles 12-ago-20 miércoles Cupón 30 12-feb-21 viernes 12-feb-21 viernes Cupón 31 12-ago-21 jueves 12-ago-21 jueves Cupón 32 12-feb-22 sábado 14-feb-22 lunes Cupón 33 12-ago-22 viernes 12-ago-22 viernes Cupón 34 12-feb-23 domingo 13-feb-23 lunes Cupón 35 12-ago-23 sábado 14-ago-23 lunes Cupón 36 12-feb-24 lunes 12-feb-24 lunes Cupón 37 12-ago-24 lunes 12-ago-24 lunes Cupón 38 12-feb-25 miércoles 12-feb-25 miércoles Cupón 39 12-ago-25 martes 12-ago-25 martes Cupón 40 12-feb-26 jueves 12-feb-26 jueves Cupón 41+Principal 12-ago-26 miércoles 12-ago-26 miércoles 434699-1 PRODUCE Autorizan participar en la Operación Merluza XVI a embarcaciones arrastreras con permiso de pesca vigente, bajo el Régimen Provisional de Pesca autorizado por R.M. Nº 874- 2008-PRODUCE RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 939-2009-PRODUCE/DGEPP 24 de noviembre del 2009 Visto el Informe Nº 646-2009-PRODUCE/DGEPP-Dch del 24 de noviembre de 2009 de la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero y el Ofi cio Nº DE- 100-300-2009-PRODUCE/IMP de fecha 24 de noviembre de 2009 del Instituto del Mar del Perú - IMARPE, sobre la relación de embarcaciones que participará en la “Operación Merluza XVI”; CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo N° 016-2003-PRODUCE, se aprobó el Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Recurso Merluza, con el propósito de lograr su recuperación en el mediano plazo, para el aprovechamiento sostenido de dicho recurso y de su fauna acompañante, teniendo en cuenta sus características biológicas y poblacionales, considerando los principios de pesca responsable, la conservación del medio ambiente y la biodiversidad; Que, el numeral 3.3 del artículo 3º del señalado Reglamento, establece que la investigación de este recurso y su fauna acompañante realizada mediante pescas exploratorias o experimentales señaladas en el Reglamento de la Ley General de Pesca, puede ser efectuada sólo por empresas que cuenten con licencia para la operación de plantas de procesamiento de productos congelados y/o permisos de pesca vigentes para la extracción de merluza. La investigación debe contar con la opinión técnica previa al IMARPE, en lo referente al plan de operaciones y, en especial, a los objetivos y metodología y validación de resultados esperados que se apliquen en la investigación. Dicha investigación requiere de la autorización del Ministerio de la Producción; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 874-2008- PRODUCE publicado en el diario ofi cial El Peruano el 31 de diciembre de 2008, se estableció el Régimen Provisional de Pesca del recurso merluza (Merluccius gayi peruanus) correspondiente al año 2009, en el marco del cual se autorizó la actividad extractiva del citado recurso desde el 1 de enero al 31 de diciembre de 2009 en el área marítima comprendida desde el extremo norte del dominio marítimo del Perú y el paralelo 06º 00’ Latitud Sur; además se fi jó la cuota total de pesca del recurso merluza en 45,000 toneladas métricas; Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 500-2009- PRODUCE publicado el 24 de noviembre del 2009 se autorizó al IMARPE la ejecución de la Operación Merluza XVI en el área comprendida entre los 03º30’ LS (Puerto Pizarro) y 07º00’ LS (Pimentel), del 25 al 27 de noviembre del 2009, con la participación de siete (07) embarcaciones arrastreras titulares y tres (03) suplentes, con permiso de pesca vigente para la extracción del recurso merluza que se encuentran bajo el Régimen Provisional de Pesca autorizado por la Resolución Ministerial Nº 874-2008-PRODUCE; para cuyo efecto, el IMARPE remitirá a la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero del Ministerio de la Producción, la relación de embarcaciones pesqueras participantes, para que mediante Resolución Directoral se autorice la actividad de dichas embarcaciones; Que el IMARPE mediante el Ofi cio Nº DE-100-300- 2009-PRODUCE/IMP del 24 de noviembre de 2009, remitió la relación de siete (07) embarcaciones pesqueras arrastreras y tres (03) suplente, que participarán en la Operación Merluza XVI que cuentan con permiso de pesca vigente y en estado operativo; las mismas que operarán de acuerdo a los sectores que les han sido asignadas; De conformidad con las disposiciones contenidas en la Ley General de Pesca, Decreto Ley Nº 25977 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012- 2001-PE y el Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Recurso Merluza, aprobado por Decreto Supremo Nº 016- 2003-PRODUCE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar a las embarcaciones arrastreras de mediana escala y costeras, con permiso de pesca vigente, bajo el Régimen Provisional de Pesca autorizado por la Resolución Ministerial Nº 874-2008-PRODUCE, que se detallan en el Anexo I de la presente resolución, para participar en la “Operación Merluza XVI” conforme a los sectores que se indican en dicha relación. Artículo 2º.- Publicar en el Anexo II de la presente Resolución, las embarcaciones arrastreras costeras, con permiso de pesca vigente, bajo el Régimen Provisional de Pesca autorizado por la Resolución Ministerial Nº 874- 2008-PRODUCE, seleccionada para participar en la “Operación Merluza XVI”, en calidad de suplente. Artículo 3º.- El IMARPE dispondrá la sustitución de las embarcaciones pesqueras titulares por la suplente en caso ocurriera problemas técnicos. Artículo 4º.- Transcríbase a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa, la Dirección General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Producción y las Direcciones Regionales de Producción de Tumbes, Piura y Lambayeque, dentro del ámbito de sus respectivas competencias y jurisdicciones, velarán por el estricto cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARCO ANTONIO ESPINO SANCHEZ Director General de Extracción y Procesamiento Pesquero ANEXO I RELACION DE EMBARCACIONES QUE PARTICIPARAN EN LA OPERACIÓN MERLUZA XVI (25-27 de noviembre 2009) SECTOR GRADO EMBAR- CACION MATRICULA ARMADOR O EMPRESA PESQUERA A1 03°30’ - 03°50’ LS SNAEFARI PT-12295-BM AGROPESCA S.A. A2 03°50’ - 04°20’ LS LA MERLIN CO-10705-CM SEAFROST S.A.C B 04°20’ - 05°00’ LS SANTA MONICA II PT-12866-PM INDUSTRIAL PESQUERA SANTA MONICA S.A. C1 05°00’ - 05°30’ LS ANICO I PT-6282-CM ARCOPA S.A. C2 05°30’ - 06°00’ LS ISKRA ZS-0408-CM CONSORC. CORPESCA DEXIM S.R.Ltda. D1 06°00’ - 06°30’ LS ARIANA PT-11386-CM CIA.PESQ. PEPA S.A. D2 06°30’ - 07°00’ LS CAMELOT CO-13021-PM PESQUERA TERRANOVA S.A. Relación enviada con el Ofi cio N° DE-100-300-2009-PRODUCE/IMP