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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2009 (17/12/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 8

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 17 de diciembre de 2009 407994 del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo, para el fi nanciamiento parcial, del programa de inversiones de la Segunda Fase del Programa de Apoyo a la Reforma del Sector Salud – PARSALUD II; Que, el Ministerio de Salud efectuó, durante el ejercicio fi scal 2009, asignaciones presupuestales para la Segunda Fase del Programa de Apoyo a la Reforma del Sector Salud – PARSALUD II por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, por un monto de S/. 33 395 630,00, como parte de la contrapartida nacional, siendo necesario disponer de hasta S/. 3 000 000,00 en la fuente de fi nanciamiento Recursos por Operaciones Ofi ciales de Crédito; Que, teniendo en cuenta los resultados de la revisión de cartera de préstamos de las inversiones con fuente de fi nanciamiento Recursos por Operaciones Ofi ciales de Crédito, a cargo de la Dirección Nacional del Endeudamiento Público del Ministerio de Economía y Finanzas, se determinó la existencia de disponibilidad presupuestaria en el proyecto Programa Municipal de Atención a los Servicios Básicos que se encuentra incorporado en el Pliego 039 Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social; Que, al amparo del Capítulo III, artículo 4º de la Ley Nº 29291, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, se realizaron coordinaciones ante el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, para la transferencia de marco presupuestal del proyecto Programa Municipal de Atención a los Servicios Básicos al Pliego 011 Ministerio de Salud, para fi nanciar los proyectos de la Segunda Fase del Programa de Apoyo a la Reforma del Sector Salud – PARSALUD II en el ejercicio fi scal 2009; De conformidad con lo establecido en el numeral 4.3 del artículo 4º de la Ley Nº 29291, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009; DECRETA: Artículo 1º.- Objeto Autorízase una transferencia de partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009 a favor del Ministerio de Salud, hasta por la suma de S/. 3 000 000,00 (TRES MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES), para el fi nanciamiento de los proyectos de la Segunda Fase del Programa de Apoyo a la Reforma del Sector Salud - PARSALUD II señalados en el Anexo que forma parte del presente Decreto Supremo, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Nuevos Soles SECCIÓN PRIMERA : GOBIERNO CENTRAL PLIEGO 039 : Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES UNIDAD EJECUTORA 004 : Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social – FONCODES FUNCIÓN 23 : Protección Social PROGRAMA FUNCIONAL 051 : Asistencia Social SUBPROGRAMA FUNCIONAL 0114 : Desarrollo de Capacidades Sociales y Económicas PROYECTO 029390 : Programa Municipal de Atención a los Servicios Básicos FUENTE DE FINANCIAMIENTO 3 : Recursos por Operaciones Ofi ciales de Crédito GASTOS DE CAPITAL 2.5 Otros Gastos 3 000 000,00 ------------------ TOTAL 3 000 000,00 ========== A LA: En Nuevos Soles SECCIÓN PRIMERA : GOBIERNO CENTRAL PLIEGO 011 : Ministerio de Salud UNIDAD EJECUTORA 123 : Programa de Apoyo a la Reforma del Sector Salud – PARSALUD FUNCIÓN 20 : Salud PROGRAMA FUNCIONAL 044 : Salud Individual SUBPROGRAMA FUNCIONAL 0096 : Atención Médica Básica FUENTE DE FINANCIAMIENTO 3 : Recursos por Operaciones Ofi ciales de Crédito GASTOS DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos no Financieros 3 000 000,00 ----------------- TOTAL 3 000 000,00 ========== Artículo 2º.- Obligación de desagregar la transferencia de partidas 2.1. Los Titulares de los Pliegos habilitador y habilitado en la presente Transferencia de Partidas, aprueban mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1º de la presente norma, a nivel funcional programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 2.2. La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicitará a la Dirección Nacional del Presupuesto Público las codifi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Componentes, Finalidades de Metas y Unidades de Medida. 2.3. La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados instruirán a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para Modifi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3º.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia de partidas a que hace referencia el artículo 1º del presente Decreto Supremo, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciséis días del mes de diciembre del año dos mil nueve. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República LUIS CARRANZA UGARTE Ministro de Economía y Finanzas ANEXO Proyectos de la Segunda Fase del Programa de Apoyo a la Reforma del Sector Salud - PARSALUD II Código DNPP PROYECTO Código SNIP Monto (S/.) 088588 MEJORAMIENTO DE LA CAPACIDAD RESOLUTIVA DE LOS SERVICIOS DE SALUD PARA BRINDAR ATENCION INTEGRAL A LAS MUJERES (GESTANTES, PARTURIENTAS Y MADRES LACTANTES), NIÑOS Y NIÑAS MENORES DE 3 AÑOS EN EL DEPARTAMENTO DE CAJAMARCA 68162 633,859 088617 MEJORAMIENTO DE LA CAPACIDAD RESOLUTIVA DE LOS SERVICIOS DE SALUD PARA BRINDAR ATENCION INTEGRAL A LAS MUJERES (GESTANTES, PARTURIENTAS Y MADRES LACTANTES), NIÑOS Y NIÑAS MENORES DE 3 AÑOS EN EL DEPARTAMENTO DE HUANUCO 67776 244,900 088618 MEJORAMIENTO DE LA CAPACIDAD RESOLUTIVA DE LOS SERVICIOS DE SALUD PARA BRINDAR ATENCION INTEGRAL A LAS MUJERES (GESTANTES, PARTURIENTAS Y MADRES LACTANTES) Y DE NIÑOS Y NIÑAS MENORES DE 3 AÑOS EN EL DEPARTAMENTO DE UCAYALI 67514 201,682 088619 MEJORAMIENTO DE LA CAPACIDAD RESOLUTIVA DE LOS SERVICIOS DE SALUD PARA BRINDAR ATENCION INTEGRAL A LAS MUJERES (GESTANTES, PARTURIENTAS Y MADRES LACTANTES) Y DE NIÑOS Y NIÑAS MENORES DE 3 AÑOS EN EL DEPARTAMENTO DE AMAZONAS 67623 298,408 088620 MEJORAMIENTO DE LA CAPACIDAD RESOLUTIVA DE LOS SERVICIOS DE SALUD PARA BRINDAR ATENCION INTEGRAL A LAS MUJERES (GESTANTES, PARTURIENTAS Y MADRES LACTANTES), NIÑOS Y NIÑAS MENORES DE 3 AÑOS EN EL DEPARTAMENTO DE AYACUCHO 68101 427,521 088621 MEJORAMIENTO DE LA CAPACIDAD RESOLUTIVA DE LOS SERVICIOS DE SALUD PARA BRINDAR ATENCION INTEGRAL A LAS MUJERES (GESTANTES, PARTURIENTAS Y MADRES LACTANTES), NIÑOS Y NIÑAS MENORES DE 3 AÑOS EN EL DEPARTAMENTO DE HUANCAVELICA 68060 325,161