Norma Legal Oficial del día 17 de diciembre del año 2009 (17/12/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano MORDAZA, jueves 17 de diciembre de 2009

NORMAS LEGALES
FE DE ERRATAS RESOLUCION MINISTERIAL Nº 515-2009-MEM/DM

408005

que este le conferia, con lo cual a Empresa Electrica Rio Doble S.A. debiera tenerse como titular de la concesion definitiva con Recursos Energeticos Renovables para el desarrollo de la actividad de generacion en la Central Hidroelectrica Las Pizarras; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 0078-2009ANA-DARH, de fecha 28 de agosto de 2009, se dispuso el cambio de titularidad de la aprobacion a nivel de factibilidad de estudios de aprovechamiento hidrico con fines de generacion de energia electrica otorgada mediante la Resolucion de Intendencia Nº 001-2008-INRENA-IRH, a favor de Empresa Electrica Rio Doble S.A.; Que, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 1436º del Codigo Civil, la forma de la transmision, la capacidad de las partes intervinientes, los vicios del consentimiento y las relaciones entre los contratantes se definen en funcion del acto que sirve de base a la cesion y se sujetan a las disposiciones legales pertinentes; Que, la citada solicitud cumple con los requisitos establecidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Energia y Minas, aprobado por el Decreto Supremo Nº 061-2006EM, y estando a lo dispuesto por el articulo 1436º del Codigo Civil, procede aprobar la transferencia solicitada y tener como titular de la concesion a Empresa Electrica Rio Doble S.A., quien debera incorporar en la Escritura Publica del Contrato de Cesion de Posicion Contractual, el texto de la Resolucion Ministerial, e inscribirla en el Registro de Concesiones para la Explotacion de los Servicios Publicos, de conformidad con lo dispuesto en los articulos 7º y 56º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos estipulados en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM, ha emitido el Informe Nº 313-2009-DGE-DCE; De conformidad con lo dispuesto en los articulos 1435º y 1436º del Codigo Civil, en el MORDAZA parrafo del articulo 53º y en el articulo 54º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la transferencia de la concesion definitiva con Recursos Energeticos Renovables para desarrollar la actividad de generacion de energia electrica en la futura Central Hidroelectrica Las Pizarras, que efectua ABR Ingenieros S.A.C. a favor de Empresa Electrica Rio Doble S.A. por las razones y fundamentos legales expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Tener como titular de la concesion mencionada en el articulo precedente a Empresa Electrica Rio Doble S.A. a partir del dia siguiente de publicada la presente Resolucion Ministerial, quien asumira en esta oportunidad todos los derechos y obligaciones contenidos en el Contrato de Concesion Nº 316-2008. Articulo 3º.- El texto de la presente Resolucion Ministerial debera ser incorporado en la Escritura Publica del Contrato de Cesion de Posicion Contractual mencionado en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 4º.- La presente Resolucion Ministerial, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 54º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, debera ser publicada para su vigencia en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez, y sera notificada al concesionario dentro de los cinco (5) dias habiles siguientes a dicha publicacion, conforme al articulo 53º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 435194-1

Mediante Oficio Nº 2588-2009-MEM/SG, el Ministerio de Energia y Minas solicita se publique Fe de Erratas de la Resolucion Ministerial Nº 515-2009-MEM/DM, publicada en nuestra edicion del dia 8 de diciembre de 2009. En el MORDAZA Considerando: DICE: "Que, en concordancia con las recomendaciones del Comite Tecnico Permanente de Petroleo, Derivados y Combustibles Liquidos del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Proteccion de la Propiedad Intelectual ­ INDECOPI, se han definido las especificaciones aplicables al Gasohol;" DEBE DECIR: "Que, en concordancia con las recomendaciones de la Direccion General de Hidrocarburos del Ministerio de Energia y Minas, se han definido las especificaciones aplicables al Gasohol;" En tabla del articulo 1º: DICE: "(...) CARACTERISTICAS VOLATILIZAD (...)" DEBE DECIR: "(...) CARACTERISTICAS VOLATILIDAD (...)" En nota * de la tabla del articulo 1º: DICE: "* Valor minimo sujeto a control en la Refineria, que se incrementa debido a la adicion del 7.8% de Alcohol Carburante en las gasolinas." DEBE DECIR: "* Valor minimo sujeto a control en la Refineria, que se incrementa debido a la adicion del 7.8% en volumen de Alcohol Carburante (porcentaje reportado bajo los Metodos de Ensayo ASTM D 4815 y ASTM D 5845) en las gasolinas." 436128-1 GASOHOL Min. Max. METODO DE ENSAYO ASTM GASOHOL Min. Max. METODO DE ENSAYO ASTM

JUSTICIA
Conceden la MORDAZA de conmutacion de la pena a internos sentenciados de diversos Establecimientos Penitenciarios de la Republica
RESOLUCION SUPREMA Nº 289-2009-JUS MORDAZA, 16 de diciembre de 2009

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