Norma Legal Oficial del día 17 de diciembre del año 2009 (17/12/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano MORDAZA, jueves 17 de diciembre de 2009

NORMAS LEGALES

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Autoricese el trigesimo noveno tramo de hasta S/. 12 996 654,06 (DOCE MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO Y 06/100 NUEVOS SOLES) de la emision interna de bonos soberanos aprobada en el MORDAZA del Decreto de Urgencia Nº 040-2009, y sus modificatorias, que puede ser colocado en una o varias fechas, y que se destina a financiar los proyectos de inversion publica a cargo del Gobierno Regional del Departamento de MORDAZA denominados "Mejoramiento de la Carretera Quilmana - Puerto Fiel, en el Distrito de Quilmana, Provincia de Canete" (Codigo SNIP 127580) y "Mejoramiento de la Infraestructura de Agua Potable y Construccion del Sistema de Alcantarillado en el C.P. La MORDAZA, Distrito de Sayan - Huaura ­ Lima" (Codigo SNIP 132790). Articulo 2º.- Caracteristicas generales de la emision interna de bonos Para los fines de la emision del trigesimo noveno tramo que se autoriza en el Articulo 1º de esta MORDAZA legal, los bonos soberanos contaran con las siguientes caracteristicas:
: Hasta S/. 12 996 654,06 : Ministerio de Economia y Finanzas, a traves de la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico. - Estructurador : Direccion Nacional del Endeudamiento Publico. - Moneda : Nuevos Soles. - Negociabilidad de los Bonos : Libremente negociables. - Modalidad de Colocacion : A traves de subastas. - Plazo de Colocacion : En varias fechas, hasta el 31 de diciembre de 2010. - Registro : Los bonos seran registrados mediante anotacion en cuenta en CAVALI S.A. ICLV y listados en la Bolsa de Valores de Lima. - Monto MORDAZA a emitir - Unidad Responsable

Tecnicos S.A. (DATATEC) u otro sistema que la Unidad Responsable autorice como tal. El horario estara compuesto: Ingreso de propuestas: desde las 11:00 hasta las 13:00 horas Permitira a los diferentes participantes ingresar sus propuestas de compra. Adjudicacion: desde las 13:00 hasta las 13:30 horas El Emisor ingresara la tasa o precio de adjudicacion. Por causa de fuerza mayor, ante eventos que afecten la operatividad del sistema u otras causas debidamente sustentadas, la Unidad Responsable podra ampliar el horario de la subasta y de adjudicacion, los mismos que seran debidamente comunicados." Articulo 4º.- Suscripcion de documentos Autoricese al Director General de la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico del Ministerio de Economia y Finanzas a suscribir toda la documentacion que se requiera para implementar lo dispuesto en este dispositivo legal. Articulo 5º.- Atencion del servicio de deuda El servicio de amortizacion, intereses, comisiones y demas gastos que ocasionen los bonos que se emitan correspondientes al tramo que se autoriza en el Articulo 1º de esta MORDAZA legal, son atendidos por el Ministerio de Economia y Finanzas, con cargo a los recursos presupuestarios asignados al pago del servicio de la deuda publica. Articulo 6º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los dieciseis dias del mes de diciembre del ano dos mil nueve. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Economia y Finanzas 436545-5

Articulo 3º.- De la emision y colocacion del trigesimo noveno tramo autorizado Para los fines de la emision del trigesimo noveno tramo que se autoriza en el Articulo 1º de esta MORDAZA legal, se aplicara lo dispuesto en el "Reglamento de la Emision y Colocacion de Bonos Soberanos en el MORDAZA Interno" aprobado por el Decreto Supremo Nº 193-2004-EF, excepto por lo establecido en los items i), ii) y iii) del literal b) y el literal e) del numeral 3 de dicho Reglamento, los mismos que para efectos de la emision y colocacion del referido tramo, se reemplazaran de acuerdo al siguiente texto: "Subasta Unica La adjudicacion por tasa o precio utilizando la modalidad de subasta Holandesa, se realizara mediante el procedimiento que se describe a continuacion: - Una vez recibidas las propuestas, estas seran ordenadas por el sistema de manera ascendente, cuando la variable a subastar sea la tasa de interes (correspondiente al cupon del bono), o descendente, en el caso que la variable a subastar sea el precio del bono. - La adjudicacion se realizara en forma ascendente, iniciandose con la tasa mas baja (o el precio mas alto) a la cual se le asignara la cantidad de los bonos soberanos demandados, siguiendo con la MORDAZA menor tasa (o mayor precio) y asi sucesivamente hasta agotar la cantidad de Bonos Soberanos que corresponda, pudiendo quedar un saldo sin colocar. - La tasa (o precio) de liquidacion sera determinada por la MORDAZA cantidad de bonos soberanos adjudicados y se aplicara a todas las operaciones resultantes. - En caso dos o mas propuestas coincidan con la tasa (o precio) de liquidacion y estas excedan el ultimo monto por adjudicarse, la asignacion se realizara a prorrata entre estas y se ajustara al multiplo del valor nominal del bono. Procedimiento de Subasta La subasta de Bonos Soberanos se efectuara utilizando el Modulo de Subastas del Sistema de Datos

Aprueban Operacion de Endeudamiento Externo con el BID
DECRETO SUPREMO Nº 296-2009-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante el numeral 5.1 del Articulo 5º de la Ley Nº 29290, Ley de Endeudamiento del Sector Publico para el Ano Fiscal 2009, y su modificatoria, se autoriza al Gobierno Nacional a acordar operaciones de endeudamiento externo hasta por un monto equivalente a US$ 1 767 370 000,00 (UN MIL SETECIENTOS SESENTA Y SIETE MILLONES TRESCIENTOS SETENTA MIL Y 00/100 DOLARES AMERICANOS); Que, en el MORDAZA de la citada autorizacion, la Republica del Peru acordara una operacion de endeudamiento externo con el Banco Interamericano de Desarrollo - BID, hasta por la suma de US$ 50 000 000,00 (CINCUENTA MILLONES Y 00/100 DOLARES AMERICANOS), denominada "Programa de Reformas de los Sectores Sociales I", a ser ejecutada por el Ministerio de Economia y Finanzas; Que, tal endeudamiento se efectuara con cargo al "Apoyo a la Balanza de Pagos" referido en el literal b) del numeral 5.1 del Articulo 5º de la Ley Nº 29290, Ley de Endeudamiento del Sector Publico para el Ano Fiscal 2009, y su modificatoria; Que, el citado endeudamiento sera destinado para atender parte del pago del servicio de la deuda publica en

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