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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 17 de diciembre de 2009 408008 la Corte Suprema de Justicia de la República, por la presunta comisión del Delito de Lavado de Activos provenientes del Tráfi co Ilícito de Drogas, en la modalidad de actos de conversión y transferencia en su forma agravada, en agravio del Estado Peruano y disponer su presentación por vía diplomática a la República Argentina, de conformidad con el Tratado vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por los Ministros de Justicia y de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República AURELIO PASTOR VALDIVIESO Ministro de Justicia JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 436545-14 Deniegan pedido de extradición activa de ciudadano peruano RESOLUCIÓN SUPREMA N° 291-2009-JUS Lima, 16 de diciembre de 2009 VISTO; el Informe de la Comisión Ofi cial de Extradiciones y Traslado de Condenados Nº 123-2009/ COE-TC del 20 de noviembre de 2009, sobre la solicitud de extradición activa del ciudadano peruano ROLANDO MEDINA ESCOBAR, formulada por el Décimo Tercer Juzgado Especializado en lo Penal de Lima de la Corte Superior de Justicia de Lima; CONSIDERANDO: Que, por Resolución Consultiva de fecha 12 de noviembre de 2009, la Primera Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República declaró procedente la solicitud de extradición activa del ciudadano peruano ROLANDO MEDINA ESCOBAR, por la presunta comisión del Delito contra el Patrimonio – Robo Agravado, en agravio de Jorge Angel Castillo Córdova y la Compañía “Richard Coster” (Expediente Nº 65-2009); Que, mediante el Informe Nº 123-2009/COE-TC del 20 de noviembre de 2009, la Comisión Ofi cial de Extradiciones y Traslado de Condenados ha emitido la opinión correspondiente; Que, de conformidad con lo establecido en el numeral 2 del artículo 515 del Código Procesal Penal, promulgado por Decreto Legislativo Nº 957, ante una resolución consultiva favorable el gobierno puede decidir lo que considere conveniente; Estando a lo dispuesto por el numeral 1) del artículo 514º del Código Procesal Penal promulgado por el Decreto Legislativo Nº 957, el inciso 5) del artículo 34º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, y lo dispuesto en el literal “a” del artículo 28º del Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1.- Denegar el pedido de extradición activa del ciudadano peruano ROLANDO MEDINA ESCOBAR, formulado por el Décimo Tercer Juzgado Especializado en lo Penal de Lima de la Corte Superior de Justicia de Lima. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por los Ministros de Justicia y de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República AURELIO PASTOR VALDIVIESO Ministro de Justicia JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 436545-15 Revocan la R.S. N° 002-2009-JUS mediante la cual se accedió a pedido de extradición activa RESOLUCIÓN SUPREMA N° 292-2009-JUS Lima, 16 de diciembre de 2009 VISTO; el Informe de la Comisión Ofi cial de Extradiciones y Traslado de Condenados Nº 117- 2009/COE-TC del 09 de noviembre de 2009, sobre la revocatoria de la Resolución Suprema Nº 002- 2009-JUS, mediante la cual se accede al pedido de extradición activa al Reino de España de VILMER GROBER COLLAVE CARRANZA; CONSIDERANDO: Que, por Resolución Suprema Nº 002-2009- JUS, se accedió al pedido de extradición activa del procesado VILMER GROBER COLLAVE CARRANZA, por la presunta comisión del Delito contra la Familia – Omisión de Asistencia Familiar, resolución que fuera publicada el día 08 de enero de 2009 en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, por Resolución Consultiva del 16 de octubre de 2009, la Primera Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, revocó “...la Resolución Consultiva expedida por la Primera Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de fecha tres de julio del año dos mil ocho, que declaró procedente la solicitud de Extradición Activa de don Vilmer Grover Collave Carranza, derivada del proceso penal seguido contra el extraditable en mención por la comisión del delito contra la Familia – Omisión a la Asistencia Familiar ...”; ello a mérito de la Resolución de fecha 05 de junio de 2009 expedida por el Cuarto Juzgado Penal Liquidador de Trujillo de la Corte Superior de Justicia de La Libertad, que resolvió dejar sin efecto la solicitud de extradición del requerido Vilmer Grover Collave Carranza ante las autoridades judiciales del Reino de España, toda vez que el requerido se puso físicamente a derecho ante la autoridad judicial requirente, habiéndose dispuesto el levantamiento de las órdenes de captura impartidas en su contra; Que, por estas consideraciones la Comisión Ofi cial de Extradiciones y Traslado de Condenados mediante Informe Nº 117-2009/COE-TC del 09 de noviembre de 2009, opinó a favor de la revocatoria de la Resolución Suprema Nº 002-2009-JUS; Estando a lo dispuesto por el inciso 1) del artículo 514º del Código Procesal Penal promulgado por el Decreto Legislativo Nº 957, el inciso 5) del artículo 34º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS y lo dispuesto en el literal “e” del artículo 28º del Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Revocar la Resolución Suprema Nº 002- 2009-JUS, publicada el día 08 de enero de 2009, en el Diario Ofi cial El Peruano mediante la cual se accedió al pedido de extradición activa del procesado VILMER GROBER COLLAVE CARRANZA.