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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 17 de diciembre de 2009 407995 Código DNPP PROYECTO Código SNIP Monto (S/.) 088622 MEJORAMIENTO DE LA CAPACIDAD RESOLUTIVA DE LOS SERVICIOS DE SALUD PARA BRINDAR ATENCION INTEGRAL A LAS MUJERES (GESTANTES, PARTURIENTAS Y MADRES LACTANTES), NIÑOS Y NIÑAS MENORES DE 3 AÑOS EN LA REGIÓN PUNO 68102 407,481 088623 MEJORAMIENTO DE LA CAPACIDAD RESOLUTIVA DE LOS SERVICIOS DE SALUD PARA BRINDAR ATENCIÓN INTEGRAL A LAS MUJERES (GESTANTES, PARTURIENTAS Y MADRES LACTANTES) Y DE NIÑOS Y NIÑAS MENORES DE 3 AÑOS EN EL DEPARTAMENTO DE APURIMAC 67932 230,494 088624 MEJORAMIENTO DE LA CAPACIDAD RESOLUTIVA DE LOS SERVICIOS DE SALUD PARA BRINDAR ATENCION INTEGRAL A LAS MUJERES (GESTANTES, PARTURIENTAS Y MADRES LACTANTES) Y DE NIÑOS Y NIÑAS MENORES DE 3 AÑOS EN LA REGION DEL CUSCO 68114 230,494 TOTAL 3,000,000 436545-3 Autorizan trigésimo octavo tramo de la emisión de Bonos Soberanos en el marco del Decreto de Urgencia Nº 040- 2009 DECRETO SUPREMO Nº 294-2009-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto de Urgencia Nº 040-2009, y sus modifi catorias, se aprobó la emisión de bonos soberanos hasta por S/. 2 600 000 000,00 (DOS MIL SEISCIENTOS MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES), en uno o varios tramos, durante el bienio 2009-2010, que se destinarán a fi nanciar proyectos de inversión pública a cargo de los Gobiernos Regionales; Que, el numeral 1.3 del Artículo 1º del mencionado Decreto de Urgencia establece que por decreto supremo con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros y el refrendo del Ministro de Economía y Finanzas, se autoriza cada tramo de la emisión de bonos soberanos, que pueden ser colocados en una o varias fechas; Que, asimismo, dicho dispositivo legal dispone que, en el citado decreto supremo se fi jan las características generales de los aludidos bonos soberanos y se establecen los proyectos de inversión pública a cargo de los Gobiernos Regionales a ser fi nanciados con los recursos que se obtengan con la colocación del respectivo tramo; Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 179-2009- EF/75 se aprobaron los “Lineamientos para la Aplicación del Decreto de Urgencia Nº 040-2009” y los índices de distribución de los recursos provenientes de la emisión y colocación de bonos soberanos; Que, de la aplicación de los citados índices de distribución, corresponde al Gobierno Regional del Departamento de Madre de Dios un fi nanciamiento de hasta la suma de S/. 76 396 630,00 (SETENTA Y SEIS MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS TREINTA Y 00/100 NUEVOS SOLES), de los cuales a la fecha existe un saldo disponible de hasta S/. 52 208 309,72 (CINCUENTA Y DOS MILLONES DOSCIENTOS OCHO MIL TRESCIENTOS NUEVE Y 72/100 NUEVOS SOLES); Que, el Gobierno Regional del Departamento de Madre de Dios ha presentado a la Dirección Nacional del Endeudamiento Público del Ministerio de Economía y Finanzas, los documentos requeridos para acceder al fi nanciamiento a que se refi ere el Decreto de Urgencia N° 040-2009, y sus modifi catorias, hasta por un monto de S/. 39 868 115,32 (TREINTA Y NUEVE MILLONES OCHOCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL CIENTO QUINCE Y 32/100 NUEVOS SOLES), para ejecutar cuatro (04) proyectos de inversión pública a su cargo denominados “Mejoramiento del Jirón Sinchi Roca en la Ciudad de Puerto Maldonado” (Código SNIP 117548); “Mejoramiento de la Trocha Carrozable y Construcción del Embarcadero de Colpayoc” (Código SNIP 10994); “Mejoramiento Vial de las Avenidas Madre de Dios, La Joya y Aeropuerto - Puerto Maldonado - Madre De Dios” (Código SNIP 28824) y “Construcción del Camino Vecinal Unión Progreso - Río Inambari, Distrito Inambari- Madre de Dios” (Código SNIP 117835); Que, en tal sentido, resulta necesario autorizar el trigésimo octavo tramo de la emisión interna de bonos soberanos aprobada por el Decreto de Urgencia Nº 040-2009, y sus modifi catorias, destinado a fi nanciar los proyectos de inversión pública mencionados en el considerando precedente a cargo del Gobierno Regional del Departamento de Madre de Dios; Que, han opinado favorablemente la Dirección Nacional del Endeudamiento Público y la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, y su modifi catoria, y el Decreto de Urgencia Nº 040-2009, modifi cado por los Decretos de Urgencia Nºs. 058-2009, 080-2009 y 103- 2009; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Artículo 1º.- Autorización del trigésimo octavo tramo de la emisión interna de bonos soberanos Autorícese el trigésimo octavo tramo de hasta S/. 39 868 115,32 (TREINTA Y NUEVE MILLONES OCHOCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL CIENTO QUINCE Y 32/100 NUEVOS SOLES) de la emisión interna de bonos soberanos aprobada en el marco del Decreto de Urgencia Nº 040-2009, y sus modifi catorias, que puede ser colocado en una o varias fechas, y que se destina a fi nanciar los proyectos de inversión pública a cargo del Gobierno Regional del Departamento de Madre de Dios denominados “Mejoramiento del Jirón Sinchi Roca en la Ciudad de Puerto Maldonado” (Código SNIP 117548); “Mejoramiento de la Trocha Carrozable y Construcción del Embarcadero de Colpayoc” (Código SNIP 10994); “Mejoramiento Vial de las Avenidas Madre de Dios, La Joya y Aeropuerto - Puerto Maldonado - Madre De Dios” (Código SNIP 28824) y “Construcción del Camino Vecinal Unión Progreso - Río Inambari, Distrito Inambari- Madre de Dios” (Código SNIP 117835). Artículo 2º.- Características generales de la emisión interna de bonos Para los fi nes de la emisión del trigésimo octavo tramo que se autoriza en el Artículo 1º de esta norma legal, los bonos soberanos contarán con las siguientes características: - Monto máximo a emitir : Hasta S/. 39 868 115,32 - Unidad Responsable : Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección Nacional del Endeudamiento Público. - Estructurador : Dirección Nacional del Endeudamiento Público. - Moneda : Nuevos Soles. - Negociabilidad de los : Libremente negociables. Bonos - Modalidad de Colocación : A través de subastas. - Plazo de Colocación : En varias fechas, hasta el 31 de diciembre de 2010. - Registro : Los bonos serán registrados mediante anotación en cuenta en CAVALI S.A. ICLV y listados en la Bolsa de Valores de Lima. Artículo 3º.- De la emisión y colocación del trigésimo octavo tramo autorizado Para los fi nes de la emisión del trigésimo octavo tramo que se autoriza en el Artículo 1º de esta norma legal, se aplicará lo dispuesto en el “Reglamento de la Emisión y Colocación de Bonos Soberanos en el Mercado Interno” aprobado por el Decreto Supremo Nº 193-2004-EF, excepto por lo establecido en los ítems i), ii) y iii) del literal b) y el literal e) del numeral 3 de dicho Reglamento, los mismos que para efectos de la emisión y colocación del referido tramo, se reemplazarán de acuerdo al siguiente texto: