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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2009 (17/12/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 16

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 17 de diciembre de 2009 408002 Ambiental y de Ordenamiento Territorial, referente al literal f) del artículo 53º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, los mismos que son necesarios transferirlos del Pliego 001 Presidencia del Consejo de Ministros a favor de los Gobiernos Regionales de los Departamentos de: Amazonas, Ancash, Apurímac, Ayacucho, Cajamarca, Cusco, Huancavelica, Ica, Junín, La Libertad, Lambayeque, Loreto, Madre de Dios, Moquegua, Pasco, Piura, Puno, San Martín, Tacna, Tumbes y Ucayali; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y, de conformidad con lo dispuesto por la Quinta Disposición Transitoria de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización; la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y modificatorias; la Ley Nº 29289, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Artículo 1º.- Conclusión de la efectivización del proceso de la transferencia de funciones sectoriales. Declarar concluida la efectivización del proceso de transferencia de funciones sectoriales en Materia Ambiental y de Ordenamiento Territorial, en lo referente al artículo 53º de la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, con los Gobiernos Regionales de los Departamentos de: Amazonas, Ancash, Apurímac, Ayacucho, Cajamarca, Cusco, Huancavelica, Ica, Junín, La Libertad, Lambayeque, Loreto, Madre de Dios, Moquegua, Pasco, Piura, Puno, San Martín, Tacna, Tumbes y Ucayali, de acuerdo al Anexo 1 que forma parte del presente Decreto Supremo. Artículo 2º.- Autorización de Transferencia de Partidas Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, hasta por la suma de CINCUENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS DIECIOCHO 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 57 918,00), como recursos asociados a la transferencia de funciones sectoriales en Materia Ambiental y de Ordenamiento Territorial, en lo referente al literal f) del artículo 53º de la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En nuevos soles SECCIÓN PRIMERA : GOBIERNO CENTRAL PLIEGO 001 : Presidencia del Consejo de Ministros Función 03 : Planeamiento, Gestión y Reserva de Contingencia Programa Funcional 004 : Planeamiento Gubernamental Subprograma Funcional 0005 : Planeamiento Institucional Actividad 000173 : Demarcación Territorial Fuente de Financiamiento 1 : Recursos Ordinarios Gastos Corrientes 2.3 Bienes y Servicios 57 918,00 ------------- TOTAL 57 918,00 ======== A LA En nuevos soles SECCIÓN SEGUNDA : INSTANCIAS DESCENTRALIZADAS PLIEGOS : Gobiernos Regionales Fuente de Financiamiento 1 : Recursos Ordinarios Gastos Corrientes 2.3 Bienes y Servicios 57 918,00 ------------- TOTAL 57 918,00 ======== La desagregación a nivel de Pliego y Genérica de Gasto se detalla en el Anexo 2 que forma parte del presente Decreto Supremo. Artículo 3º.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 3.1 Los Titulares de los Pliegos habilitadores y habilitados en la presente Transferencia de Partidas, aprueban mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 2º del presente Decreto Supremo, a nivel funcional programático, dentro de los cinco (5) días calendario de su vigencia. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de expedida a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 3.2 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicitará a la Dirección Nacional del Presupuesto Público las codifi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Componentes, Finalidades de Metas y Unidades de Medida. 3.3 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados instruirán a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para Modifi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 4º.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia de partidas a que hace referencia el artículo 2º del presente dispositivo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 5º.- Del Refrendo. El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, por el Ministro del Ambiente y por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciséis días del mes de diciembre del año dos mil nueve. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros MANUELA GARCÍA COCHAGNE Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo Encargada del Despacho del Ministerio del Ambiente LUIS CARRANZA UGARTE Ministro de Economía y Finanzas ANEXO 1 FUNCIONES ACREDITADAS Y TRANSFERIDAS A LOS GOBIERNOS REGIONALES DE CONFORMIDAD CON LA LEY Nº 27867, LEY ORGÁNICA DE GOBIERNOS REGIONALES PLIEGOS Funciones Acreditadas y Transferidas (artículo 53º) 440 GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE AMAZONAS a, b, c, d, e, f, g, h, i, j 441 GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE ANCASH a, b, c, d, e, f, g, h, i, j 442 GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE APURÍMAC a, b, c, d, e, f, g, h, i, j 444 GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE AYACUCHO a, b, c, d, e, f, g, h, i, j 445 GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE CAJAMARCA a, b, c, d, e, f, g, h, i, j 446 GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE CUSCO a, b, c, d, e, f, g, h, i, j 447 GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE HUANCAVELICA a, b, c, d, e, f, g, h, i, j 449 GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE ICA a, b, c, d, e, f, g, h, i, j 450 GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE JUNÍN a, b, c, d, e, f, g, h, i, j 451 GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD a, b, c, d, e, f, g, h, i, j 452 GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE LAMBAYEQUE a, b, c, d, e, f, g, h, i, j 453 GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE LORETO a, b, c, d, e, f, g, h, i, j 454 GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE MADRE DE DIOS a, b, c, d, e, f, g, h, i, j 455 GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE MOQUEGUA a, b, c, d, e, f, g, h, i, j 456 GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE PASCO a, b, c, d, e, f, g, h, i, j 457 GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE PIURA a, b, c, d, e, f, g, h, i, j 458 GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE PUNO a, b, c, d, e, f, g, h, i, j 459 GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE SAN MARTÍN a, b, c, d, e, f, g, h, i, j 460 GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE TACNA a, b, c, d, e, f, g, h, i, j 461 GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE TUMBES a, b, c, d, e, f, g, h, i, j 462 GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE UCAYALI a, b, c, d, e, f, g, h, i, j