Norma Legal Oficial del día 17 de diciembre del año 2009 (17/12/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 17 de diciembre de 2009

ENERGIA Y MINAS
Imponen servidumbre de electroducto sobre bienes publicos a favor de la concesion definitiva de distribucion de la que es titular Empresa de Distribucion Electrica de MORDAZA Norte S.A.A.
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 511-2009-MEM/DM MORDAZA, 3 de diciembre de 2009 VISTO: El Expediente Nº 21209409, organizado por Empresa de Distribucion Electrica de MORDAZA Norte S.A.A., persona juridica inscrita en la Partida Nº 11008737 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao, sobre solicitud de imposicion de la servidumbre de electroducto para la instalacion de la futura Subestacion de Transformacion Zapallal Nueva 220/60 kV; CONSIDERANDO: Que, Empresa de Distribucion Electrica de MORDAZA Norte S.A.A., titular de la concesion definitiva para desarrollar la actividad de distribucion de energia electrica en merito de la Resolucion Suprema Nº 080­96-EM, publicada el 18 de octubre de 1996, ha solicitado la imposicion de la servidumbre de electroducto sobre bienes publicos para la instalacion de la Subestacion de Transformacion Zapallal Nueva 220/60 kV, que estara ubicada en el distrito de Carabayllo, provincia y departamento de MORDAZA, segun las coordenadas UTM (PSAD 56) que figuran en el Expediente; Que, de acuerdo a lo establecido por el literal a) del articulo 109º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas, los concesionarios estan facultados para usar a titulo gratuito el suelo, subsuelo y aires de caminos publicos, calles, plazas y demas bienes de propiedad del Estado o Municipal, asi como para cruzar MORDAZA, puentes, vias ferreas, lineas electricas y de comunicaciones, siendo de aplicacion esta MORDAZA al predio de propiedad del Estado o Municipal sobre los que se encuentra la referida subestacion; Que, la peticion se encuentra amparada por el articulo 110º y siguientes de la Ley de Concesiones Electricas, y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado que la concesionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes, ha emitido el Informe Nº 309-2009-DGE-DCE; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Vice Ministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- IMPONER, con caracter permanente, a favor de la concesion definitiva de distribucion de la que es titular Empresa de Distribucion Electrica de MORDAZA Norte S.A.A., la servidumbre de electroducto sobre bienes publicos, para la instalacion de la futura Subestacion de Transformacion Zapallal Nueva 220/60 kV, que estara ubicada en el distrito de Carabayllo, provincia y departamento de MORDAZA, de acuerdo a la documentacion tecnica y los planos proporcionados por la empresa, conforme con el siguiente cuadro:
Expediente Area de MORDAZA de MORDAZA de Servidumbre Propiedad terreno 21209409 Subestacion de Transformacion Zapallal Suelo: 21 501,85 Publica MORDAZA Nueva 220/60 kV m² y sus aires. Ubicacion: distrito de Carabayllo, provincia y departamento de MORDAZA Coordenadas UTM (PSAD 56): Vertice A B C D Norte 8 691 729,19 8 691 753,40 8 691 854,46 8 691 830,10 Este 276 795,13 274 005,21 276 993,52 276 795,13 Descripcion de la servidumbre

Articulo 2º.- El propietario del predio sirviente no podra construir obras de cualquier naturaleza ni realizar labores que perturben o enerven el pleno ejercicio de la servidumbre constituida. Articulo 3º.- Empresa de Distribucion Electrica de MORDAZA Norte S.A.A. debera adoptar las medidas necesarias a fin que el area de servidumbre no sufra dano ni perjuicio por causa de la imposicion, quedando sujeta a la responsabilidad civil pertinente en caso de incumplimiento. Articulo 4º.- Empresa de Distribucion Electrica de MORDAZA Norte S.A.A. debera velar permanentemente para evitar que en el area afectada por la servidumbre o sobre MORDAZA se ejecute cualquier MORDAZA de construccion que restrinja su ejercicio. Articulo 5º.- La presente Resolucion entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 432449-2

Aprueban transferencia de concesion definitiva con Recursos Energeticos Renovables para desarrollar la actividad de generacion de energia electrica en la futura Central Hidroelectrica Las Pizarras a favor de Empresa Electrica Rio Doble S.A.
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 521-2009-MEM/DM MORDAZA, 9 de diciembre de 2009 VISTO: El Expediente Nº 18157208 sobre otorgamiento de concesion definitiva con Recursos Energeticos Renovables para desarrollar la actividad de generacion de energia electrica, de acuerdo con el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas, organizado por ABR Ingenieros S.A.C., persona juridica inscrita en la Partida Nº 11097574 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral MORDAZA, y la solicitud de transferencia de concesion, presentada el 04 de setiembre de 2009 por Empresa Electrica Rio Doble S.A., persona juridica inscrita en la Partida 12256292 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral Lima; CONSIDERANDO: Que, en merito de la Resolucion Ministerial Nº 5432008-MEM/DM, publicada el 29 de noviembre de 2008, se otorgo a favor de ABR Ingenieros S.A.C. la concesion definitiva con Recursos Energeticos Renovables para desarrollar la actividad de generacion de energia electrica en la futura Central Hidroelectrica Las Pizarras, aprobandose el Contrato de Concesion Nº 316-2008; Que, mediante el documento presentado el 04 de setiembre de 2009, ingresado bajo el Registro Nº 1919248, Empresa Electrica Rio Doble S.A. solicito a la Direccion General de Electricidad se apruebe la transferencia de la concesion definitiva con Recursos Energeticos Renovables para el desarrollo de la actividad de generacion en la Central Hidroelectrica Las Pizarras, a favor de dicha empresa, sociedad inscrita en la Partida Electronica Nº 12256292 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral MORDAZA y Callao; Que, como sustento de su solicitud, senalo que ABR Ingenieros S.A.C. y ALUZ C&O Peru S.A.C. constituyeron a Empresa Electrica Rio Doble S.A., con el objeto de construir la Central Hidroelectrica Las Pizarras, para lo cual, ABR Ingenieros S.A.C. se comprometio a transferir en calidad de aporte al capital social a Empresa Electrica Rio Doble S.A. el Contrato de Concesion y los derechos inherentes a el, presentando el Contrato de Cesion de Posicion Contractual, suscrito el 04 de febrero de 2009 conjuntamente con ABR Ingenieros S.A.C., mediante el cual esta cedio a favor de la primera su posicion contractual en el Contrato de Concesion Nº 316-2008 y los derechos

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