Norma Legal Oficial del día 01 de enero del año 2009 (01/01/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, jueves 1 de enero de 2009

se respeten los parametros bajo los cuales fue declarado viable el proyecto, incluyendo costos, cronograma, diseno u otros factores que pudieran afectar la viabilidad del mismo. Tratandose de obras, se adjuntara el Expediente Tecnico respectivo y, cuando corresponda, la declaratoria de viabilidad conforme al Sistema Nacional de Inversion Publica. En la modalidad de concurso oferta no se requerira el Expediente Tecnico, debiendose anexar el estudio de preinversion y el informe tecnico que sustento la declaratoria de viabilidad, conforme al Sistema Nacional de Inversion Publica. En el caso de obras bajo la modalidad de llave en mano, si estas incluyen la elaboracion del Expediente Tecnico, se debera anexar el estudio de preinversion y el informe tecnico que sustento la declaratoria de viabilidad, conforme al Sistema Nacional de Inversion Publica. Una vez aprobado el Expediente de Contratacion, se incorporaran todas las actuaciones que se realicen desde la designacion del Comite Especial hasta la culminacion del contrato, incluyendo las ofertas no ganadoras. Debe entenderse por ofertas no ganadoras aquellas que fueron admitidas y a las que no se les otorgo la Buena Pro. El organo encargado de las contrataciones tiene a su cargo la custodia y responsabilidad del Expediente de Contratacion, salvo en el periodo en el que dicha custodia este a cargo del Comite Especial. Tambien es responsable de remitir el Expediente de Contratacion al funcionario competente para su aprobacion, de acuerdo a sus normas de organizacion interna. En el caso que un MORDAZA de seleccion sea declarado desierto, la nueva convocatoria debera contar con una nueva aprobacion del Expediente de Contratacion solo en caso que MORDAZA sido modificado en algun extremo. Articulo 11º.- Caracteristicas tecnicas de lo que se va a contratar El area usuaria es la responsable de definir con precision las caracteristicas, condiciones, cantidad y calidad de los bienes, servicios u obras que requiera para el cumplimiento de sus funciones, debiendo desarrollar esta actividad de acuerdo a lo indicado en el Articulo 13º de la Ley. El organo encargado de las contrataciones, con la autorizacion del area usuaria y, como producto del estudio de las posibilidades que ofrece el MORDAZA, podra ajustar las caracteristicas de lo que se va a contratar. Para la descripcion de los bienes y servicios a contratar no se MORDAZA referencia a MORDAZA o nombres comerciales, patentes, disenos o tipos particulares, fabricantes determinados, ni descripcion que oriente la adquisicion o contratacion de MORDAZA, fabricante o MORDAZA de producto especifico. Solo sera posible solicitar una MORDAZA o MORDAZA de producto determinado cuando ello responda a un MORDAZA de estandarizacion debidamente sustentado, bajo responsabilidad del Titular de la Entidad. En adicion a lo establecido en el Articulo 13º de la Ley, seran obligatorios los requisitos tecnicos establecidos en reglamentos sectoriales dentro del ambito de su aplicacion, siempre y cuando cuenten con el refrendo del Ministro de Economia y Finanzas de acuerdo a lo dispuesto por los Decretos Leyes Nº 25629 y Nº 25909. Las normas tecnicas nacionales, emitidas por la Comision competente de Reglamentos Tecnicos y Comerciales del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Proteccion de la Propiedad Intelectual - INDECOPI, podran ser tomadas en cuenta para la definicion de los bienes, servicios u obras que se van a contratar mediante los procesos de seleccion regulados por la Ley y el Reglamento. Articulo 12º.- Estudio de posibilidades que ofrece el MORDAZA Sobre la base de las caracteristicas tecnicas definidas por el area usuaria, el organo encargado de las contrataciones tiene la obligacion de evaluar las posibilidades que ofrece el MORDAZA para determinar lo siguiente: 1. El valor referencial; 2. La existencia de pluralidad de MORDAZA y/o postores; 3. La posibilidad de distribuir la Buena Pro; 4. Informacion que pueda utilizarse para la determinacion de los factores de evaluacion, de ser el caso;

5. La pertinencia de realizar ajustes a las caracteristicas y/o condiciones de lo que se va a contratar, de ser necesario; 6. Otros aspectos necesarios que tengan incidencia en la eficiencia de la contratacion. A efectos de establecer el valor referencial, el estudio tomara en cuenta, cuando exista la informacion y corresponda, entre otros, los siguientes elementos: presupuestos y cotizaciones actualizados, los que deberan provenir de personas naturales o juridicas que se dediquen a actividades materia de la convocatoria, incluyendo fabricantes cuando corresponda, a traves de portales y/o paginas Web, catalogos, entre otros, debiendo emplearse como minimo dos (2) fuentes. Tambien tomara en cuenta cuando la informacion este disponible: precios historicos, estructuras de costos, alternativas existentes segun el nivel de comercializacion, descuentos por volumenes, disponibilidad inmediata de ser el caso, mejoras en las condiciones de venta, garantias y otros beneficios adicionales, asi como tambien la vigencia tecnologica del objeto de la contratacion de las Entidades. Articulo 13º.- Valor referencial El valor referencial es el monto determinado por el organo encargado de las contrataciones, de acuerdo a lo establecido en el Articulo 27º de la Ley, como resultado del estudio a que se refiere el articulo anterior. El valor referencial se calculara incluyendo todos los tributos, seguros, transporte, inspecciones, pruebas y, de ser el caso, los costos laborales respectivos conforme a la legislacion vigente, asi como cualquier otro concepto que le sea aplicable y que pueda incidir sobre el valor de los bienes y servicios a contratar. Las cotizaciones de los proveedores deberan incluir los mencionados componentes. Para la determinacion del valor referencial, el organo encargado de las contrataciones esta facultado para solicitar el apoyo que requiera del area usuaria, la que estara obligada a brindarlo bajo responsabilidad. En el caso de los procesos de seleccion convocados segun relacion de items, el valor referencial del conjunto se determinara en funcion a la sumatoria de los valores referenciales de cada uno de los items considerados. En las Bases debera especificarse tanto el valor referencial de los items cuanto el valor referencial del MORDAZA de seleccion. El Comite Especial puede observar el valor referencial y solicitar su revision o actualizacion al organo encargado de las contrataciones de la Entidad, de acuerdo con el articulo 27º de la Ley. Cuando el valor referencial es observado por los participantes, el Comite Especial debera poner en conocimiento del organo encargado de las contrataciones para su opinion y, si fuera el caso, para que apruebe un MORDAZA valor referencial, verificando que se cuente con la disponibilidad presupuestal y poniendo en conocimiento de tal hecho al funcionario que aprobo el Expediente de Contratacion. En caso el MORDAZA valor referencial implique la modificacion del MORDAZA de MORDAZA de seleccion convocado este sera declarado nulo. Articulo 14º.- Valor referencial para ejecucion y consultoria de obras En el caso de ejecucion y consultoria de obras la determinacion del valor referencial se sujetara a lo siguiente: 1. En la contratacion para la ejecucion de obras, correspondera al monto del presupuesto de obra establecido en el Expediente Tecnico. Este presupuesto debera detallarse considerando la identificacion de las partidas y subpartidas necesarias de acuerdo a las caracteristicas de la obra, sustentandose en analisis de precios unitarios por cada partida y subpartida, elaborados teniendo en cuenta los insumos requeridos en las cantidades y precios o tarifas que se ofrezcan en las condiciones mas competitivas en el mercado. Ademas, debe incluirse los gastos generales variables y fijos, asi como la utilidad. El presupuesto de obra debera estar suscrito por los consultores y/o servidores publicos que participaron en su elaboracion y/o aprobacion, segun corresponda. En la ejecucion de obras bajo la modalidad de concurso oferta, el valor referencial debera determinarse teniendo

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