Norma Legal Oficial del día 01 de enero del año 2009 (01/01/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano MORDAZA, jueves 1 de enero de 2009

NORMAS LEGALES
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ofertando precios unitarios considerando las partidas contenidas en las Bases, las condiciones previstas en los planos y especificaciones tecnicas, y las cantidades referenciales, y que se valorizan en relacion a su ejecucion real y por un determinado plazo de ejecucion. 3. Esquema mixto de Suma Alzada y Precios Unitarios, al que podran optar las Entidades (se elimina excepcionalmente) si en el Expediente Tecnico uno o varios componentes tecnicos corresponden a magnitudes y cantidades no definidas con precision, los que podran ser contratados bajo el sistema de precios unitarios, en tanto, los componentes cuyas cantidades y magnitudes esten totalmente definidas en el Expediente Tecnico, seran contratados bajo el sistema de suma alzada. Articulo 41º.Modalidades de Ejecucion Contractual Cuando se trate de bienes u obras, las bases indicaran la modalidad en que se realizara la ejecucion del contrato, pudiendo esta ser: 1. Llave en mano: Si el postor debe ofertar en conjunto la construccion, equipamiento y montaje hasta la puesta en servicio de determinada obra, y de ser el caso la elaboracion del Expediente Tecnico. En el caso de contratacion de bienes el postor oferta, ademas de estos, su instalacion y puesta en funcionamiento. 2. Concurso oferta: Si el postor debe ofertar la elaboracion del Expediente Tecnico, ejecucion de la obra y, de ser el caso el terreno. Esta modalidad solo podra aplicarse en la ejecucion de obras que se convoquen bajo el sistema a suma alzada y siempre que el valor referencial corresponda a una Licitacion Publica. Para la ejecucion de la obra es requisito previo la MORDAZA y aprobacion del Expediente Tecnico por el integro de la obra. En el caso de obras convocadas bajo las modalidades anteriores, en que deba elaborarse el Expediente Tecnico y efectuarse la ejecucion de la obra, el postor debera acreditar su inscripcion en el RNP como ejecutor de obras y consultor de obras. Dicha acreditacion podra ser realizada de manera individual o mediante la conformacion de un consorcio. Articulo 42º.- Especificacion del Contenido de los sobres de propuesta Las bases estableceran el contenido de los sobres de propuesta para los procesos de seleccion. El contenido minimo sera el siguiente: 1. Propuesta Tecnica: a) Documentacion de MORDAZA obligatoria i. MORDAZA simple del certificado o MORDAZA de inscripcion vigente en el registro correspondiente del Registro Nacional de Proveedores-RNP. ii. Declaracion jurada simple declarando que: a. No tiene impedimento para participar en el MORDAZA de seleccion ni para contratar con el Estado, conforme al articulo 10º de la Ley; b. Conoce, acepta y se somete a las Bases, condiciones y procedimientos del MORDAZA de seleccion; c. Es responsable de la veracidad de los documentos e informacion que presenta para efectos del proceso; d. Se compromete a mantener su oferta durante el MORDAZA de seleccion y a suscribir el contrato en caso de resultar favorecido con la Buena Pro; y e. Conoce las sanciones contenidas en la Ley y su Reglamento, asi como en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. iii. Declaracion jurada y/o documentacion que acredite el cumplimiento de los requerimientos tecnicos minimos. iv. Promesa de consorcio, de ser el caso, consignando los integrantes, el representante comun, el domicilio comun y el porcentaje de participacion. La promesa formal de consorcio debera ser suscrita por cada uno de sus integrantes. En caso de no establecerse en las bases o en la promesa formal de consorcio las obligaciones, se presumira que los integrantes del consorcio ejecutaran conjuntamente el objeto de convocatoria, por lo cual cada uno de sus integrantes debera cumplir con los requisitos exigidos en las Bases del proceso.

Se presume que el representante comun del consorcio se encuentra facultado para actuar en nombre y representacion del mismo en todos los actos referidos al MORDAZA de seleccion, suscripcion y ejecucion del contrato, con amplias y suficientes facultades. b) Documentacion de MORDAZA facultativa i. Certificado de inscripcion o reinscripcion en el Registro de la Micro y Pequena Empresa-REMYPE, de ser el caso. ii. Documentacion relativa a los factores de evaluacion, de asi considerarlo el postor. 2. Propuesta Economica: a) Oferta economica y el detalle de precios unitarios cuando este sistema MORDAZA sido establecido en las Bases. b) Garantia de seriedad de oferta, cuando corresponda. Articulo 43º.- Metodo de evaluacion de propuestas Las Bases deberan especificar los factores de evaluacion, precisando los criterios que se emplearan para su aplicacion, asi como los puntajes, la forma de asignacion de estos a cada postor y la documentacion sustentatoria para la asignacion de estos. El Comite Especial determinara los factores de evaluacion tecnicos a ser utilizados, los que deberan ser objetivos y congruentes con el objeto de la convocatoria, debiendo sujetarse a criterios de razonabilidad y proporcionalidad. Se podra calificar aquello que supere o mejore el requerimiento minimo, siempre que no desnaturalice el requerimiento efectuado. El unico factor de evaluacion economica es el monto total de la oferta. Articulo 44º.- Factores de evaluacion para la contratacion de bienes 1. En caso de contratacion de bienes podran considerarse los siguientes factores de evaluacion de la propuesta tecnica, segun corresponda al MORDAZA del bien, su naturaleza, finalidad, funcionalidad y a la necesidad de la Entidad: a) El plazo de entrega. b) La garantia comercial del postor y/o del fabricante. c) La disponibilidad de servicios y repuestos. d) La capacitacion del personal de la Entidad. e) Mejoras a las caracteristicas tecnicas de los bienes y a las condiciones previstas en las Bases, que no generen costo adicional para la Entidad. Las Bases deberan precisar aquellos aspectos que seran considerados como mejoras. f) La experiencia del postor, la cual se calificara considerando el monto facturado acumulado por el postor durante un periodo determinado de hasta (8) anos a la fecha de la MORDAZA de propuestas, por un monto MORDAZA acumulado de hasta cinco (5) veces el valor referencial de la contratacion o item materia de la convocatoria, sin que las Bases puedan establecer limitaciones referidas a la cantidad, monto o a la duracion de cada contratacion que se pretenda acreditar. La experiencia se acreditara con un MORDAZA de veinte (20) contrataciones, sin importar el numero de documentos que las sustenten. Tal experiencia se acreditara mediante contratos y su respectiva conformidad por la venta o suministro efectuados o mediante comprobantes de pago cuya cancelacion se acredite objetivamente. En el caso de suministro de bienes, solo se considerara la parte que MORDAZA sido ejecutada hasta la fecha de MORDAZA de propuestas, debiendo adjuntar la conformidad de la misma o acreditar su pago. En las Bases debera senalarse los bienes, iguales y similares, cuya venta o suministro servira para acreditar la experiencia del postor. g) Cumplimiento de la prestacion, el cual se evaluara en funcion al numero de certificados o constancias que acrediten que aquel se efectuo sin que se MORDAZA incurrido en penalidades, no pudiendo ser mayor de veinte (20) contrataciones. Tales certificados o constancias deben referirse a todos los contratos que se presentaron para acreditar la experiencia del postor. En el caso de suministro

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