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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE ENERO DEL AÑO 2009 (01/01/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 77

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 1 de enero de 2009 387495 y designación de Funcionarios Públicos” y con las atribuciones conferidas por la Resolución Suprema Nº 003- 2008-SA y el Artículo 9º del Reglamento de Organización y Funciones del INEN aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2007-SA; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por el Licenciado en Administración Humberto Nizama Ávila en el cargo de Director Ejecutivo de la Ofi cina de Logística de la Ofi cina General de Administración del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas – INEN, Organismo Público Descentralizado (En la actualidad Organismo Público Ejecutor) del Ministerio de Salud, Nivel F-3, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo Segundo.- Encárguese las funciones de Director Ejecutivo de la Ofi cina de Logística de la Ofi cina General de Administración del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas – INEN al Ingeniero Alejandro Augusto Cedeño Monrroy, Director General de la Ofi cina General de Administración del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas – INEN, Nivel F-4, en adición a sus funciones y en tanto se designe al titular del cargo. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS VALLEJOS SOLOGUREN Jefe Institucional 296479-1 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS COMISION NACIONAL SUPERVISORA DE EMPRESAS Y VALORES Disponen la exclusión de acciones comunes con derecho a voto representativas del capital social de Gestiones y Recuperaciones de Activos S.A. del Registro Público del Mercado de Valores RESOLUCIÓN DIRECTORAL DE EMISORES Nº 164-2008-EF/94.06.3 Lima, 22 de diciembre de 2008 VISTOS: El Expediente Nº 2008036298, así como el Informe Interno Nº 926-2008-EF/94.06.3 del 22 de diciembre de 2008 de la Dirección de Emisores; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución CONASEV Nº 052-83- EF/94.10 del 7 de julio de 1983, se autorizó la inscripción en la Bolsa de Valores de Lima S.A. de las acciones representativas del capital social de Sogewiese Leasing S.A. (hoy Gestiones y Recuperaciones de Activos S.A.), las mismas que fueron inscritas en el Registro Público del Mercado de Valores; Que, la Junta General de Accionistas de Gestiones y Recuperaciones de Activos S.A. celebrada el 7 de octubre de 2008, acordó solicitar el deslistado de sus acciones representativas del capital social, del Registro de Valores de la Bolsa de Valores de Lima y su exclusión del Registro Público del Mercado de Valores; Que, Gestiones y Recuperaciones de Activos S.A. solicitó a la Bolsa de Valores de Lima S.A. el deslistado de las acciones representativas de su capital social del Registro de Valores de la Bolsa de Valores de Lima y su exclusión del Registro Público del Mercado de Valores de CONASEV; Que, la Bolsa de Valores de Lima S.A. comunicó a CONASEV su decisión de admitir el deslistado de los valores y de elevar el expediente a CONASEV para los fi nes correspondientes; Que, el artículo 37, inciso a), del Texto Único Ordenado de la Ley de Mercado de Valores, en concordancia con el artículo 27, inciso a), del Reglamento de Inscripción y Exclusión de Valores Mobiliarios en la Rueda de Bolsa de la Bolsa de Valores de Lima, establece que la exclusión de un valor del Registro Público del Mercado de Valores tiene lugar por resolución fundamentada de CONASEV a solicitud del emisor, cuando la inscripción de los valores se haya originado por su propia voluntad, o del emisor y los titulares, respaldada por el voto favorable de quienes representen no menos de dos terceras (2/3) partes de los valores emitidos; Que, en el presente caso, la solicitud de deslistado presentada por Gestiones y Recuperaciones de Activos S.A. ha sido presentada con el respaldo del voto favorable de titulares que representan más de las dos terceras (2/3) de los valores emitidos; Que, el artículo 38 del Texto Único Ordenado de la Ley de Mercado de Valores y el artículo 32 del Reglamento de Oferta Pública de Adquisición y de Compra de Valores por Exclusión, dispone que la exclusión de un valor del Registro Público del Mercado de Valores genera la obligación de efectuar una oferta pública de compra; Que, de acuerdo con lo establecido por los artículos 32 y 33 del Reglamento de Oferta Pública de Adquisición y de Compra de Valores por Exclusión, Gestiones y Recuperaciones de Activos S.A. deberá llevar a cabo las ofertas públicas de compra dirigidas a los titulares de acciones representativas del capital social, que no participaron de manera directa o indirecta en el acuerdo de exclusión, así como a todos los titulares de valores que otorguen el derecho a suscribir o adquirir los valores de la sociedad. Asimismo, la oferta pública de compra a que se refi ere el considerando precedente deberá ser efectuada dentro de los plazos establecidos por el artículo 38 del Reglamento de Oferta Pública de Adquisición y de Compra de Valores por Exclusión; Que, el artículo 2, numeral 2), de las Normas Relativas a la Publicación y Difusión de las Resoluciones Emitidas por los Órganos Decisorios de CONASEV, establece que las resoluciones administrativas referidas a la inscripción de los valores mobiliarios objeto de oferta pública, o a la exclusión de éstos del Registro Público del Mercado de Valores, deben ser difundidas a través del Boletín de Normas Legales del Diario Ofi cial El Peruano y de la página de CONASEV en Internet; y, Estando a lo dispuesto por el artículo 52 del Reglamento del Registro Público del Mercado de Valores y el artículo 36 del Reglamento de Organización y Funciones de la CONASEV aprobado mediante Decreto Supremo Nº 038-2007-EF, que faculta a la Dirección de Emisores a disponer la exclusión de valores del Registro Público del Mercado de Valores; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Pronunciarse a favor del deslistado de las acciones comunes con derecho a voto representativas del capital social de Gestiones y Recuperaciones de Activos S.A., del Registro de Valores de la Bolsa de Valores de Lima, el que surtirá efecto una vez efectuada y liquidada la oferta pública de compra correspondiente. Artículo 2º.- Disponer la exclusión del Registro Público del Mercado de Valores de las acciones comunes con derecho a voto representativas del capital social de Gestiones y Recuperaciones de Activos S.A., condicionada a la realización y liquidación de la oferta pública de compra correspondiente. Artículo 3º.- La presente resolución debe ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página de CONASEV en Internet. Artículo 4º.- Transcribir la presente resolución a Gestiones y Recuperaciones de Activos S.A., a la Bolsa de Valores de Lima S.A. y a Cavali S.A. ICLV. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ LUIS SALAZAR MARÍN Director de Emisores (e) 294832-1 Descargado desde www.elperuano.com.pe