Norma Legal Oficial del día 01 de enero del año 2009 (01/01/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 85

El Peruano MORDAZA, jueves 1 de enero de 2009

NORMAS LEGALES
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CONSIDERANDO: Que, se ha recibido invitacion para participar en el Modeling Workshop, organizado por el Fondo Monetario Internacional, que se llevara a cabo entre el 6 y el 9 de enero de 2009, en la MORDAZA de MORDAZA D.C., Estados Unidos de America; Que, es politica del Banco Central de Reserva del Peru mantener actualizados a sus funcionarios en aspectos fundamentales relacionados con la finalidad y funciones del Banco Central; Que, la Gerencia Central de Estudios Economicos tiene entre sus objetivos proveer al Directorio, al Presidente y al Gerente General, los estudios e informaciones necesarias para que las politicas del Banco y su entorno macroeconomico permitan la consecucion de la estabilidad monetaria; De conformidad con lo dispuesto en la Ley 27619 y el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y, estando a lo acordado en el Directorio en su sesion de fecha 10 de diciembre de 2008; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Autorizar la mision en el exterior del senor MORDAZA MORDAZA Bardalez, Subgerente de Diseno de Politica Monetaria de la Gerencia Central de Estudios Economicos, a la MORDAZA de MORDAZA, Estados Unidos de MORDAZA, del 5 al 9 de enero, y al pago de los gastos, a fin de que participe en la reunion mencionada en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2°.- El gasto que irrogue dicho viaje sera como sigue: Pasaje y Tarifa Unica Uso Aeropuerto US$ 1 834,39 Viaticos: US$ 1 100,00 TOTAL US$ 2 934,39 Articulo 3°.- La presente Resolucion no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion del pago de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominacion. MORDAZA MORDAZA Presidente 295972-1

CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA
Sancionan con destitucion a magistrado por su actuacion como Juez del Juzgado Mixto de la provincia de Acobamba, Distrito Judicial de Huancavelica
RESOLUCION DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA N° 114-2008-PCNM P.D. N° 002-2008-CNM San MORDAZA, 31 de MORDAZA de 2008 VISTO; El MORDAZA disciplinario numero 002-2008-CNM, seguido contra el doctor MORDAZA MORDAZA Yanez por su actuacion como Juez Titular del Juzgado Mixto de la Provincia de Acobamba del Distrito Judicial de Huancavelica, y el pedido de destitucion formulado por el senor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica; y, CONSIDERANDO: Primero.- Que, por resolucion N° 009-2008-PCNM, de 1° de febrero de 2008, el Consejo Nacional de la Magistratura abrio MORDAZA disciplinario al doctor MORDAZA MORDAZA Yanez por su actuacion como Juez Titular del

Juzgado Mixto de la Provincia de Acobamba del Distrito Judicial de Huancavelica; Segundo.-Que, se imputa al doctor MORDAZA Yanez haber extraido fuera de su recinto judicial expedientes judiciales, asi como demandas y denuncias por calificar, habiendo delegado en MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, persona ajena al Poder Judicial, la responsabilidad de proyectar las resoluciones judiciales, infringiendo con dicha conducta sus deberes, por cuanto habria dejado de cumplir con su funcion de impartir justicia, no guardando reserva sobre los asuntos en los que intervenia, evidenciando una actuacion irregular vulnerando lo previsto por los articulos 201° incisos 1, 6 y 184° inciso 6 de la Ley Organica del Poder Judicial; Tercero.- Que, el magistrado procesado no cumplio con presentar su descargo no obstante estar debidamente notificado por edicto, tal como se aprecia de los recortes de 14 de marzo de 2008 publicados en los diarios "El Peruano" y "Expreso", obrantes a fojas 704 y 705; sin embargo, segun refiere el doctor MORDAZA Yanez en su descargo formulado ante el Presidente de la Comision Distrital de Control de la Magistratura de Huancavelica, debido a sus recargadas labores contrato a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA a fin de optimizar la carga procesal, pagandole con su dinero, a fin de que dicha persona elaborara resumenes de las causas; ademas, sostiene que el doctor MORDAZA Nahuinlla MORDAZA, Presidente de la Corte Superior de Justicia de Huancavelica, tenia conocimiento de este hecho y jamas le llamo la atencion; agrega que por resolucion administrativa N° 178-2001CE-PJ, de 12 de diciembre de 2001, se aclaro el concepto de "gastos operativos" como la contratacion de servicios no personales, tales como asesores, secretarios y otros; Cuarto.- Que, el magistrado procesado agrega que la queja formulada por el abogado Olmedo MORDAZA MORDAZA resulta inoficiosa y ha sido planificada, toda vez que dicho letrado solia quejar a los magistrados como estrategia para ganar clientes; asimismo, afirma que en el operativo realizado a su domicilio se violo su intimidad y que no se encontro ningun expediente ni prueba alguna de la existencia de corrupcion de su parte; ademas, indica que la constatacion efectuada por el doctor Nahuinlla MORDAZA el 25 de MORDAZA de 2006 quedo desvirtuada con el Acta de 26 del mismo mes y ano elaborada por el fiscal Johan F. F. MORDAZA Duenas, en la que se dejo MORDAZA que en el local del Juzgado Mixto se encontraban los expedientes que en la diligencia anterior se habian considerado faltantes; Quinto.- Que, finalmente, el doctor MORDAZA Yanez expresa que las declaraciones del personal administrativo respecto a los motivos de la queja no pueden tomarse en consideracion porque fueron parcializadas y obtenidas por presion del Presidente de la Corte Superior de Huancavelica; asimismo, agrega que se debe tener en cuenta que por decision del doctor Nahuinlla MORDAZA se desempenaba en forma simultanea como Juez Titular del Juzgado Mixto de Acobamba, Vocal Provisional de la Corte Superior de Justicia de Huancavelica y encargado del Despacho del Juzgado de Paz Letrado de la Provincia de Acobamba; Sexto.- Que, del estudio de la investigacion preliminar, asi como los descargos formulados por el doctor MORDAZA Yanez y la documentacion que corre en autos, se advierte que con fecha 24 de MORDAZA de 2006 el abogado Olmedo MORDAZA MORDAZA MORDAZA se apersono al despacho de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Huancavelica y formulo una queja contra el doctor MORDAZA MORDAZA Yanez, imputandole la extraccion de los expedientes tramitados ante el Juzgado Mixto de la Provincia de Acobamba y su traslado a la vivienda del citado magistrado, lugar en el que una persona ajena al Poder Judicial llamada MORDAZA MORDAZA MORDAZA, que residia en el mismo inmueble, proyectaba las resoluciones; ademas, denuncio que dicha persona ingresaba diariamente al despacho del juez quejado con un maletin negro y salia del juzgado llevando en su maletin los expedientes, que luego entregaba a los secretarios con sus respectivas resoluciones utilizando el cuaderno de cargo del juez MORDAZA Yanez; Setimo.- Que, con motivo de la denuncia referida en el considerando precedente, el doctor MORDAZA Nahuinlla MORDAZA, Presidente de la Corte Superior de Justicia de Huancavelica y Jefe de la Oficina Distrital de Control de la Magistratura de dicha Corte, se apersono al Juzgado Mixto de Acobamba, levantandose un Acta de Visita de

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